BOLETÍN OFICIAL - Colegio de Economistas de Alicante
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BOLETÍN OFICIAL - Colegio de Economistas de Alicante
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE ALICANTE BUTLLETÍ OFICIAL PROVÍNCIA D'ALACANT Edita: Excma. Diputación Provincial - Alicante 8 de noviembre de 2013 Edita: Excma. Diputació Provincial - Alacant 8 de novembre de 2013 Sumario Pág. Núm. Pág. Núm. ADMINISTRACIÓN CENTRAL: JEFATURA PROVINCIAL DE TRÁFICO ALICANTE. -RESOLUCIÓN EXPEDIENTES DE PÉRDIDA DE VIGENCIA SUBDELEGACIÓN DEL GOBIERNO COMUNIDAD VALENCIANA ALICANTE. -NOTIFICACIÓN PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DE 30 DE OCTUBRE DE 2013 -NOTIFICACIÓN RESOLUCIONES RECURSO DE ALZADA -NOTIFICACIONES ACUERDOS DE INICIACIÓN EXPEDIENTES SANCIONADORES -NOTIFICACIÓN RESOLUCIÓN EXPEDIENTES SANCIONADORES 3 3 3 4 4 ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA: CENTRO DE SALUD PÚBLICA DE ELCHE. -NOTIFICACIÓN INICIO CANCELACIÓN REGISTRAL DE OFICIO -NOTIFICACIÓN RESOLUCIÓN CANCELACIÓN REGISTRAL DE OFICIO DIRECCIÓN TERRITORIAL DE ECONOMÍA, INDUSTRIA, TURISMO Y EMPLEO. -PROCEDIMIENTOS SANCIONADORES EN MATERIA DE TRABAJO, SEGURIDAD Y SALUD DIRECCIÓN TERRITORIAL DE SANIDAD. -NOTIFICACIÓN ACUERDO INICIACIÓN EXPEDIENTE HIGI/07TA13/819 -NOTIFICACIÓN RESOLUCIÓN EXPEDIENTE HIGI/07TA13/729 -NOTIFICACIÓN RESOLUCIÓN EXPEDIENTE HIGI/07TA13/670 -NOTIFICACIÓN ACUERDO INICIACIÓN EXPEDIENTE HIGI/07TA13/881 -NOTIFICACIÓN RESOLUCIÓN EXPEDIENTE HIGI/07TA13/749 SERVICIO TERRITORIAL DE INDUSTRIA ALICANTE. -NOTIFICACIÓN REQUERIMIENTO SUBSANACIÓN DEFECTOS TRAS VISITA DE INSPECCIÓN EN INSTALACIÓN RECEPTORA DE GAS 5 5 6 6 7 7 7 7 8 ADMINISTRACIÓN LOCAL: AYUNTAMIENTO ALICANTE. -NOTIFICACIÓN REQUERIMIENTO SANITARIO EXPEDIENTE SP2013/351 8 -APROBACIÓN DEFINITIVA SEGUNDO EXPEDIENTE MODIFICACIÓN CRÉDITOS DENTRO DEL PRESUPUESTO DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ALICANTE 8 AYUNTAMIENTO ALMORADÍ. -APROBACIÓN PROVISIONAL MODIFICACIÓN ARTÍCULOS 3 Y 5 ORDENANZA I.B.I. Y MODIFICACIÓN TÍTULO ARTÍCULO 1 Y ANEXO 1º ORDENANZA TASA INSTALACIÓN PUESTOS, BARRACAS, CASETAS VENTA, ETC. 9 AYUNTAMIENTO L´ALQUERIA D´ASNAR. -APROBACIÓN INICIAL TRANSFERENCIAS DE CRÉDITO 9 AYUNTAMIENTO ALTEA. -NOTIFICACIÓN INICIO VÍA DE APREMIO DEUDORES ENTIDAD URBANÍSTICA DE CONSERVACIÓN DEL POLÍGONO LA MALLÁ DE ALTEA HILLS -LICITACIÓN CONTRATACIÓN MEDIANTE GESTIÓN INDIRECTA Y PROCEDIMIENTO ABIERTO CONCESIÓN ADMINISTRATIVA DEL SERVICIO DE GESTIÓN Y EXPLOTACIÓN DE LA PISICINA MUNICIPAL DE ALTEA -APROBACIÓN INICIAL MODIFICACIÓN ORDENANZAS FISCALES IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES Y TASA POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE RECOGIDA, TRANSFERENCIA Y TRATAMIENTO DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS 9 10 11 AYUNTAMIENTO BENEJÚZAR. -APROBACIÓN INICIAL MODIFICACIONES DE CRÉDITO 10/2013 -APROBACIÓN INICIAL ORDENANZA REGULADORA USO DE HUERTOS ECOLÓGICOS EN BENEJÚZAR -NOTIFICACIÓN BAJA DE OFICIO PADRÓN DE HABITANTES 11 11 AYUNTAMIENTO BIAR. -APROVACIÓ INICIAL D´EXPEDIENT DE MODIFICACIÓ DE CRÈDITS MITJANÇANT TRANSFERÈNCIES 3/2013 12 AYUNTAMIENTO CALP. -NOTIFICACIÓN EXPEDIENTE DE PROTECCIÓN LEGALIDAD URBANÍSTICA NÚMERO 2013/070 -NOTIFICACIÓN EXPEDIENTE DE PROTECCIÓN LEGALIDAD URBANÍSTICA NÚMERO 2012/00024 AYUNTAMIENTO EL CAMPELLO. -NOTIFICACIÓN INTERESADOS EXPEDIENTES 974-2013 (122-663/2012) Y 1608/2013 -APROBACIÓN DEFINITIVA MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS NÚMERO 10/2013 11 12 13 13 13 213 Sumario Pág. Núm. AYUNTAMIENTO CATRAL. -APROBACIÓN INICIAL PRESUPUESTO GENERAL 2013 -APROBACIÓN CUENTA GENERAL 2012 14 14 AYUNTAMIENTO CREVILLENT. -NOTIFICACIÓN RESOLUCIÓN EXPEDIENTE -NOTIFICACIÓN RESOLUCIÓN EXPEDIENTE -NOTIFICACIÓN RESOLUCIÓN EXPEDIENTE -NOTIFICACIÓN RESOLUCIÓN EXPEDIENTE -NOTIFICACIÓN RESOLUCIÓN EXPEDIENTE 14 15 15 16 16 40-56/13 40-49/13 40-46/13 40-41/13 40-52/13 AYUNTAMIENTO DÉNIA. -APROBACIÓN INICIAL MODIFICACIÓN ORDENANZAS FISCALES -NOTIFICACIÓN RESOLUCIONES RECAÍDAS EN MEDIO AMBIENTE -NOTIFICACIÓN RESOLUCIONES RECAÍDAS EN MEDIO AMBIENTE -NOTIFICACIÓN RESOLUCIONES RECAÍDAS EN MEDIO AMBIENTE -NOTIFICACIÓN RESOLUCIONES RECAÍDAS EN MEDIO AMBIENTE 17 17 18 19 21 AYUNTAMIENTO ELCHE. -APROBACIÓN INICIAL ORDENANZA REGULADORA DE MERCADOS PERIÓDICOS DE VENTA NO SEDENTARIA -NOTIFICACIÓN DESCONOCIDOS URBANISMO 22 22 AYUNTAMIENTO HONDÓN DE LOS FRAILES. -DELEGACIÓN ATRIBUCIONES ALCALDÍA 22 AYUNTAMIENTO ONDARA. -APROVACIÓ INICIAL MODIFICACIÓ ORDENANÇA GENERAL MUNICIPAL DE TRANSIT I MOBILITAT 23 AYUNTAMIENTO PEDREGUER. -INFORMACIÓN PÚBLICA SOLICITUD LICENCIA AMBIENTAL ACTIVIDAD DE CLÍNICA DENTAL 23 AYUNTAMIENTO PEGO. -LICITACIÓN TRANSPORTE SANITARIO 23 AYUNTAMIENTO PILAR DE LA HORADADA. -NOTIFICACIÓN EXPEDIENTE DE OBRA MAYOR NÚMERO 70/2011 25 AYUNTAMIENTO POLOP. -APROBACIÓN INICIAL PRESUPUESTOS 2014 25 AYUNTAMIENTO SAN FULGENCIO. -INFORMACIÓN PÚBLICA SOLICITUD DE LICENCIA AMBIENTAL EXPEDIENTE A42/2013 PARA VENTA Y SUSTITUCIÓN REPUESTOS AUTOMÓVIL 25 AYUNTAMIENTO TEULADA. -NOTIFICACIÓN AUTORIZACIÓN DE OBRAS MENORES POR DECLARACIÓN RESPONSABLE 25 AYUNTAMIENTO VILLAJOYOSA. -NOTIFICACIÓN BAJA OFICIO PADRÓN HABITANTES EXPEDIENTE BO 6/13 -NOTIFICACIÓN BAJA OFICIO PADRÓN DE HABITANTES EXPEDIENTE BO 7/2013 26 AYUNTAMIENTO VILLENA. -INFORMACIÓN PÚBLICA ESTUDIO INTEGRACIÓN PAISAJÍSTICA -APROBACIÓN INICIAL EXPEDIENTE NÚMERO 1 DE MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS AYUNTAMIENTO XALÓ. -APROBACIÓN INICIAL TASA RECOGIDA DE VEHÍCULOS Y CONTENEDORES DE LA VÍA PÚBLICA Y DE LA MODIFICACIÓN DE TASA SERVICIO DE RECOGIDA RESIDUOS SÓLIDOS -APROBACIÓN INICIAL MODIFICACIÓN PRESUPUESTO NÚMERO 4/2013 26 26 27 Pág. Núm. DIPUTACIÓN PROVINCIAL ALICANTE. -BASES DE LA CONVOCATORIA BECA INTERVENCIÓN 27 ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA: JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO UNO ALICANTE. -PROCEDIMIENTO 475/13 DILIGENCIA DE ORDENACIÓN -PROCEDIMIENTO 1119/12 SENTENCIA -EJECUCIÓN 301/13 AUTO Y DECRETO -PROCEDIMENTO 993/11 DILIGENCIA DE ORDENACIÓN -PROCEDIMIENTO 809/13 CITACIÓN 29 29 30 31 31 JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO DOS ALICANTE. -PROCEDIMIENTO 881/12 RESOLUCIÓN 31 JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO CUATRO ALICANTE. -PROCEDIMIENTO 569/13 CITACIÓN 32 JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO CINCO ALICANTE. -PROCEDIMIENTO 190/12 SENTENCIA -EJECUCIÓN 236/13 DECRETO -EJECUCIÓN 23/13 DECRETO -AUTOS 227/13 DECRETO -AUTOS 573/12 CITACIÓN -AUTOS 343/13 CITACIÓN 32 32 33 33 33 34 JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO SIETE ALICANTE. -EJECUCIÓN 91/10 SUBASTA -EJECUCIÓN 101/11 SUBASTA 34 34 JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO UNO BENIDORM. -AUTOS 215/13 AUTO -EJECUTORIA 215/13 AUTO -EJECUTORIA 219/13 AUTO -EJECUTORIA 209/13 DECRETO -EJECUTORIA 211/13 DECRETO -EJECUTORIA 213/13 DECRETO -EJECUCIÓN 50/13 AUTO Y DECRETO -AUTOS 1194/12 CITACIÓN -AUTOS 1196/12 CITACIÓN -AUTOS 722/13 CITACIÓN -AUTOS 724/13 CITACIÓN 35 36 36 37 38 38 38 39 39 40 40 JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO UNO ELCHE. -PROCEDIMIENTO 369/13 CITACIÓN -PROCEDIMIENTO 364/13 CITACIÓN -PROCEDIMIENTO 366/13 CITACIÓN -PROCEDIMIENTO 367/13 CITACIÓN -PROCEDIMIENTO 1004/12 CITACIÓN 40 41 41 41 41 JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO DOS ELCHE. -EJECUCIÓN 155/13 RESOLUCIÓN 42 JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO TRES ELCHE. -EJECUCIÓN 213/13 DECRETO -PROCEDIMIENTO 32/13 SENTENCIA -PROCEDIMIENTO 33/13 SENTENCIA -PROCEDIMIENTO 33/13 AUTO ACLARACIÓN -PROCEDIMIENTO 1033/11 SENTENCIA -PROCEDIMIENTO 294/13 SENTENCIA 42 42 43 43 43 44 JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚMERO DOS DÉNIA. -JUICIO DE FALTAS 156/11 SENTENCIA 44 27 27 boletín oficial de la provincia - alicante, 8 noviembre 2013 - n.º 213 3 butlletí oficial de la província - alacant, 8 novembre 2013 - n.º 213 ADMINISTRACIÓN CENTRAL JEFATURA PROVINCIAL DE TRÁFICO ALICANTE EDICTO / EDICTE De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59 y 61 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 285, de 27 de noviembre de 1992), se hace pública notificación de las resoluciones dictadas por el Jefe Provincial de Tráfico de la Provincia que, una vez tramitados los correspondientes expedientes, declaran la pérdida de vigencia de las autorizaciones administrativas para conducir de que son titulares las personas que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar. Contra estas resoluciones podrá interponerse RECURSO DE ALZADA dentro del plazo de UN MES, contado a partir del día siguiente al de la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial ó Diario Oficial correspondiente, ante el Director General de Tráfico. Estas resoluciones son inmediatamente ejecutivas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 94 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por lo que las personas relacionadas no podrán conducir desde el día siguiente a la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial o Diario Oficial correspondiente. Los correspondientes expedientes obran en la Jefatura Provincial de Tráfico. De conformitat amb el que disposen els articles 59 i 61 de la Llei 30/92, de 26 de novembre, de Règim Jurídic de les Administracions Públiques i del Procediment Administratiu Comú (BOE 285, de 27 de novembre de 1992), es fa pública notificació de les resolucions dictades pel Cap Provincial de Trànsit de la Província que, una vegada tramesos els corresponents expedients, declaren la pèrdua de vigència de les autoritzacions administratives per a conduir de què són titulars les persones que a continuació es relacionen, i que són instruïts per la Prefectura Provincial de Trànsit, ja que s’ha intentat la notificació en l’últim domicili conegut, i no s’ha pogut dur a terme. Contra estes resolucions podrà interposar-se RECURS D’ALÇADA dins del termini d’UN MES, comptador a partir de l’endemà de la publicació del present edicte en el Butlletí Oficial o Diari Oficial corresponent, davant el Director General de Trànsit. Estes resolucions són immediatament executives, d’acord amb l’article 94 de la Llei de Règim Jurídic de les Administracions Públiques i del Procediment Administratiu Comú, per la qual cosa les persones que s’hi relacionen no podran conduir des de l’endemà de la publicació del present edicte en el Butlletí Oficial o Diari Oficial corresponent. Els corresponents expedients es troben en la Prefectura Provincial de Trànsit. Alicante a 03 de octubre de 2013 EL JEFE PROVINCIAL DE TRÁFICO. Fdo: Francisco García-Caro García. EXPEDIENTE CONDUCTOR DNI LOCALIDAD FECHA 0329011699 0328214299 0329090644 0329083433 0326085533 0339419222 0325863011 0339419188 0339419299 0327001411 0327001099 0329012133 0324506855 JOSE ANTONIO MATEO SANTOS CONNOR HUTCHINGS PEDRO LUIS SIRVENT GIL ABRAHAM GARCIA GASCON PEDRO DAVID ESCRICH BLANCO JULIO ALBERTO BEVIA AGUIRRE RAFAEL PASTOR LOPEZ ABDELKADER ABDELAOUI JUAN MANUEL MANZANO PRADA AHMED EL GHALLALI JAVIER COSTAS MUÑIZ CARMEN JORDA BUADES JOAQUIN MARTINEZ PACHECO 20081984 X2831486W 21395956 21452567 29026361 48534941 53241423 X3801295Q 48682353 X4985069A 52457836 21688234 21992342 ALBATERA ALFAZ DEL PI ALICANTE ALICANTE ALICANTE ALICANTE ALICANTE ALMORADI BENIDORM CALPE CAMPELLO COCENTAINA ELCHE 19/07/2013 21/06/2013 06/08/2013 29/07/2013 24/05/2013 02/10/2013 29/05/2013 05/06/2013 02/07/2013 23/05/2013 02/07/2013 19/07/2013 14/03/2013 EXPEDIENTE CONDUCTOR DNI LOCALIDAD FECHA 0327841922 0327078322 0328518766 0327027899 0329083944 0328829944 0327001355 0328308222 0328829799 0339419111 0327571422 0327261355 0328411200 0325265388 0329000455 MANUEL ESCUDERO ESPINOSA GERMAN DAVID HENAO SANCHEZ BACIU FLORIN LUIS MANUEL GARZON RUBIALES JOSE ANDREU GILABERT JALID EL OUAHBI EL HABIE RUBEN MACIA LORENZO ALEXANDER DERGACHEV PEDRO LUIS PASCUAL TRIGUEROS JOSE FERNANDEZ GARRIDO RAUL PATIÑO DELGADO RAUL MATEOS MOYA MARCELO TOLEDO GARABANTES DOMINGO HEREDIA SANTIAGO JOSE GOMEZ HERNANDEZ 33499362 X5243373V X8270543L 49023767 21997648 53219164 48566088 X2869819V 21966793 23031063 29013557 30961529 72237381 48295628 05150158 ELCHE ELCHE ELCHE HUMANES DE MADRID ISLA CRISTINA JAVEA NOVELDA ORIHUELA SAN ISIDRO TORREVIEJA TORREVIEJA TORREVIEJA TORREVIEJA VILLAJOYOSA VILLENA 04/07/2013 04/07/2013 21/06/2013 06/08/2013 16/09/2013 19/07/2013 10/09/2013 21/06/2013 20/06/2013 24/05/2013 20/06/2013 02/07/2013 23/05/2013 14/05/2013 30/08/2013 *1320817* SUBDELEGACIÓN DEL GOBIERNO COMUNIDAD VALENCIANA ALICANTE EDICTO De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59,5 y 61 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 285 de 27 de noviembre de 1992), se hace pública notificación de la PROPUESTA DE RESOLUCIÓN recaída en el procedimiento sancionador incoado al interesado que a continuación se relaciona, ya que, habiéndose intentado la notificación de la misma en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar. El correspondiente expediente obra en la Dependencia del Área de Agricultura y Pesca de la Subdelegación del Gobierno en Alicante, ante la cual le asiste el derecho de alegar por escrito lo que en su defensa estime conveniente y a consultar el mismo, dentro del plazo de quince días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia. Transcurrido dicho plazo, se dictará la oportuna resolución. DENUNCIADO Nº EXPEDIENTE CHACOPINO CARRILLO, C.B. CIF: E-54234778 ALC-21/13 PROPUESTA 07/10/2013 DOMICILIO LOCALIDAD INFRACCIÓN SANCIÓN C/SAN ANTONIO Nº 92, 2º - B 03130 SANTA POLA ALICANTE ART. 102.2 DE LA LEY 3/2001 4.500 € Alicante, 30 de Octubre de 2013 EL SUBDELEGADO DEL GOBIERNO Alberto Martínez Díaz *1320622* EDICTO De conformidad con lo dispuesto en el articulo 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 285 de 27 de noviembre de 1.992), se hace pública notificación de RESOLUCIONES DE RECURSOS DE ALZADA recaídas en los procedimientos sancionadores incoados a los interesados que a continuación se relacionan, ya que, habiéndose intentado la respectiva notificación en el último domicilio conocido, éstas no se han podido practicar. Contra dicha resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación del presente Edicto en el Boletín Oficial de la Provincia. Se advierte que una vez sea firme la resolución en vía adminis- boletín oficial de la provincia - alicante, 8 noviembre 2013 - n.º 213 trativa, se continuará la tramitación que corresponda para proceder a su cobro por la Delegación de Hacienda competente. El expediente obra en la Sección de Derechos Ciudadanos de esta Subdelegación del Gobierno en Alicante, pudiendo ser consultado en el plazo anteriormente citado. DENUNCIADO Nº. EXPTE WAFA LBOUALAOUI 2012/173 D.N.I. X8887536Z DOMICILIO LOCALIDAD INFRACCIÓN SANCIÓN C/ PADRE DAMIAN, 2, 1º IZ CALLOSA DE SEGURA (ALICANTE) L.O. 1/1992 - 26.I) 200 EUROS Alicante, 31/10/2013 EL SECRETARIO GENERAL Juan Antonio Gómez Rodríguez *1320735* EDICTO 4 butlletí oficial de la província - alacant, 8 novembre 2013 - n.º 213 se hace pública notificación de RESOLUCIÓN de los expedientes sancionadores que se indican, incoado a los interesados que a continuación se relacionan, ya que, habiéndose intentado la respectiva notificación en el último domicilio conocido, éstas no se han podido practicar. Contra dichas resoluciones, que no agotan la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el excelentísimo señor Ministro del Interior dentro del plazo de un mes, contado desde el día de la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia. Se advierte que una vez transcurrido dicho plazo, y una vez sea firme la resolución en vía administrativa, se continuará la tramitación que corresponda para proceder a su cobro por la Delegación de Hacienda que corresponda. Los expedientes obran en la Sección de Derechos Ciudadanos de esta Subdelegación del Gobierno en Alicante, pudiendo ser consultados en el plazo anteriormente citado. DENUNCIADO Nº EXPEDIENTE De conformidad con lo dispuesto en el articulo 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 285 de 27 de noviembre de 1.992), se hace pública notificaciones de ACUERDOS DE INICIACIÓN de los expedientes sancionadores que se indican, incoados a los interesados que a continuación se relacionan, ya que, habiéndose intentado la respectiva notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar. Los correspondientes expedientes obran en la Sección de Derechos Ciudadanos de esta Subdelegación del Gobierno en Alicante, ante la cual les asiste el derecho de alegar por escrito lo que en su defensa estime conveniente y a consultar los mismos, dentro del plazo de quince días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia. Transcurrido dicho plazo, se dictarán las oportunas resoluciones. DENUNCIADO Nº EXPEDIENTE D.N.I. FECHA DOMICILIO LOCALIDAD INFRACCIÓN SANCIÓN DAVID DIAZ MARTINEZ 2013/4172 48331942H 9/23/2013 JUAN FCO. APARICIO TELLO 2013/4474 48452714V 10/2/2013 SILVIA APARICIO BORRAS 2013/4492 21493508P 10/2/2013 JOSE MARTIN BLANQUEZ 2013/4510 53214781A 10/3/2013 VICENTE MARCO MAYOR 2013/4537 21470490J 10/3/2013 NELSON BORGES LOPEZ 2013/4594 74387431A 10/4/2013 FREDY STIVEN OSORIO USUGA 2013/4600 X8274289Q 10/4/2013 CARLOS SAMUEL VERDU PEREZ 2013/4603 48625653L 10/4/2013 ROSEMBER LOAIZA RIVERA 2013/4663 X6816213W 10/7/2013 ANTONIO MORENO RUIZ 2013/4666 48827208W 10/7/2013 VASILE BIBOL 2013/4703 X8341341T 10/8/2013 LAURA DIAZ ALVAREZ 2013/4744 71661349L 10/10/2013 PABLO SEMPERE PEREZ 2013/4912 74380883X 10/16/2013 AARON MARIN ROMERO 2013/4922 21690858H 10/16/2013 C/ TIZIANO 10 PBJ 4 L.O. 1/1992 - 25.1 NUCIA (LA) (ALICANTE) 301 EUROS C/ SERRERÍAS Nº2 3ºK L.O. 1/1992 - 25.1 MOLINA DE SEGURA (MURCIA) 301 EUROS C/ TORRE 28 PBJ - PLA DE LA VALLONGA L.O. 1/1992 - 25.1 ALICANTE/ALACANT (ALICANTE) 6.000 EUROS C/ FINLANDIA 2 8 L.O. 1/1992 - 25.1 SANTA POLA (ALICANTE) 450 EUROS C/ TIBI 5 4 D3 L.O. 1/1992 - 25.1 ALICANTE/ALACANT (ALICANTE) 301 EUROS C/ HILARIÓN ESLAVA 119 P02 02 L.O. 1/1992 - 25.1 ELCHE/ELX (ALICANTE) 450 EUROS C/ C GABRIEL MIRO 8 P01 DH L.O. 1/1992 - 25.1 JÁVEA/XÀBIA (ALICANTE) 301 EUROS C/ LA GOLETA 3 BLOQ. 1 PTA. 1 3ºC (CABO HUERTAS) L.O. 1/1992 - 25.1 ALICANTE/ALACANT (ALICANTE) 301 EUROS AVDA. NOVELDA 25 P02 C L.O. 1/1992 - 25.1 ALICANTE/ALACANT (ALICANTE) 301 EUROS AVDA. INGLATERRA 9 P02 B L.O. 1/1992 - 25.1 TORREVIEJA (ALICANTE) 301 EUROS C/ EMIGDIO SANTAMARIA, 9,PO 3 L.O. 1/1992 - 23.A) ELCHE/ELX (ALICANTE) 301 EUROS C/ VIRGEN DE LA ALMUDENA, 2, 2º H L.O. 1/1992 - 23.A) BENIDORM (ALICANTE) 301 EUROS C/ PORTA DE LA MORERA, 6, P07-3 L.O. 1/1992 - 25.1 ELCHE/ELX (ALICANTE) 301 EUROS C/ LES MOLINES 2 L.O. 1/1992 - 25.1 BANYERES DE MARIOLA (ALICANTE) 301 EUROS Alicante, 31/10/2013 EL SECRETARIO GENERAL Juan Antonio Gómez Rodríguez *1320736* EDICTO De conformidad con lo dispuesto en el articulo 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 285 de 27 de noviembre de 1.992), DOMICILIO LOCALIDAD INFRACCIÓN SANCIÓN L.O. 1/1992 301 EUROS L.O. 1/1992 600 EUROS L.O. 1/1992 450 EUROS L.O. 1/1992 450 EUROS ROBERTO RODENAS HEREDIA 2013/2929 48455606B 10/7/2013 VICTOR RUIZ TAVARES 2013/2946 48331451X 10/7/2013 BRANDON MARK DIXON 2013/2970 X6815181M 10/7/2013 SARAY SANCHEZ JURADO 2013/3128 48719861L 10/14/2013 RAHHAL ESSAHRAOUI 2013/3130 Y1649986A 10/1/2013 SIMON MADALIN NEATU 2013/3133 X3573254C 10/1/2013 SAID LABDOU 2013/3167 X7937189G 10/14/2013 JUAN VICENTE LORENTE SANCHIS 2013/3173 20018722M 10/4/2013 IONELA MIHAI 2013/3175 X8850182N 10/4/2013 JOSE DAVID PELLICER VIVANCOS C/COLON, Nº25, PISO PTA 3 CALLOSA D’EN SARRIA (ALICANTE) RONDA RICARDO LA FUENTE, 3, BJ 1 TORREVIEJA (ALICANTE) C/ LA FUENTE, Nº28, 2ºIZQ. ALICANTE/ALACANT (ALICANTE) C/ IBI, Nº7, 1ºA SAN VICENTE DEL RASPEIG/ SANT VICENT DEL RASPEIG (ALICANTE) AVDA. ALCOY, 99, P04 DCHA. ALICANTE/ALACANT (ALICANTE) C/ TORRE BENIMARMUT 2 PEDREGUER (ALICANTE) C/ CASTOR, 32, BLOQ. 5, 1º PUERTA 2 ALICANTE/ALACANT (ALICANTE) C/ SURINAM, 9 NUCIA (LA) (ALICANTE) C/ TRIBUNAL DE LAS AGUAS 9 5 RIBA-ROJA DE TÚRIA (VALENCIA) C/ JUAN SANSANO IBARRA, 19 - 5º IZQ. ELCHE/ELX (ALICANTE) C/ JOSE HURTADO ROMERO, EL FELISIA, Nº 2, FASE 3, 2º PTA. 5 TORREVIEJA (ALICANTE) C/ PERU, Nº 16, 5, 1º B ALICANTE/ALACANT (ALICANTE) C/ CAPITA BALTASAR TRISTANY 52 2ª PTA ELCHE/ELX (ALICANTE) C/ PTDA. PARAISO Nº 88 PISO 3 PTA.E VILLAJOYOSA/VILA JOIOSA (LA) (ALICANTE) C/ TRAVESIA MAESTRO PONS Nº 1 - 1º A VILLAJOYOSA/VILA JOIOSA (LA) (ALICANTE) C/ PTDA RAFALET S/N TÀRBENA (ALICANTE) C/ BAILEN 67 P01 4 SAN VICENTE DEL RASPEIG/ SANT VICENT DEL RASPEIG (ALICANTE) C/ DOCTOR GARCIA ROGEL, Nº 20, 3º B ORIHUELA (ALICANTE) C/ MELISO 14 (COVATELLES) JÁVEA/XÀBIA (ALICANTE) C/ SERRA DE LA ALGUEÑA 32 PBJ NUCIA (LA) (ALICANTE) C/ FRANCISCO ORTUÑO Nº 3 - PO2 A BENEJÚZAR (ALICANTE) C/ DIPUTADO J LUIS BARCELO, Nº 10 PBJ IZ ALICANTE/ALACANT (ALICANTE) C/ ALBOLODOY, 1-2 (BAJO A) ROQUETAS DE MAR (ALMERÍA) C/ MAYOR, 120, P02 1 BENIARBEIG (ALICANTE) AVDA. VALENCIA, Nº 25, 4º PEGO (ALICANTE) AVDA. VALENCIA, Nº 25, 4º PEGO (ALICANTE) C/ PINTOR PORTELA-B S GINES, Nº 30, 5º B 2013/3183 48427513R 10/4/2013 CARLOS ALBERTO INCHAURREGUI GUERRERO 2013/3188 X3159733Q 10/4/2013 YASMANI SAUL ESPINOZA PALADINEZ 2013/3358 48723716X 10/3/2013 CARTAGENA (MURCIA) C/ SAN PASCUAL, Nº 94, 2º TORREVIEJA (ALICANTE) C/ MAESTRO CABALLERO Nº 46, PISO 3º,PTA. 4 ALICANTE/ALACANT (ALICANTE) D.N.I. FECHA SERGIO GREGORI SANCHIS 2013/1582 48679136G FRANCISCO CARDENAS GOMEZ 2013/2286 26232629W 9/18/2013 LUIS VILCHES FERNANDEZ 2013/2761 48569581K 10/1/2013 ANDRES SANCHEZ CORRALES 2013/2762 53242961P 10/1/2013 DAVID SANCHEZ GONZALEZ 2013/2763 48354007A 10/1/2013 RAFAEL GEA BLASCO 2013/2770 53633087P 10/1/2013 JUAN CARLOS ÑECO INIESTA 2013/2772 21508941P 10/1/2013 VICENTE LLINARES BERNAL 2013/2804 48301462J 10/4/2013 AHMED BELHAYABA 2013/2807 X4298258H 10/4/2013 MARIA JOSE GARCIA VAIYO 2013/2816 21511250V 10/7/2013 BLAS LOPEZ CASAS 2013/2836 48826825X 10/7/2013 GABRIEL LLEDO RUBIO 2013/2856 48720803H 10/3/2013 JUAN JOSE LARA PIÑOL 2013/2903 74374179E 10/7/2013 DANIEL TONDA GOMEZ 2013/2907 48675582S 10/7/2013 HILCHAM EZ HAHOUANI 2013/2908 X1062544J 10/7/2013 JOBY LAWRENCE STANDISH 2013/2910 X2764028A 10/7/2013 JOSE MANUEL GRUESO MARTINEZ 2013/2918 48322593F 10/7/2013 L.O. 1/1992 301 EUROS L.O. 1/1992 301 EUROS L.O. 1/1992 450 EUROS L.O. 1/1992 301 EUROS L.O. 1/1992 301 EUROS L.O. 1/1992 301 EUROS L.O. 1/1992 301 EUROS L.O. 1/1992 450 EUROS L.O. 1/1992 600 EUROS L.O. 1/1992 301 EUROS L.O. 1/1992 301 EUROS L.O. 1/1992 1.950 EUROS L.O. 1/1992 301 EUROS L.O. 1/1992 301 EUROS L.O. 1/1992 750 EUROS L.O. 1/1992 450 EUROS L.O. 1/1992 301 EUROS L.O. 1/1992 200 EUROS L.O. 1/1992 600 EUROS L.O. 1/1992 301 EUROS L.O. 1/1992 150 EUROS L.O. 1/1992 150 EUROS L.O. 1/1992 26.H) 200 EUROS L.O. 1/1992 200 EUROS L.O. 1/1992 150 EUROS - 23.A) - 23.A) - 25.1 - 25.1 - 25.1 - 25.1 - 25.1 - 25.1 - 25.1 - 25.1 - 25.1 - 25.1 - 25.1 - 25.1 - 25.1 - 25.1 - 25.1 - 25.1 - 25.1 - 25.1 - 25.1 - 26.I) - 23.A) - 25.1 - 26.I) - 26.I) - 26.I) Y - 26.I) - 26.H) Alicante, 31/10/2013 EL SECRETARIO GENERAL Juan Antonio Gómez Rodríguez *1320737* boletín oficial de la provincia - alicante, 8 noviembre 2013 - n.º 213 5 butlletí oficial de la província - alacant, 8 novembre 2013 - n.º 213 ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA CENTRO DE SALUD PÚBLICA DE ELCHE EDICTO Ante la imposibilidad de notificar de forma personal y directa a los interesados los acuerdos de cancelación registral que a continuación se relacionan y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publican ahora. Elche/Elx, 04/11/2013. «Vistos los expedientes de cancelación de la inscripción en el registro sanitario de establecimientos menores (REM) de los establecimientos que abajo se relacionan en los que consta en acta de inspección que se ha producido un cese de actividad CONSIDERANDO lo dispuesto en el art. 4 el Decreto 20/2012 de 27 de Enero del Consell por el que se crea el Registro Sanitario de Establecimientos Alimentarios Menores. Le notifico que se va a proponer al Director del Centro de Salud Pública de Elche la cancelación de las mismas, al ser el órgano competente para resolver dicho procedimiento. De conformidad con lo establecido en el artículo 84 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre, se le concede un plazo de diez días, contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente notificación, para formular las alegaciones y presentar los documentos que a su derecho convengan. El plazo máximo para resolver y notificar el procedimiento es de tres meses a contar desde la fecha del presente acuerdo, según lo dispuesto en el artículo 42.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, sin perjuicio de las posibles interrupciones de dicho plazo que se puedan producir conforme al artículo 42.5. La falta de resolución expresa dentro del plazo legal para dictarla producirá la caducidad del procedimiento con el archivo de las actuaciones, conforme dispone el artículo 44 de la misma Ley, sin perjuicio de la posibilidad de iniciar un nuevo procedimiento.Para obtener información sobre el estado de tramitación de su procedimiento puede dirigirse al Centro de Salud Publica de Elx / Elche, situado en Antonio Mora Ferrández, 51, telf.: 96.691.32.41 EL DIRECTOR DEL CENTRO DE SALUD PÚBLICA DE ELCHE. EDICTOS TITULAR DOMICILIO YUNYIN, LI BUJAN SANCHEZ, Mª NOEMI RUIZ MENDEZ, DANIEL ROMERO FRUCTUOSO, SALVADOR ROMERO FRUCTUOSO, SALVADOR LILLO MIRETE, Mª JESÚS HUANG, XIANGYI EL FILALI, MOHAMED BALANTO,S.L CARNATIC, S.L. ANDRES GARCIA, JUANA OZKURT, OSMAN RIGLA HURTADO, JOSE VICENTE LOPEZ ESCOBAR, NARCISO AVDA SALAMANCA NUM. 8 C\ MONTE DE SANTA POLA NUM. 15 GRAN ALACANT C\ JOSE BERNAD AMOROS NUM. 71 AC C\ FRA JAUME TORRES NUM. 44 ESQUINA CAPITAN C\ FRA JAUME TORRES NUM. 44 ESQUINA CAPITAN C\ PROFESOR FRANCISCO TOMAS Y VALIENTE NUM. C\ MEJICO NUM. 2 BJ C\ CAYETANO MARTINEZ NUM. 9 BJ LUGAR ALZABARAS ALTO. POLIGONNO 1 NUM 31 C\ SAN FRANCISCO ASIS NUM. 86 BAJO C\ CRISTOBAL SANZ NUM. 24 C\ DR CAYETANO CANDELA PASTOR NUM. 6 AVDA ELCHE NUM. 63 BAJO C\ SANTA FAZ NUM. 9 ED.LOCAL 5 ANTONIO MENA ANTONIO MENA 46 MUNICIPIO Nº EXPEDIENTE SANTA POLA SANTA POLA ELCHE/ELX ELCHE/ELX ELCHE/ELX ELCHE/ELX ELCHE/ELX ELCHE/ELX ELCHE/ELX ELCHE/ELX ELCHE/ELX CREVILLENT ASPE ASPE EC-1037/2013 EC-1051/2013 EC-1122/2013 EC-1119/2013 EC-1118/2013 EC-1040/2013 EC-1117/2013 EC-1116/2013 EC-1038/2013 EC-1123/2013 EC-1042/2013 EC-1120/2013 EC-1127/2013 EC-1100/2013 *1320738* EDICTO Ante la imposibilidad de notificar de forma personal y directa a los interesados las resoluciones que se indican a continuación de Cancelación registral del REM y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publican ahora. Para conocer el contenido íntegro de la resolución deberá comparecer en el Centro de Salud Pública de Elche, situada en C/ Antonio Mora Ferrández, 51, en el plazo de 10 días desde el siguiente a la publicación de este edicto. Transcurrido este plazo, la notificación se tendrá por realizada a todos los efectos. Elche / Elx, 04/11/2013. El Director del Centro de Salud Pública de Elche: Eduardo Alonso Echabe». «Vistos los expedientes de cancelación de las inscripciones sanitarias de los establecimientos que abajo se relacionan, en los que consta en acta de inspección practicada al efecto que se ha producido un cese de actividad y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto 20/2012, de 27 de enero, del Consell de la Generalitat Valenciana, por el que se crea el Registro Sanitario de Establecimientos Alimentarios Menores. Teniendo esta Dirección de Salud Pública competencia para resolver los procedimientos citados conforme al artículo 4 del Decreto anteriormente mencionado. Resuelvo cancelar las inscripciones en el Registro Sanitario de Establecimientos Alimentarios Menores (REM) que a continuación se detallan. Contra este acto podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes ante el Director General de Investigación y Salud Pública, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 del Decreto 111/2011 de 2 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional de la Conselleria de Sanidad.» EDICTOS TITULAR DOMICILIO MUNICIPIO Nº EXPEDIENTE AUTORIZACIÓN SANITARIA NºACTA FECHA ACTA TERRY WILLIAM, OSHEA TOURE MODOU PILLAJO MINANGO, JOSE BAYARDO AVDA NORUEGA NUM. 214 CC CARABASI GRAN ALACANT.LOC.13-14 C\ SANT JOAQUIM NUM. 10 C\ ANTONIO BROTONS PASTOR NUM. 39-1 SANTA POLA ELCHE/ELX ELCHE/ELX EC-796/2013 EC-797/2013 EC-804/2013 EM-26.08623/A EM-26.02110/A EM-10.04884/A 0580 0579 0102 06/06/2013 03/06/2013 10/06/2013 boletín oficial de la provincia - alicante, 8 noviembre 2013 - n.º 213 6 butlletí oficial de la província - alacant, 8 novembre 2013 - n.º 213 TITULAR DOMICILIO MUNICIPIO Nº EXPEDIENTE AUTORIZACIÓN SANITARIA NºACTA FECHA ACTA MACIA MANZANEDA, ENCARNACION MACIA MANZANEDA, ENCARNACION MACIA ANTON,ANDRES GOMEZ GALIANA, FRANCISCO BRAS-HISPANITAS EXPORT,S.L CONSELLERIA DE BIENESTAR SOCIAL C\ C\ C\ C\ C\ C\ ELCHE/ELX ELCHE/ELX ELCHE/ELX ELCHE/ELX ELCHE/ELX CREVILLENT EC-790/2013 EC-789/2013 EC-1001/2013 EC-998/2013 EC-794/2013 EC-599/2013 EM-20.03096/A EM-26.09899/A EM-10.00588/A EM-26.03686/A EM-26.07451/A 25681 0071 0071 23469 0790 0078 019215 03/06/2013 03/06/2013 19/07/2013 10/07/2013 07/06/2013 04/03/2010 FERNANDA SANTAMARIA NUM. 44 FERNANDA SANTAMARIA NUM. 44 VELAZQUEZ NUM. 13-B FRANCISCO RUIZ BRU NUM. 9 HILARION ESLAVA NUM. 66 COMTE D’ALTAMIRA NUM. 1 ESQ.PORTES D’ORIOLA *1320740* DIRECCIÓN TERRITORIAL DE ECONOMÍA, INDUSTRIA, TURISMO Y EMPLEO EDICTO SECCIÓN SANCIONES RAFAEL MUÑOZ GÓMEZ, Director Territorial de Economía, Industria, Turismo y Empleo de la Conselleria de Economía, Industria, Turismo y Empleo, en Alicante. HAGO SABER: Que por esta Dirección Territorial de Economía, Industria, Turismo y Empleo, se han dictado Resoluciones en los siguientes expedientes de sanciones, instruidos en virtud de Actas de Infracción levantadas por la Inspección Provincial de Trabajo de Alicante, contra las Empresas que a continuación se relacionan: Nº EXP. EMPRESA DOMICILIO LOCALIDAD 42/04 153/12 151/13 168/13 213/13 214/13 218/13 232/13 235/13 254/13 256/13 260/13 263/13 264/13 265/13 267/13 300/13 302/13 PROYECTOS Y CONSTRUCCIONES MIGUEL PRATS, S.L. ESTRUCTURAS METALICAS SAN ISIDRO, S.L. GRUPO ABACOR PRINCIPADO, S.L. MENCORTES, S.L. PEDRO LUCAS E HIJOS, S.L. PEDRO LUCAS E HIJOS, S.L. MONTAJES ELECTRICOS CAITO, S.L. BURGUER SIGLO XXI, S.L. CREACIONES JOLVER, S.L. HOTEL RESIDENCIA VIRGEN DE GRACIA, S.L. ESCOLANO OROZCO, MARIA EMILIA. SEGURIDAD THRON, S.L. DEPURADORA SOBRIMAR, S.L. GEIVIA IBIZA, S.L.U. GEIVIA IBIZA, S.L.U. SANCHEZ LLUCH, JESUS. FUNDACION SERVICIO VALENCIANO DE EMPLEO. THE WAVES MUSIC, S.L. AV. GANDIA, 6. CTRA. CATRAL-ALBATERA, KM. 3,100. C/ ANTONIO GAUDI-PORCEYO, 112. CTRA. BENIDORM-PEGO, KM. 52,7. CAMINO DE ORITO, S/N. CAMINO DE ORITO, S/N. C/ JUAN SEBASTIAN ELCANO, 23. C/ CALDERON DE LA BARCA, 10. PTDA. ALTABIX, POLIG. 1, Nº 344-PTA. 4. C/ BLASCO IBAÑEZ, 63. C/ ANA NAVARRO 31, PISO 1, PTA. H. C/ MARTA BARRIE 3, PISO BAJO. AV. DEL PUERTO S/N, EDIF. LONJA, 26. C/ ABAD Y LASIERRA, 35. C/ ABAD Y LASIERRA, 35. C/ SERRA DE TOIX, 2. C/ SAN VICENTE MARTIR 16, PISO 5, PTA. 1. C/ SABADELL, 1. MURO DE ALCOY SAN ISIDRO GIJON LA NUCIA MONFORTE DEL CID MONFORTE DEL CID EL CAMPELLO ALICANTE ELCHE GUARDAMAR DEL SEGURA ALICANTE ALICANTE SAN PEDRO DEL PINATAR EIVISSA EIVISSA L’ALFAS DEL PI VALENCIA ELCHE Habiendo resultado infructuosas cuantas gestiones se han realizado para llevar a cabo las respectivas notificaciones, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 59.5 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, se lleva a cabo la notificación por medio del presente EDICTO, advirtiendo a los interesados que las citadas Resoluciones están a disposición de los mismos en este Organismo, donde podrán ser recogidas en horas de oficina, y en el plazo de UN MES, contado a partir del día siguiente a la publicación del presente Edicto, podrán interponer el correspondiente RECURSO DE ALZADA ante esta Dirección Territorial de Economía, Industria, Turismo y Empleo o ante la Dirección General de Trabajo, Cooperativismo y Economía Social (C/ Navarro Reverter, 2-. 46004 VALENCIA), y ello sin perjuicio de que puedan ejercer cualquier otro que estimen conveniente. Quedan igualmente advertidos que de no presentar el Recurso de Alzada en tiempo y forma, deberán abonar el importe de la sanción en las cuentas corrientes de las Entidades Bancarias indicadas, ya que en caso contrario se procederá a su cobro por la vía de APREMIO con el recargo del 20 %. Alicante, 4 de Noviembre de 2013. EL DIRECTOR TERRITORIAL DE ECONOMÍA, INDUSTRIA, TURISMO Y EMPLEO. Fdo.: RAFAEL MUÑOZ GÓMEZ. ENTIDADES BANCARIAS.Bankia, Ruralcaja CRM, Cajamar, Banco de Valencia, Banco de Santander, Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, La Caixa, Sabadell-CAM, IberCaja, CatalunyaCaixa. *1320674* DIRECCIÓN TERRITORIAL DE SANIDAD EDICTO Por no haber sido posible practicar en el domicilio del interesado la notificación que se relaciona a continuación se procede a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, a efectos de lo dispuesto en el Artículo 59.5 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas del Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/1992 de 26 de noviembre, B.O.E. 27/11/1992). Se advierte que de acuerdo con el contenido del Artículo 20.6 del Real Decreto 1398/1993 (B.O.E. 04/08/1993), la publicación de este Edicto interrumpe el plazo de tramitación del procedimiento. Expediente: HIGI/07TA13/819 Interesado: 52786070N - SERGIO, FLUXA BOLUFER Domicilio: Plaza Benidorm Num. 3 Población: Dénia - ALICANTE Fase: Acuerdo Iniciación Preceptos infringidos: Para el HECHO ÚNICO: AZrtículo 6.2 del Reglamento (CE) Nº 852/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativo a la higiene de los productos alimenticios (Diario Oficial de la Unión Europea L. 226, de 25 de junio de 2004) y artículo 2 y Anexo I del Decreto 20/2012 de 27 de enero, del Consell, por el que se crea el Registro Sanitario de Establecimientos Alimentarios Menores (DOCV núm. 6705 de 2 de febrero de 2012). Para conocer el contenido íntegro del acto deberán comparecer en la Dirección Territorial de Sanidad,calle Girona, boletín oficial de la provincia - alicante, 8 noviembre 2013 - n.º 213 26 - Sección Sanciones y Recursos - en el plazo de 5 días desde el siguiente a la publicación de este Edicto, transcurrido el cual se entenderá notificado a todos los efectos. Alicante, 04 de Noviembre de 2013 EL DIRECTOR TERRITORIAL DE SANIDAD Fdo: José Ángel Sánchez Navajas *1320677* EDICTO Por no haber sido posible practicar en el domicilio del interesado la notificación que se relaciona a continuación se procede a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, a efectos de lo dispuesto en el Artículo 59.5 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas del Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/1992 de 26 de noviembre, B.O.E. 27/11/1992). Se advierte que de acuerdo con el contenido del Artículo 20.6 del Real Decreto 1398/1993 (B.O.E. 04/08/1993), la publicación de este Edicto interrumpe el plazo de tramitación del procedimiento. Expediente: HIGI/07TA13/729 Interesado: 14260376P - ANGEL CAJIGAS BACIGALUPE Domicilio: C/ Martínez Oriola, 19 Población: Benidorm - ALICANTE Fase: Resolución Preceptos infringidos: Para el HECHO PRIMERO: Artículo 6.2 del Reglamento (CE) Nº 852/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativo a la higiene de los productos alimenticios (Diario Oficial de la Unión Europea L. 226, de 25 de junio de 2004) y artículo 2 y Anexo I del Decreto 20/2012 de 27 de enero, del Consell, por el que se crea el Registro Sanitario de Establecimientos Alimentarios Menores (DOCV núm. 6705 de 2 de febrero de 2012). Para el HECHO SEGUNDO: Artículo 3.3 del Real Decreto 3484/2000, de 29 de diciembre, por el que se establecen las normas de higiene para la elaboración, distribución y comercio de comidas preparadas (BOE núm.11, de 12.01.2001). Para el HECHO TERCERO: Artículo 6.2 del Real Decreto 3484/2000, de 29 de diciembre, por el que se establecen las normas de higiene para la elaboración, distribución y comercio de comidas preparadas (BOE núm.11, de 12.01.2001). Para el HECHO CUARTO: Capítulo XII punto 1 del Anexo II del Reglamento (CE) Nº 852/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativo a la higiene de los productos alimenticios (Diario Oficial de la Unión Europea L. 226, de 25 de junio de 2004). Para el HECHO QUINTO: Artículo 3.5 del Real Decreto 3484/2000, de 29 de diciembre, por el que se establecen las normas de higiene para la elaboración, distribución y comercio de comidas preparadas (BOE núm.11, de 12.01.2001). Para conocer el contenido íntegro del acto deberán comparecer en la Dirección Territorial de Sanidad,calle Girona, 26 - Sección Sanciones y Recursos - en el plazo de 5 días desde el siguiente a la publicación de este Edicto, transcurrido el cual se entenderá notificado a todos los efectos. Alicante, 04 de Noviembre de 2013 EL DIRECTOR TERRITORIAL DE SANIDAD Fdo: José Ángel Sánchez Navajas *1320680* 7 butlletí oficial de la província - alacant, 8 novembre 2013 - n.º 213 a efectos de lo dispuesto en el Artículo 59.5 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas del Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/1992 de 26 de noviembre, B.O.E. 27/11/1992). Se advierte que de acuerdo con el contenido del Artículo 20.6 del Real Decreto 1398/1993 (B.O.E. 04/08/1993), la publicación de este Edicto interrumpe el plazo de tramitación del procedimiento. Expediente: HIGI/07TA13/670 Interesado: 10835684Q - SOLEDAD, GARCIA DELGADO Domicilio: C\ Palma Num. 23 LC 2 Población: Benidorm - ALICANTE Fase: Resolución Preceptos infringidos: Para el HECHO ÚNICO: Artículo 6.2 del Reglamento (CE) Nº 852/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativo a la higiene de los productos alimenticios (Diario Oficial de la Unión Europea L. 226, de 25 de junio de 2004) y artículo 2 y Anexo I del Decreto 20/2012 de 27 de enero, del Consell, por el que se crea el Registro Sanitario de Establecimientos Alimentarios Menores (DOCV núm. 6705 de 2 de febrero de 2012). Para conocer el contenido íntegro del acto deberán comparecer en la Dirección Territorial de Sanidad,calle Girona, 26 - Sección Sanciones y Recursos - en el plazo de 5 días desde el siguiente a la publicación de este Edicto, transcurrido el cual se entenderá notificado a todos los efectos. Alicante, 04 de Noviembre de 2013 EL DIRECTOR TERRITORIAL DE SANIDAD Fdo: José Ángel Sánchez Navajas *1320681* EDICTO Por no haber sido posible practicar en el domicilio del interesado la notificación que se relaciona a continuación se procede a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, a efectos de lo dispuesto en el Artículo 59.5 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas del Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/1992 de 26 de noviembre, B.O.E. 27/11/1992). Se advierte que de acuerdo con el contenido del Artículo 20.6 del Real Decreto 1398/1993 (B.O.E. 04/08/1993), la publicación de este Edicto interrumpe el plazo de tramitación del procedimiento. Expediente: HIGI/07TA13/881 Interesado: Y2397052Y - PAUL LESLIE RICHARDSON Domicilio: Avda Naciones Num. 18 Bis C Población: Rojales - ALICANTE Fase: Acuerdo Iniciación Preceptos infringidos: Para el HECHO ÚNICO: Artículo 6.2 del Reglamento (CE) Nº 852/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativo a la higiene de los productos alimenticios (Diario Oficial de la Unión Europea L. 226, de 25 de junio de 2004) y artículo 2 y Anexo I del Decreto 20/2012 de 27 de enero, del Consell, por el que se crea el Registro Sanitario de Establecimientos Alimentarios Menores (DOCV núm. 6705 de 2 de febrero de 2012). Para conocer el contenido íntegro del acto deberán comparecer en la Dirección Territorial de Sanidad,calle Girona, 26 - Sección Sanciones y Recursos - en el plazo de 5 días desde el siguiente a la publicación de este Edicto, transcurrido el cual se entenderá notificado a todos los efectos. Alicante, 04 de Noviembre de 2013 EL DIRECTOR TERRITORIAL DE SANIDAD Fdo: José Ángel Sánchez Navajas *1320683* EDICTO EDICTO Por no haber sido posible practicar en el domicilio del interesado la notificación que se relaciona a continuación se procede a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, Por no haber sido posible practicar en el domicilio del interesado la notificación que se relaciona a continuación se boletín oficial de la provincia - alicante, 8 noviembre 2013 - n.º 213 procede a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, a efectos de lo dispuesto en el Artículo 59.5 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas del Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/1992 de 26 de noviembre, B.O.E. 27/11/1992). Se advierte que de acuerdo con el contenido del Artículo 20.6 del Real Decreto 1398/1993 (B.O.E. 04/08/1993), la publicación de este Edicto interrumpe el plazo de tramitación del procedimiento. Expediente: HIGI/07TA13/749 Interesado: X6005330F - ANDRAS STARK Domicilio: Avda. Doctor Mariano Ruiz Cánovas, 30 Población: Torrevieja - ALICANTE Fase: Resolución Preceptos infringidos: Para el HECHO ÚNICO: Capítulo I punto 1 y Capítulo V punto 1 a) del Anexo II del Reglamento (CE) Nº 852/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativo a la higiene de los productos alimenticios (Diario Oficial de la Unión Europea L. 226, de 25 de junio de 2004). Para conocer el contenido íntegro del acto deberán comparecer en la Dirección Territorial de Sanidad,calle Girona, 26 - Sección Sanciones y Recursos - en el plazo de 5 días desde el siguiente a la publicación de este Edicto, transcurrido el cual se entenderá notificado a todos los efectos. Alicante, 04 de Noviembre de 2013 EL DIRECTOR TERRITORIAL DE SANIDAD Fdo: José Ángel Sánchez Navajas *1320684* SERVICIO TERRITORIAL DE INDUSTRIA ALICANTE EDICTO 8 butlletí oficial de la província - alacant, 8 novembre 2013 - n.º 213 relaciona a continuación, se procede a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio, a efectos de lo dispuesto en el artículo 59.5 y 61 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/1992 de 26 de noviembre, B.O.E. 27/ 11/1992). Expediente: CBRGNU/2012/37/03 Interesado: RESTAURANTE COLL DE RATES, S.C. Último domicilio conocido: Pda. Solana de Parcelles, s/ n – CV-715, km. 33, Polígono 3, parc. 106 de Tárbena (Alicante). Acto: Subsanación de defectos tras visita de inspección en instalación receptora de gas. Para que el interesado pueda tener conocimiento íntegro del acto, podrá comparecer en el plazo de 10 días hábiles, contados a partir del siguiente al de su publicación en el presente Boletín Oficial de la Provincia, en el Negociado de Combustibles del Servicio Territorial de Industria, sito en la calle Churruca, 29 de Alicante. Una vez transcurrido dicho plazo sin que se produzca la comparecencia, se tendrá por practicada la notificación correspondiente, empezándose a computar el plazo de 30 días para subsanar los defectos de la instalación. Transcurrido dicho plazo, se adoptarán las medidas sancionadoras que procedan, de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente, previa instrucción del correspondiente expediente en base al Título V de la Ley 21/1992, de 16 de julio de Industria (B.O.E. de 23/07/1992). Y la comunicación de corte de suministro de gas. Alicante, 30 de octubre de 2013 La Jefa del Servicio Territorial de Industria. Fdo.: Emilia González Carrión. Por haber sido imposible practicar en el domicilio del interesado la notificación del acto administrativo que se *1320702* ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE ALICANTE EDICTO En el Dpto. de Sanidad y Consumo de este Excmo. Ayuntamiento de Alicante, se instruye expediente administrativo SP2013/351, por la insalubridad existente en una obra paralizada y la parcela que la rodea sita en la Avda. de Denia nº 24-26. Ante los infructuosos intentos realizados por el Departamento de localizar a sus titulares COMPLEJO COMERCIAL AVDA. DE DENIA SL, con CIF B-53873568, para que adopte las siguientes medidas de carácter sanitario: - Respecto a la parcela: realizar la limpieza, retirada de escombros, tratamientos fitosanitarios necesarios para la eliminación de los matorrales, desbroce y la desratización del solar. - Respecto al vallado: que debido a las circunstancias apuntadas anteriormente deberá repararse con muro de bloques de hormigón prefabricado de 1 metro de altura sobre la rasante de la acera, en el linde del solar y sobre el cual se colocara una valla de malla metálica trenzada de simple torsión con postes cada 3 metros con una altura total mínima del vallado de 2 metros con una puerta de acceso de similares características, suficiente para su limpieza y mantenimiento. En virtud de ello, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, mediante el presente Edicto, se le emplaza para que comparezca ante el Departamento de Sanidad y Consumo –c/Mayor, 39-03002 Alicante, teléfono 965230279, fax 965208154, en el plazo de diez días naturales, contados a partir de la publicación el mismo en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante, para que proceda al examen del expediente que se pone de manifiesto y realizar la manifestación requerida, en caso contrario, se considerará que no presta la colaboración necesaria con las autoridades sanitarias o sus agentes en el desarrollo de las labores de inspección o control. En el expte. se encuentran los antecedentes del caso. Alicante, a 31 de octubre de 2013 La Alcaldesa P.D. El Concejal Delegado, Fdo.: Luis Barcala Sierra. El Vicesecretario, Fdo.: Germán Pascual Ruiz-Valdepeñas. *1320603* EDICTO LA ALCALDESA-PRESIDENTA DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ALICANTE Y, POR DELEGACIÓN, EL CONCEJAL DELEGADO DE HACIENDA, boletín oficial de la provincia - alicante, 8 noviembre 2013 - n.º 213 HACE SABER: Que el Pleno del Ayuntamiento en su sesión celebrada el día 27 de septiembre de 2013 acordó aprobar inicialmente el Segundo Expediente de Modificación de Créditos, consistente en la dotación de Créditos Extraordinarios por importe de 260.000,00 euros, Suplementos de Créditos por importe de 2.263.407,46 euros, y Bajas por Anulación por importe de 2.523.407,46 euros, dentro del Presupuesto del Excmo. Ayuntamiento de Alicante del año 2013 El citado expediente se expuso al público mediante edicto insertado en el Boletín Oficial de la Provincia de fecha 4 de octubre de 2013 por un plazo de 15 días hábiles que concluyó el pasado día 24 de octubre de 2013. En el citado periodo no se ha presentado reclamación ni sugerencia alguna, como queda acreditado mediante la certificación del Sr. Vicesecretario que figura en el expediente. A la vista de los antecedentes expuestos, y tal y como se indica en el punto «Tercero» de la Propuesta, el acuerdo ha sido elevado a definitivo. El expediente resumido por capítulos queda del siguiente modo: 1. 1.1. MODIFICACIONES EN GASTOS CRÉDITOS EXTRAORDINARIOS CAPÍTULO IMPORTE (€) 6. INVERSIONES REALES TOTAL CRÉDITOS EXTRAORDINARIOS 1.2. SUPLEMENTOS DE CRÉDITO CAPÍTULO IMPORTE (€) 2. GTOS CORRIENTES BIENES Y SERVIC. 3. GASTOS FINANCIEROS 4. TRANSFERENCIAS CORRIENTES 6. INVERSIONES REALES TOTAL SUPLEMENTOS DE CRÉDITO TOTAL MODIFICACIONES 2. 2.1. 260.000,00 260.000,00 FINANCIACIÓN DEL EXPEDIENTE BAJAS POR ANULACIÓN CAPÍTULO 1.GASTOS PERSONAL 2.GTOS CORRIENTES BIENES Y SERVICIOS 3.GASTOS FINANCIEROS 4. TRANSFERENCIAS CORRIENTES 6. INVERSIONES REALES TOTAL BAJAS POR ANULACIÓN TOTAL FINANCIACIÓN 578.701,41 213.245,93 865.550,18 605.909,94 2.263.407,46 2.523.407,46 9 butlletí oficial de la província - alacant, 8 novembre 2013 - n.º 213 presentarse reclamaciones, se entenderán definitivamente adoptados los acuerdos hasta entonces provisionales. LA CONCEJAL-DELEGADA DE HACIENDA: María Gómez García DOCUMENTO FIRMADO DIGITALMENTE. *1320536* AYUNTAMIENTO DE L´ALQUERIA D´ASNAR EDICTO ANUNCIO DE APROBACIÓN INICIAL EN EL BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE ALICANTE El Pleno del Ayuntamiento de L´Alqueria d´Asnar, en sesión ordinaria celebrada el día 30 de octubre de 2.013, acordó la aprobación inicial del expediente de transferencia de créditos entre aplicaciones de gastos de distinto grupo de función que no afectan a bajas y altas de créditos de personal. Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 por remisión del 179.4 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a información pública por el plazo de quince días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo. En L´Alqueria d´Asnar, a fecha según firma digital. ALCALDE, Fdo.: FRANCISCO JAIME PASCUAL PASCUAL. *1320739* IMPORTE (€) 900.000,00 517.148,89 96.768,63 143.580,00 865.909.94 2.523.407,94 2.523.407,94 Lo que se hace público para general conocimiento. Alicante a 29 de Octubre de 2013 El Concejal Delegado de Hacienda Fdo.: Juan Seva Martínez El Secretario General del Pleno en funciones Fdo.: German Pascual Ruiz-Valdepeñas *1320721* AYUNTAMIENTO DE ALMORADÍ EDICTO Aprobados provisionalmente por el Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 29 de octubre de 2013, los acuerdos sobre aprobación provisional de la modificación de los artículos 3 y 5 de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, así como la modificación del Título, el artículo 1 y el Anexo Primero de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la tasa por instalación de puestos, barracas, casetas de venta, espectáculos y atracciones situados en terreno de uso público y ocupación de dominio público en la «Feria de Servicios», de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se exponen al público durante el plazo de treinta días, dentro del cual los interesados podrán examinar los expedientes y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. En el supuesto de no AYUNTAMIENTO DE ALTEA EDICTO El Concejal del área económica administrativa del Ayuntamiento de Altea, por delegación de la Alcaldía, (decreto 2013-0842) de fecha 15 de mayo de 2013; en fecha 25 de octubre de 2013 y con el número 2013/1728, ha dictado la siguiente resolución: Inicio de la vía de apremio para el cobro de las cuotas impagadas a la Entidad Urbanística de Conservación del Polígono la Mallá de Altea Hills, por parte de varios deudores. Mediante escrito presentado por el Administrador de la Entidad Urbanística de Conservación del Polígono la Mallá de Altea Hills, se insta ante esta administración el inicio de la vía de apremio para el cobro de cuotas impagadas por varios deudores, titulares de diferentes parcelas incluídas dentro del citado polígono la Mallá. Según el artículo 26.1 del Real Decreto 3288/978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Gestión Urbanística, las entidades urbanísticas colaboradoras tendrán carácter administrativo y dependerán en este orden de la administración urbanística actuante En este caso, tiene la consideración de administración actuante el Excmo. Ayuntamiento de Altea, conforme al artículo 2 de los Estatutos por los que se rige la Entidad Urbanística de Conservación del Polígono la Mallá de Altea Hills, aprobados por el Ayuntamiento Pleno mediante acuerdo adoptado en fecha 2 de agosto de 2012. Además, según el artículo 24 de los citados Estatutos, y de conformidad con cuanto establece el artículo 70 del Reglamento de Gestión Urbanística, por el que cualquiera que fuese el sujeto a quien corresponda la obligación de mantenimiento, el Ayuntamiento o Administración actuante, boletín oficial de la provincia - alicante, 8 noviembre 2013 - n.º 213 10 en su condición de titular de los terrenos de dominio público, obras, dotaciones e instalaciones objeto de cesión obligatoria, podrá exigir por la vía de apremio las cuotas que se adeuden, ya sea de oficio, ya a instancia, en su caso de la entidad urbanística colaboradora. El importe de la cuota será entregado por el Ayuntamiento a la entidad encargada de la conservación. Siendo que en la mayoría de casos no se ha podido practicar la notificación a los interesados en su domicilio habitual, conforme a lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 60/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común, el presente acuerdo deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia. Como consecuencia de lo expuesto, resuelvo: Primero.- Conceder un plazo de 15 días a las personas físicas y/o jurídicas indicadas a continuación, para que acrediten ante esta administración el pago de las deudas requeridas por la Entidad Urbanística de Conservación del Polígono la Mallá de Altea Hills, en atención al siguiente detalle: PROPIEDAD PROPIETARIO/A NIF/CIF AH AH AH AH AH AH AH AH AH AH AH AH AH AH AH AH AH AH AH AH AH AH AH AH AH AH AH AH AH AH AH AH AH AH AH AH AH AH AH AH AH AH AH AH AH AH AH AH AH AH AH AH AH AH AH - A001 - AH 1 020 033 036 037 038 053 061 062 063 067 069 092 093 109 113-115 128 134 136 144 147 152 171 175 179 188 212 234 236/09 241 247 260 273 296 322 335 336 343 B 384 386 390 400 406 413/8-4-B 415 458 461 466 472 476 481 484 489 511 X6201678C X6991186Z X3330349H B81482267 B82688136 X02093726J A54132238 21634935P A54132238 B96934989 B96934989 B84836709 B30265680 X7508799N X7508799N 19447399W 02503234Y B54090014 B54247960 X3281896A X6935887F X0930107X B61523296 B84232693 X2191164T Y0279500H X4991513F X4000162W X5939976L 44875989E X4390181X B54253976 X3506171M X4402046F B83519272 Y0199869J X2339186V M0309306W X8176896M 51692057V X0782513F X2157475Y Y0865803M X3647965G B53488656 B97387294 X7508136Q X8693352L X6239665H B53358834 B54131602 B53592150 X7404865S X5482771P A54132238 750,13 3.345,61 498,58 1.957,53 774,77 526,74 948,10 1.595,84 935,80 489,56 447,29 3.744,65 11,602,17 4.118,67 940,12 6.724,79 8.882,52 4.046,14 1.142,40 2.305,56 797,01 6.251,75 557,06 2.312,02 2.175,38 661,30 783,68 569,92 769,01 614,14 1.273,15 1.235,55 703,10 499,85 1.467,57 510,65 727,20 17.136,99 1.789,36 409,92 1.750,89 2.514,17 1.684,09 2.967,54 2.472,36 35.084,80 1.709,58 327,47 7.770,20 15,656,91 795,60 1.639,67 3.288,52 748,33 1.134,64 € € € € € € € € € € € € € € € € € € € € € € € € € € € € € € € € € € € € € € € € € € € € € € € € € € € € € € € AH AH AH AH AH AH AH AH AH 517 636 672 694 700 701 702 734 H-2 JOHANNA Mª VAN DER HEIJDEN MARINA BOROVSKAYA ANATOLY OGARKOV PUNTALRENT, S.L. NOYA 30, S.L. VIKTOR MEKCHINE EDIF. E INV. BANYERES DE MARIOLA, S.A. JUAN FCO. ALBERO CALABUIG EDIF. E INV. BANYERES DE MARIOLA, S.A. TRAWLER YATCHTS ESPAÑA, S.L. TRAWLER YATCHTS ESPAÑA, S.L. INSTANT REAL ESTATE, S.L. CRISTALERÍA CORBALÁN, S.L. VICTOR CHURIN VICTOR CHURIN MATILDE RUIZ PARDO VICENTA GAITAN BENITEZ CONSTRUCCIONES RAFEMAN, S.L.U BIOSFERA BUILDING, S.L. TEDDY PAUL RAKERS YURI YURIEVICH BELOKON JOHN HAUGE MERIDIA SPANISH CORPORACION, S.L. GARY EUROGROUP, S.L. ALFI ZIDAN OLGA LEBEDEVA TAIANA KHAFIZOVA JOHN & CLAIRE MORRISON JOHN PETERSEN MARIO JUAN GREUS EVERT CREVITS IBERWESTFALIKA CONSULTING, S.L. KYRYLO TIMOSCHENKO ILONA SLEZACEK CROWN PLAZA, S.L. CHRISTOPHE JEAN PHILIPPE BONELLO ADRIANUS PETER VAN DER REIDJE MAXIM STRELBITSKI HENNING FAHLMANN NIELSEN CONSTANTINO REY CALLEJO JUERGEN BRUECKNER EUGENI ZAKHAROV ANTON KOSAREV YVONNE JACOBA SPOOR LOGOS NET, S.L. NEREIDA MEDITERRÁNEO, S.L. KONSTANTIN TEREKHOV & LARISA ANDREY ROSTOKIN EUGENY GEVORKIAN CIMIL 8050, S.L. ALTEA INTERNET PROPERTIES, S.L. POWERLINE INTERNATIONAL, S.L. ANDREY SIROTKIN DIMITRI KROTOV & YULIA KROTOVA EDIFICACIONES E INVERSIONES BANYERES DE MARIOLA S.A EMILIO DELGADO NIETO Y ASOCIADOS, S.L. GRUPO DISIDIA INTERNACIONAL, S.L. LÍNEA EXCLUSIVA LÓGICA, S.L. VIETCHESLAV SHORSTKIN VADIM ARTEMIEV JEAN MARIE JACQUES BEYNEL ANNA TSITSINA ALTEA HILLS PROJECTS, S.L. DOMINIQUE VAN DE HEUVEL B96354030 B54256607 B54303979 X7562172W M0304439B Y0346111K X8245736Y B53458279 X3980166Q 2.328,56 1.562,52 1.358,37 3.217,04 576,59 1.057,36 661,87 683,09 1.183,68 € € € € € € € € € butlletí oficial de la província - alacant, 8 novembre 2013 - n.º 213 Tercero.- Proceder, a efectos de notificación a los interesados, a la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante este Ayuntamiento, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante, a su elección, el correspondiente Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Alicante, o el correspondiente a la circunscripción donde tenga su domicilio, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según redacción dada por la Ley 4/1999, así como los artículos 10, 11 y 14 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y sin perjuicio de cualquier otro recurso que se pudiera interponer. El Alcalde-Presidente. *1320506* DEUDA Segundo.- Transcurrido el plazo anterior sin haber acreditado el pago correspondiente, iniciar la vía de apremio del importe pendiente, con los efectos consiguientes conforme a lo establecido en el Reglamento General de Recaudación. EDICTO ANUNCIO DE LICITACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN MEDIANTE GESTIÓN INDIRECTA Y PROCEDIMIENTO ABIERTO DE LA – CONCESIÓN ADMINISTRATIVA DEL SERVICIO DE GESTIÓN Y EXPLOTACIÓN DE LA PISICINA MUNICIPAL DE ALTEA . Por acuerdo del Pleno de la Corporación en sesión celebrada en fecha treinta y uno de octubre de dos mil tres, ha sido aprobado el Pliego de Condiciones Administrativas y de Prestaciones Técnicas que regirán la licitación y el correspondiente contrato administrativo a suscribir con el adjudicatario para la «CONCESIÓN DEL SERVICIO DE GESTIÓN Y EXPLOTACIÓN DE LA PISICINA MUNICIPAL DE ALTEA» mediante tramitación del expediente de forma ordinaria y procedimiento abierto y tramitacion anticipada, a la oferta economica más ventajosa en función de los criterios de valoración fijadas, s iendo su contenido el siguiente: ENTIDAD ADJUDICATARIA. Organismo: Ayuntamiento de Altea. Dependencia que tramita el expediente: Servicios Generales. Departamento de Contratación. OBJETO DEL CONTRATO Descripción del Objeto: Adjudicacion del contrato de «Concesión administrativa del Servicio de Gestión y Explotación de la Piscina Municipal de Altea», con la realizacion de obras de acondicionamiento detalladas en el Pliego de Prescripciones Tecnicas y anexos. Plazo del contrato: Diez (10) no prorrogable. C) TRAMITACIÓN, PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN. Tramitación:Anticipada Procedimiento: Abierto Forma de Adjudicación: Oferta económicamente más ventajosa, según Cláusula 12) del Pliego de Condiciones dministrativas Particulares. Dos (2) criterios de adjudicación: 1) Criterios evaluables de forma automatica, hasta 70 puntos. 2) Criterios dependientes del juicio de valor, hasta 30 puntos. D) TIPO INICIAL A LA BAJA. Los licitadores interesados deberán presentar oferta a la baja, sobre la aportación municpal inicial al servicio fijado en 25.474.-€ E) ORGANO COMPETENTE: Pleno de la Corporación. F) OBTENCIÓN DOCUMENTACIÓN E INFORMACIÓN: Entidad: Ayuntamiento de Altea. Departamento de Contratación. Domicilio: Plaza Jose María Planelles, Nº 1. Localidad y Código Postal: 03590 ALTEA boletín oficial de la provincia - alicante, 8 noviembre 2013 - n.º 213 Teléfono: 965841300 Fax: 965843649 Perfil del contratante: www.altea.sedeelectronica.es Fecha límite de obtención de la documentos e información: Hasta el penúltimo día de presentación de las proposiciones. G) REQUISITOS ESPECIFICOS DEL CONTRATISTA: Clasificación del Contratista: No se exije Solvencia: Economica/financiera y técnicas, requerida en la Clausula 14.3 K). H) PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS O DE LAS SOLICITUDES DE PARTICIPACIÓN: Fecha límite de presentación: Hasta VEINTE DIAS naturales contados desde el día siguiente de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia. En caso de que el día final del cómputo fuese sábado o festivo, se prorrogará al día hábil siguiente. Documentación a presentar: Según Pliego de Condiciones Administrativas Particulares y de Prescripciones Técnicas que regirán el presente contrato. Lugar de presentación: registro de Plicas/Ofertas del Departamento de Contratación (de 9 h a 14 h, de lunes a viernes). Entidad: Ayuntamiento de Altea Domicilio: Plaza José María Planelles, Nº 1. Localidad y código postal: 03590 ALTEA. I) APERTURA DE LAS OFERTAS: Entidad: Ayuntamiento de Altea. Domicilio: Plaza José María Planelles, Nº 1. Localidad y código postal: 03590 ALTEA. Plazo: La Mesa de Contratación, en sesión convocada el tercer día hábil al siguiente de la finalización del plazo para presentar proposiciones, y a las doce horas en acto privado, examinará y calificará la documentación acreditativa de los requisitos para contratar contenidos en el Sobre A. J) OTRAS INFORMACIONES. Gastos de anuncios: Por cuenta del adjudicatario. DOCUMENTO FIRMADO DIGITALMENTE *1320729* 11 butlletí oficial de la província - alacant, 8 novembre 2013 - n.º 213 AYUNTAMIENTO DE BENEJÚZAR EDICTO El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 31 de Octubre de 2013 ha aprobado inicialmente el expediente modificación de créditos extraordinario número 10 en el Presupuesto de 2013 (Expediente 10/2013) Se expone al público el expediente completo, por un plazo de 15 días durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones, considerándose definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se hubieran presentado reclamaciones. En Benejúzar a 31 de Octubre de 2013. EL ALCALDE Fdo: Antonio Bernabé Bernabé DOCUMENTO FIRMADO ELECTRONICAMENTE *1320656* EDICTO El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 31 de Octubre de 2008, ha aprobado inicialmente la Ordenanza Reguladora Uso de los Huertos Ecológicos en Benejúzar. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y el Art. 56 del RD Legislativo 781/1986 de 18 de Abril por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones locales en materia de régimen local, se abre un periodo de información pública por plazo de treinta días contados a partir de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar reclamaciones y sugerencias. Benejúzar 31 de Octubre de 2013. EL ALCALDE Fdo: Antonio Bernabé Bernabé DOCUMENTO FIRMADO ELECTRONICAMENTE *1320663* EDICTO El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 30 de octubre de 2013, adoptó, con carácter provisional, el acuerdo de modificación de las siguientes Ordenanzas fiscales: · Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles. · Ordenanza fiscal de la tasa por la prestación del servicio de recogida, transferencia y tratamiento de residuos sólidos urbanos. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el acuerdo provisional se expone al público en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento durante 30 días hábiles, contados a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, a fin de que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. Transcurrido el plazo de exposición sin que se hubieran presentado reclamaciones, de conformidad con lo previsto en el artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se entenderá elevado automáticamente a definitivo el acuerdo de aprobación provisional. Altea, a 4 de noviembre de 2013. El Alcalde-Presidente Fdo.: D. Miguel Ortiz Zaragoza. *1320746* ANUNCIO Recibida instancia de Dña. Concepción Boj Ruiz, con DNI: 29014839-V, domiciliada en C/ El Almendro nº 3, solicitando la baja del PMH en la C/El Almendro nº 3 de: FELIPE CUTILLAS PEÑALVER con DNI: 29010468-Q, que no vive en el domicilio y que figura empadronado en el mismo. Resultando que por la Secretaría General del Ayuntamiento de Benejúzar, se ha procedido a solicitar informe a la Policita Local, a fin de poder conceder audiencia por plazo no inferior a 10 días ni superior a 15 días, a las personas que figuran empadronadas en el domicilio del solicitante, y que no viven con ella según lo manifiesta en la instancia de referencia. El resultado de la información policial de 15 de Febrero de 2013, ha sido positivo. Es necesario para continuar con la tramitación del presente procedimiento publicar este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, LRJPAC, en su redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, en relación con lo dispuesto en el Artículo 72 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales. Así, este Ayuntamiento procede a la incoación del expediente para dar de baja en el Padrón Municipal de este municipio a la persona anteriormente relacionada, al incumplir los requisitos establecidos en el Art. 54 del meritado reglamento, al no residir en la localidad durante la mayor parte del año. boletín oficial de la provincia - alicante, 8 noviembre 2013 - n.º 213 Contra este presunción, podrá en el plazo de 10 días, manifestar si está o no de acuerdo en la baja, pudiendo alegar y presentar los documentos y justificaciones que estime pertinentes al objeto de acreditar que es en este municipio en el que reside el mayor numero de días al año. En Benejúzar a 30 de Octubre de 2013. EL ALCALDE Fdo: Antonio Bernabé Bernabé DOCUMENTO FIRMADO ELECTRONICAMENTE *1320667* AJUNTAMENT DE BIAR EDICTE A l’efecte del que es disposa en l’article 169.1 del Reial decret Legislatiu 2/2004 de 5 de març, pel qual s’aprova el Text Refós de la Llei Reguladora de les Hisendes Locals al que es remet l’article 177.2 del mateix, es posa en coneixement general que en la Intervenció de fons d’aquesta Entitat Local, es troba exposat al públic l’expedient de modificació de crèdits mitjançant transferències número 3/2013, entre partides de diferent programa de despesa, que afecta al vigent pressupost i que va ser aprovat inicialment pel Ple de l’Ajuntament en sessió celebrada el dia 31 d’octubre de 2013. Els interessats que estiguen legitimats segons el que es disposa en l’article 170.1 del Reial decret Legislatiu 2/2004 a què s’ha fet referència, i pels motius enumerats en el número 2 de l’esmentat article, podran presentar reclamacions amb subjecció als següents tràmits: a) Termini d’exposició i admissió de reclamacions: Quinze dies hàbils a partir de la inserció d’aquest anunci en el Butlletí Oficial de la Província d’Alacant. b) Lloc de presentació: En qualsevol dels establits en l’article 38.4 de la Llei 30/92, de 26 de Novembre de Règim Jurídic de les Administracions Públiques i del Procediment Administratiu Comú. c) Òrgan davant el qual es reclama: Ple de l’Ajuntament. Biar, 4 de Novembre de 2013. L’ALCALDESSA Signat.- María Magdalena Martínez Martínez. *1320614* AYUNTAMIENTO DE CALP EDICTO Siendo imposible notificar decreto de fecha 23 de julio de 2013, dictado por la Concejal delegada de Protección y Ordenación del Territorio Dª. Ana Mª Sala Fernández, relativo al expediente de protección legalidad urbanística nº 2013/ 070, porque se han realizado obras sin la preceptiva licencia municipal consistentes en la instalación de una valla publicitaria montada sobre estructura metálica de dos viguetas verticales con unas medidas aproximadas a 2,5x3m., alcanzando una altura de 4,5m. y quedando situada a una distancia de 6,00m. del arcén de la carretera N-332, dentro de la zona de dominio público y junto al enlace del vial «U» del PGOU. con la N-332, incumpliendo los Artículos 5, 72.3) y 73 de la Normativa vigente del PGOU.-98 y la Ordenanza Reguladora del Medio Ambiente Urbano.; siendo el promotor la mercantil NEMESIS PUBLICIDAD S.L., por todo lo expuesto, se Resuelve: - PRIMERO.- REQUERIR a NEMESIS PUBLICIDAD, S.L. como Promotor para que en el plazo de DOS MESES solicite la oportuna legalización de las obras anteriormente descritas. SEGUNDO.- Advertir que, transcurrido dicho plazo sin haberse instado la expresada licencia se continuará el expediente de protección de la legalidad urbanística ordenando la 12 butlletí oficial de la província - alacant, 8 novembre 2013 - n.º 213 DEMOLICION de las instalaciones a costa del interesado y se procederá a impedir definitivamente los usos a los que diera lugar. TERCERO.- Notificar a los presuntos responsables, para que en el plazo de 15 días presenten cuantas alegaciones, documentos o informaciones estimen convenientes y, en su caso, la proposición o práctica de pruebas CUARTO.- Advertir que el incumplimiento por parte del interesado de la orden de restauración de la legalidad dará lugar a la imposición de multas coercitivas, hasta lograr la ejecución por el sujeto obligado de las medidas de restauración. Las multas coercitivas se podrán imponer por períodos de un mes y en cuantía de 600 a 3.000 euros cada una de ellas, según sean las medidas previstas, con un máximo de diez, a tenor de lo previsto en el artículo 228 de la Ley 16/ 2005, de 30 de diciembre, de la Generalitat, Urbanística Valenciana. QUINTO.- Advertir que las sanciones por las infracciones urbanísticas que se aprecien se impondrán a cada uno de los presuntos responsables con independencia de las medidas de restablecimiento de la legalidad, advirtiéndoles que las mismas serán sancionadas con multa del 100 al 200 por ciento del valor de la obra o instalación ejecutada, siendo la sanción mínima de 3.000 euros, a tenor de lo previsto en el artículo 249 de la Ley 16/2005, de 30 de diciembre, de la Generalitat, Urbanística Valenciana. SEXTO.- Comunicar que el órgano competente para resolver este expediente de protección de la legalidad, es el Alcalde-Presidente, a tenor de lo dispuesto en el Art. 41.23 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales. Dicha competencia está delegada en la Concejal delegada de Protección y Ordenación del Territorio Dª. Ana Sala Fernández en virtud de Decreto de fecha 17 de junio de dos mil doce, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante de fecha 30 de junio de 2.012 (nº 123). SÉPTIMO.- Poner de manifiesto el expediente en los Servicios Técnicos de este Ayuntamiento, para que efectúe cualquier consulta que considere conveniente, indicándole que en dicho expediente obra en el informe del Vigilante de Obras, así como de los Servicios Técnicos Municipales, a fin de que pueda obtener las copias que considere convenientes. En cumplimiento del Art. 13.4 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común, se hace constar que la presente Resolución la manda y firma la Sra. Concejal Delegada de Protección y Ordenación del Territorio, Dña. Ana Sala Fernández, por ser el órgano competente por delegación del Sr. Alcalde, D. César Sánchez Pérez, en virtud de Decreto de Alcaldía nº 1269/2011 de fecha 17 de junio de 2011, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante nº 123, de 30 de junio de 2011.» Se procede de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a practicar la notificación a través del Boletín Oficial de la Provincia del Decreto de la Concejal delegada de Protección y ordenación del Territorio, de fecha 23 de julio de 2.013, significándole que la presente resolución que es un acto de mero trámite, no decisorio, que inicia el procedimiento administrativo, es inimpugnable por lo que no cabe recurso alguno; sin perjuicio de impugnar en su día la decisión que ponga fin al mismo, si es contraria a sus derechos. Le significo, no obstante, que en el plazo de 15 días a contar desde el siguiente al de la notificación de la presente, podrá formular alegaciones, aportar documentos y proponer pruebas, concretando los medios de que pretenda valerse y que estime conveniente. Lo firma la Concejal delegada de Protección y ordenación de Territorio Dña. Ana Mª Sala Fernández en virtud de delegación del Sr. Alcalde, D. César Sánchez Pérez, por Decreto de Alcaldía de fecha 17 de junio de 2011, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante nº 123, de 30 de junio de 2.011.en el lugar y fecha de la firma. *1320657* boletín oficial de la provincia - alicante, 8 noviembre 2013 - n.º 213 13 butlletí oficial de la província - alacant, 8 novembre 2013 - n.º 213 EDICTO AYUNTAMIENTO DE EL CAMPELLO Siendo imposible notificar decreto de PROPUESTA de Medida de Restauración de la Ordenación Urbanística Vulnerada, de fecha 25 de septiembre de 2013, dictado por la Concejal delegada de Protección y Ordenación del Territorio Dª. Ana Mª Sala Fernández, relativo al expediente de protección legalidad urbanística nº 2012/00024, porque se han realizado obras sin la preceptiva licencia municipal consistentes en: a) Demolición del cerramiento de fachada en todo el perímetro de la terraza b) Construcción de tabique dividiendo la terraza en dos c) Ampliación de vivienda en 10 m2 mediante construcción de terraza cubierta; siendo el promotor es D. Mariano Catellanos Marchante, por todo lo expuesto, se formula la siguiente PROPUESTA: - PRIMERO.-Ordenar la restauración de la legalidad urbanística al estado anterior a la infracción, indicado en el informe técnico arriba trascrito de acuerdo con lo establecido en el Art. 225.1.a) de la Ley 16/2005, de 30 de diciembre, de la Generalitat, Urbanística Valenciana. - SEGUNDO.- Lo indicado anteriormente se deberá efectuar por el infractor, en el plazo de 15 días, contados a partir del siguiente al de la notificación de la presente Resolución, a su costa y con la dirección técnica precisa. Además indicar que el incumplimiento por el interesado de la orden de restauración de la legalidad urbanística dará lugar a la imposición de multas coercitivas por períodos de un mes y en cuantía de 1.000 euros cada una de ellas, con un máximo de diez (Art. 228 de la LUV). - TERCERO.- Comunicar que el órgano competente para resolver este expediente, es el Alcalde-Presidente, a tenor de lo dispuesto en el Art. 41.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales. Dicha competencia ha sido delegada, en virtud de Decreto nº 201101269, del Sr. Alcalde, D. César Sánchez Pérez, de fecha 17 de junio de 2.011, en la Concejal de Protección y Ordenación del Territorio, Dª. Ana María Sala Fernández. (Art. 13.4 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común). - CUARTO.- Notificar a los presuntos responsables, para que en el plazo de 15 días presenten cuantas alegaciones, documentos o informaciones estimen convenientes y, en su caso, la proposición o práctica de pruebas. - QUINTO.- Poner de manifiesto el expediente en los Servicios Técnicos de este Ayuntamiento, para que efectúe cualquier consulta que considere conveniente, indicándole que en dicho expediente obra el informe del Vigilante de Obras, así como de los Servicios Técnicos Municipales, a fin de que pueda obtener las copias que considere convenientes. Se procede de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a practicar la notificación a través del Boletín Oficial de la Provincia del Decreto de la Concejal delegada de Protección y ordenación del Territorio, de fecha 25 de septiembre de 2.013, significándole que, en el plazo de 15 días a contar desde el siguiente al de la notificación de la presente, podrá formular alegaciones, aportar documentos o informes, concretando los medios de que pretenda valerse y que estime conveniente. Lo firma la Concejal delegada de Protección y ordenación de Territorio Dña. Ana Mª Sala Fernández en virtud de delegación del Sr. Alcalde, D. César Sánchez Pérez, por Decreto de Alcaldía de fecha 17 de junio de 2011, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante nº 123, de 30 de junio de 2.011.en el lugar y fecha de la firma. ANUNCIO *1320659* En relación con los expedientes 974-2013 (122-663/ 2012) Y 1608/2013, tramitados por el Departamento de Territorio y Vivienda, y al intentarse la notificación al último domicilio conocido de los interesados que lugeo se identifican, y no haberse podido practicar al encontrarse ausentes, resultar desconocidos o ignorar su paradero, y en aplicación de lo dispuesto en el art. 59.5, de la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/19992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se les notifica a través de anuncios en el Tablón de Edictos de este Ayuntamiento, y en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante, los siguientes actos administrativos: Expte. 974-2013 (122-663/2012). D. Erich Neumann. Se le notifica extracto del Decreto de la Concejalía de Territorio y Vivienda, número 0126/13, de 15 de enero: Orden de ejecución para que retire los cristales rotos del vallado de la parcela situada en la calle Córdoba, números 11-13, y restablezca en ella las condiciones de seguridad para personas y bienes. Expte. 1608/2013. Promotor. Antonia Mata Santos. Se le notifica escrito RE. 3762, en el que se le traslada informe técni muncipal, de 18 de julio de 2013, desfavorable a la ejecución de obras en la viviensa situada en la Calle...... número..., bung. 4... de El Campello. Lo que se hace público para el conocimiento y efectos oportunos de los interesados, significándoles que los expedientes se les ponen a la vista en las Oficinas de Territorio y Vivienda, de lunes a viernes, de 10,00 a 14,00 horas, y por plazo de 15 días, para que puedan examinarlos y obtener de ellos las copias que consideren oportunas. Asimismo y contra las anteriores actuaciones, podrán efectuar las alegaciones, reclamaciones o recursos que consideren oportuno, en el indicado plazo. El Campello, 31 octubre 2013. El Alcalde-Presidente, Juan J. Berenguer Alcobendas. (firma electrónica al margen) *1320626* EDICTO El. Ayuntamiento de El Campello, en sesión Plenaria celebrada el día de 26 de septiembre de 2013, acordó aprobar el expediente de Modificación de Créditos núm. 10/ 2013, del vigente Presupuesto por un total de 554.475,29€. Transcurrido el plazo de 15 días hábiles, periodo en que ha permanecido expuesto al público el expediente, mediante el anuncio que se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia núm. 192, de fecha 8 de octubre de 2013 del corriente año y no habiéndose presentado reclamación alguna contra el mismo, el mencionado expediente adquiere carácter definitivo, de conformidad con lo dispuesto en el art. 177.2 en relación con el 169, ambos de del Real Decreto Legislativo 2/ 2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLRHL), y cuyo resumen es el siguiente: PRIMERO.- Conceder créditos extraordinarios y suplementos de créditos en los capítulos siguientes cuyo detalle se encuentra en cuadro anexo: SUPLEMENTOS DE CRÉDITOS: 463.052,45€. CRÉDITO EXTRAORDINARIO: 91.422,84€ CAPITULO II Gastos corrientes en bienes y servicios: 147.500,00 €. CAPITULO IV Transferencias corrientes: 540,00€ CAPITULO VI Inversiones reales: 406.435,29€ TOTAL MODIFICACIÓN DE CRÉDITO: 554.475,29€. boletín oficial de la provincia - alicante, 8 noviembre 2013 - n.º 213 SEGUNDO.- Financiar las expresadas modificaciones de la siguiente forma: REMANENTE LÍQUIDO DE TESORERIA: 554.475,29€. TOTAL FINANCIACION: 554.475,29€. Contra la presente modificación de créditos podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a la publicación de este edicto en el ”Boletín Oficial de la Provincia”, ante la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana. Lo que se publica para general conocimiento, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 177.2 en relación con el 169 ambos del TRLRHL. El Campello El Alcalde Fdo. Juan José Berenguer Alcobendas *1320685* AYUNTAMIENTO DE CATRAL ANUNCIO Aprobado inicialmente en sesión ordinaria del Pleno de este Ayuntamiento, de fecha 26 de septiembre de 2013, el Presupuesto General, Bases de Ejecución, y la plantilla de personal funcionario y laboral para el ejercicio económico 2013, con arreglo a lo previsto en el artículo 169 del Texto Refundido de la ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se expone al público el expediente y la documentación preceptiva por plazo de quince días desde la publicación de este anuncio, a los efectos de reclamaciones y alegaciones. De conformidad con el acuerdo adoptado el Presupuesto se considerará definitivamente aprobado, si durante el citado plazo no presenten reclamaciones. En Catral, El Alcalde-Presidente. (DOCUMENTO FIRMADO DIGITALMENTE) *1320806* ANUNCIO En cumplimiento de cuanto dispone el artículo 212 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y una vez que ha sido debidamente informada por la Comisión Especial de Cuentas de fecha 23 de septiembre de 2013, se expone al público la Cuenta General correspondiente al ejercicio 2012, por un plazo de quince días, durante los cuales y ocho más quienes se estimen interesados podrán presentar reclamaciones, reparos u observaciones que tengan por convenientes. En Catral, El Alcalde-Presidente. (DOCUMENTO FIRMADO DIGITALMENTE) *1320807* AYUNTAMIENTO DE CREVILLENT EDICTO Después de dos intentos de notificación y resultando ésta infructuosa, de conformidad con lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se practica la notificación al interesado, con la publicación en el tablón de edictos de este Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia, de la siguiente resolución de fecha 2-09/13, expediente sancionador núm. 40-56/13. 14 butlletí oficial de la província - alacant, 8 novembre 2013 - n.º 213 Visto el expediente sancionador incoado contra D/Dª BASILIO FERNANDEZ MORENO con D.N.I. nº 44771499K y domicilio en C/Belchite nº 5 de la localidad de Elda (Alicante), por Decreto nº598/13 de fecha 5 de julio de 2013 . Y en armonía con la propuesta de resolución formulada por el Instructor del expediente, en base a las actuaciones practicadas en toda su tramitación. RESULTANDO: Que los hechos denunciados constituían indicios suficientes para la apertura de expediente sancionador, lo que se hizo en el referido Decreto de incoación. RESULTANDO: Que el Instructor y Secretario, fueron confirmados definitivamente, tras el transcurso del plazo de abstención y recusación, promoviéndose la instrucción del procedimiento. RESULTANDO: Que el presunto infractor pudo ejercitar su derecho a audiencia y vista del expediente. RESULTANDO: Que ha sido probado con plena evidencia que es el autor de los hechos descritos en el boletín de denuncia, que se concretan: «Consistentes en venta de cerezas sin autorización municipal en el Mercadillo de Crevillent el día 31-05/13 « CONSIDERANDO: Que los hechos declarados probados, son constitutivos de infracción a la Ordenanza reguladora del Mercadillo de Crevillent en su art. 13 Apartado 4 tipificados como falta GRAVE, siendo responsable de los mismos. CONSIDERANDO: Que a la falta cometida, corresponde una sanción, según lo establecido en el art. 14.1.b) de la Ordenanza reguladora del Mercadillo municipal, de multa de 31 hasta 120 euros. CONSIDERANDO: Que en la tramitación de este expediente se han observado todas las prescripciones legales establecidas en el tít. IX de la LRJ y PAC, así como lo establecido en el Cap. IV, arts. 64 a 66, ambos inclusive, de la OPEP, y el art. 54 de la misma, que garantiza el anonimato del denunciante si lo hubiere. Por todo lo expuesto y en el ejercicio de las atribuciones que me confiere la legislación de Régimen Local, RESUELVO: 1.- Declarar a D/Dª BASILIO FERNANDEZ MORENOresponsable de los hechos imputados, con la comisión de una infracción administrativa, tipificada en el art.13 Apartado 4 de la Ordenanza reguladora del Mercadillo municipal que los califica como GRAVE. 2.- Imponer al infractor una sanción de 31 euros de multa, en cumplimiento del art. 14.1.b) de dicha OPEP. Lo que le comunico para su conocimiento y efectos oportunos, significándole que contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de reposición ante el órgano que la dictó, dentro del plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de su notificación.. Asimismo, le indico que el pago de la multa en periodo voluntario, habrá de efectuarlo conforme a los plazos que seguidamente se indican: Las liquidaciones notificadas del 1 al 15 de cada mes, desde la fecha de notificación hasta el 20 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior Las notificaciones entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de notificación hasta el 5 del segundo mes posterior o el inmediato hábil posterior. Si no obstante, deja transcurrir los plazos indicados, le será exigido el ingreso por vía ejecutiva con los intereses y recargos siguientes: - Recargo ejecutivo del 5% si el ingreso se realiza antes de la notificación de la providencia de apremio. - Recargo de apremio reducido del 10% si el ingreso se efectúa en el periodo previsto de notificación de la providencia de apremio (art. 62.5 L.G.T.) - Recargo de apremio ordinario del 20% más intereses de demora cuando el ingreso se efectúa fuera de los plazos anteriores. Lo que le traslado a Vd. para su conocimiento y efectos pertinentes» Crevillent, 30 de octubre de 2013 El Alcalde,P.D. Dto.950/13 Loreto Mallol Sala *1320718* boletín oficial de la provincia - alicante, 8 noviembre 2013 - n.º 213 EDICTO Después de dos intentos de notificación y resultando ésta infructuosa, de conformidad con lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se practica la notificación al interesado, con la publicación en el tablón de edictos de este Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia, de la siguiente resolución de fecha 2-09/13, expediente sancionador núm. 40-49/13. Visto el expediente sancionador incoado contra D/Dª JOSE MIGUEL ROJAS ESCOBAR con D.N.I. nº 49425012J y domicilio en C/Oscar Esplá nº 92-4º D de la localidad de Elx(Alicante), por Decreto nº487/13 de fecha 4 de junio de 2013 . Y en armonía con la propuesta de resolución formulada por el Instructor del expediente, en base a las actuaciones practicadas en toda su tramitación. RESULTANDO: Que los hechos denunciados constituían indicios suficientes para la apertura de expediente sancionador, lo que se hizo en el referido Decreto de incoación. RESULTANDO: Que el Instructor y Secretario, fueron confirmados definitivamente, tras el transcurso del plazo de abstención y recusación, promoviéndose la instrucción del procedimiento. RESULTANDO: Que el presunto infractor pudo ejercitar su derecho a audiencia y vista del expediente. RESULTANDO: Que ha sido probado con plena evidencia que es el autor de los hechos descritos en el boletín de denuncia, que se concretan: «Consistentes en venta de ajos sin autorización municipal en el Mercadillo de Crevillent el día 24-05/13 « CONSIDERANDO: Que los hechos declarados probados, son constitutivos de infracción a la Ordenanza reguladora del Mercadillo de Crevillent en su art. 13 Apartado 4 tipificados como falta GRAVE, siendo responsable de los mismos. CONSIDERANDO: Que a la falta cometida, corresponde una sanción, según lo establecido en el art. 14.1.b) de la Ordenanza reguladora del Mercadillo municipal, de multa de 31 hasta 120 euros. CONSIDERANDO: Que en la tramitación de este expediente se han observado todas las prescripciones legales establecidas en el tít. IX de la LRJ y PAC, así como lo establecido en el Cap. IV, arts. 64 a 66, ambos inclusive, de la OPEP, y el art. 54 de la misma, que garantiza el anonimato del denunciante si lo hubiere. Por todo lo expuesto y en el ejercicio de las atribuciones que me confiere la legislación de Régimen Local, RESUELVO: 1.- Declarar a D/Dª JOSE MIGUEL ROJAS ESCOBAR responsable de los hechos imputados, con la comisión de una infracción administrativa, tipificada en el art.13 Apartado 4 de la Ordenanza reguladora del Mercadillo municipal que los califica como GRAVE. 2.- Imponer al infractor una sanción de 31 euros de multa, en cumplimiento del art. 14.1.b) de dicha OPEP. Lo que le comunico para su conocimiento y efectos oportunos, significándole que contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de reposición ante el órgano que la dictó, dentro del plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de su notificación.. Asimismo, le indico que el pago de la multa en periodo voluntario, habrá de efectuarlo conforme a los plazos que seguidamente se indican: Las liquidaciones notificadas del 1 al 15 de cada mes, desde la fecha de notificación hasta el 20 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior Las notificaciones entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de notificación hasta el 5 del segundo mes posterior o el inmediato hábil posterior. Si no obstante, deja transcurrir los plazos indicados, le será exigido el ingreso por vía ejecutiva con los intereses y recargos siguientes: - Recargo ejecutivo del 5% si el ingreso se realiza antes de la notificación de la providencia de apremio. - Recargo de apremio reducido del 10% si el ingreso se efectúa en el periodo previsto de notificación de la providencia de apremio (art. 62.5 L.G.T.) 15 butlletí oficial de la província - alacant, 8 novembre 2013 - n.º 213 - Recargo de apremio ordinario del 20% más intereses de demora cuando el ingreso se efectúa fuera de los plazos anteriores. Lo que le traslado a Vd. para su conocimiento y efectos pertinentes» Crevillent, 30 de octubre de 2013 El Alcalde,P.D. Dto.950/13 Loreto Mallol Sala *1320720* EDICTO Después de dos intentos de notificación y resultando ésta infructuosa, de conformidad con lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se practica la notificación al interesado, con la publicación en el tablón de edictos de este Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia, de la siguiente resolución de fecha 2-09/13, expediente sancionador núm. 40-46/13. Visto el expediente sancionador incoado contra D/Dª JOSE MIGUEL ROJAS ESCOBAR con D.N.I. nº 49425012J y domicilio en C/Oscar Esplá nº 92-4º D de la localidad de Elx(Alicante), por Decreto nº487/13 de fecha 4 de junio de 2013 . Y en armonía con la propuesta de resolución formulada por el Instructor del expediente, en base a las actuaciones practicadas en toda su tramitación. RESULTANDO: Que los hechos denunciados constituían indicios suficientes para la apertura de expediente sancionador, lo que se hizo en el referido Decreto de incoación. RESULTANDO: Que el Instructor y Secretario, fueron confirmados definitivamente, tras el transcurso del plazo de abstención y recusación, promoviéndose la instrucción del procedimiento. RESULTANDO: Que el presunto infractor pudo ejercitar su derecho a audiencia y vista del expediente. RESULTANDO: Que ha sido probado con plena evidencia que es el autor de los hechos descritos en el boletín de denuncia, que se concretan: «Consistentes en venta de ajos sin autorización municipal en el Mercadillo de Crevillent el día 17-05/13 « CONSIDERANDO: Que los hechos declarados probados, son constitutivos de infracción a la Ordenanza reguladora del Mercadillo de Crevillent en su art. 13 Apartado 4 tipificados como falta GRAVE, siendo responsable de los mismos. CONSIDERANDO: Que a la falta cometida, corresponde una sanción, según lo establecido en el art. 14.1.b) de la Ordenanza reguladora del Mercadillo municipal, de multa de 31 hasta 120 euros. CONSIDERANDO: Que en la tramitación de este expediente se han observado todas las prescripciones legales establecidas en el tít. IX de la LRJ y PAC, así como lo establecido en el Cap. IV, arts. 64 a 66, ambos inclusive, de la OPEP, y el art. 54 de la misma, que garantiza el anonimato del denunciante si lo hubiere. Por todo lo expuesto y en el ejercicio de las atribuciones que me confiere la legislación de Régimen Local, RESUELVO: 1.- Declarar a D/Dª JOSE MIGUEL ROJAS ESCOBAR responsable de los hechos imputados, con la comisión de una infracción administrativa, tipificada en el art.13 Apartado 4 de la Ordenanza reguladora del Mercadillo municipal que los califica como GRAVE. 2.- Imponer al infractor una sanción de 31 euros de multa, en cumplimiento del art. 14.1.b) de dicha OPEP. Lo que le comunico para su conocimiento y efectos oportunos, significándole que contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de reposición ante el órgano que la dictó, dentro del plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de su notificación.. Asimismo, le indico que el pago de la multa en periodo voluntario, habrá de efectuarlo conforme a los plazos que seguidamente se indican: Las liquidaciones notificadas del 1 al 15 de cada mes, desde la fecha de notificación hasta el 20 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior Las boletín oficial de la provincia - alicante, 8 noviembre 2013 - n.º 213 notificaciones entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de notificación hasta el 5 del segundo mes posterior o el inmediato hábil posterior. Si no obstante, deja transcurrir los plazos indicados, le será exigido el ingreso por vía ejecutiva con los intereses y recargos siguientes: - Recargo ejecutivo del 5% si el ingreso se realiza antes de la notificación de la providencia de apremio. - Recargo de apremio reducido del 10% si el ingreso se efectúa en el periodo previsto de notificación de la providencia de apremio (art. 62.5 L.G.T.) - Recargo de apremio ordinario del 20% más intereses de demora cuando el ingreso se efectúa fuera de los plazos anteriores. Lo que le traslado a Vd. para su conocimiento y efectos pertinentes» Crevillent, 30 de octubre de 2013 El Alcalde,P.D. Dto.950/13 Loreto Mallol Sala *1320724* EDICTO Después de dos intentos de notificación y resultando ésta infructuosa, de conformidad con lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se practica la notificación al interesado, con la publicación en el tablón de edictos de este Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia, de la siguiente resolución de fecha 2-09/13, expediente sancionador núm. 40-41/13. Visto el expediente sancionador incoado contra D/Dª ANTONIO CASTRO CORTES con D.N.I. nº 33478859J y domicilio en C/Llimoner nº 16-3º C de la localidad de Elx(Alicante), por Decreto nº388/13 de fecha 3 de mayo de 2013 . Y en armonía con la propuesta de resolución formulada por el Instructor del expediente, en base a las actuaciones practicadas en toda su tramitación. RESULTANDO: Que los hechos denunciados constituían indicios suficientes para la apertura de expediente sancionador, lo que se hizo en el referido Decreto de incoación. RESULTANDO: Que el Instructor y Secretario, fueron confirmados definitivamente, tras el transcurso del plazo de abstención y recusación, promoviéndose la instrucción del procedimiento. RESULTANDO: Que el presunto infractor pudo ejercitar su derecho a audiencia y vista del expediente. RESULTANDO: Que ha sido probado con plena evidencia que es el autor de los hechos descritos en el boletín de denuncia, que se concretan: «Consistentes en venta de ajos sin autorización municipal en el Mercadillo de Crevillent el día 5-04/13 sobre las 12:40 horas « CONSIDERANDO: Que los hechos declarados probados, son constitutivos de infracción a la Ordenanza reguladora del Mercadillo de Crevillent en su art. 13 Apartado 4 tipificados como falta GRAVE, siendo responsable de los mismos. CONSIDERANDO: Que a la falta cometida, corresponde una sanción, según lo establecido en el art. 14.1.b) de la Ordenanza reguladora del Mercadillo municipal, de multa de 31 hasta 120 euros. CONSIDERANDO: Que en la tramitación de este expediente se han observado todas las prescripciones legales establecidas en el tít. IX de la LRJ y PAC, así como lo establecido en el Cap. IV, arts. 64 a 66, ambos inclusive, de la OPEP, y el art. 54 de la misma, que garantiza el anonimato del denunciante si lo hubiere. Por todo lo expuesto y en el ejercicio de las atribuciones que me confiere la legislación de Régimen Local, RESUELVO: 1.- Declarar a D/Dª ANTONIO CASTRO CORTES responsable de los hechos imputados, con la comisión de una infracción administrativa, tipificada en el art.13 Apartado 4 de la Ordenanza reguladora del Mercadillo municipal que los califica como GRAVE. 2.- Imponer al infractor una sanción de 31 euros de multa, en cumplimiento del art. 14.1.b) de dicha OPEP. 16 butlletí oficial de la província - alacant, 8 novembre 2013 - n.º 213 Lo que le comunico para su conocimiento y efectos oportunos, significándole que contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de reposición ante el órgano que la dictó, dentro del plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de su notificación.. Asimismo, le indico que el pago de la multa en periodo voluntario, habrá de efectuarlo conforme a los plazos que seguidamente se indican: Las liquidaciones notificadas del 1 al 15 de cada mes, desde la fecha de notificación hasta el 20 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior Las notificaciones entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de notificación hasta el 5 del segundo mes posterior o el inmediato hábil posterior. Si no obstante, deja transcurrir los plazos indicados, le será exigido el ingreso por vía ejecutiva con los intereses y recargos siguientes: - Recargo ejecutivo del 5% si el ingreso se realiza antes de la notificación de la providencia de apremio. - Recargo de apremio reducido del 10% si el ingreso se efectúa en el periodo previsto de notificación de la providencia de apremio (art. 62.5 L.G.T.) - Recargo de apremio ordinario del 20% más intereses de demora cuando el ingreso se efectúa fuera de los plazos anteriores. Lo que le traslado a Vd. para su conocimiento y efectos pertinentes» Crevillent, 30 de octubre de 2013 El Alcalde,P.D. Dto.950/13 Loreto Mallol Sala *1320725* EDICTO Después de dos intentos de notificación y resultando ésta infructuosa, de conformidad con lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se practica la notificación al interesado, con la publicación en el tablón de edictos de este Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia, de la siguiente resolución de fecha 2-09/13, expediente sancionador núm. 40-52/13. Visto el expediente sancionador incoado contra D/Dª JUAN MARTINEZ SANCHEZ con D.N.I. nº 48369010X y domicilio en C/Avda. de Novelda de la localidad de Elx(Alicante), por Decreto nº487/13 de fecha 5 de junio de 2013 . Y en armonía con la propuesta de resolución formulada por el Instructor del expediente, en base a las actuaciones practicadas en toda su tramitación. RESULTANDO: Que los hechos denunciados constituían indicios suficientes para la apertura de expediente sancionador, lo que se hizo en el referido Decreto de incoación. RESULTANDO: Que el Instructor y Secretario, fueron confirmados definitivamente, tras el transcurso del plazo de abstención y recusación, promoviéndose la instrucción del procedimiento. RESULTANDO: Que el presunto infractor pudo ejercitar su derecho a audiencia y vista del expediente. RESULTANDO: Que ha sido probado con plena evidencia que es el autor de los hechos descritos en el boletín de denuncia, que se concretan: «Consistentes en venta de ajos sin autorización municipal en el Mercadillo de Crevillent el día 24-05/13 « CONSIDERANDO: Que los hechos declarados probados, son constitutivos de infracción a la Ordenanza reguladora del Mercadillo de Crevillent en su art. 13 Apartado 4 tipificados como falta GRAVE, siendo responsable de los mismos. CONSIDERANDO: Que a la falta cometida, corresponde una sanción, según lo establecido en el art. 14.1.b) de la Ordenanza reguladora del Mercadillo municipal, de multa de 31 hasta 120 euros. CONSIDERANDO: Que en la tramitación de este expediente se han observado todas las prescripciones legales establecidas en el tít. IX de la LRJ y PAC, así como lo establecido en el Cap. IV, arts. 64 a 66, ambos inclusive, de boletín oficial de la provincia - alicante, 8 noviembre 2013 - n.º 213 la OPEP, y el art. 54 de la misma, que garantiza el anonimato del denunciante si lo hubiere. Por todo lo expuesto y en el ejercicio de las atribuciones que me confiere la legislación de Régimen Local, RESUELVO: 1.- Declarar a D/Dª JUAN MARTINEZ SANCHEZ responsable de los hechos imputados, con la comisión de una infracción administrativa, tipificada en el art.13 Apartado 4 de la Ordenanza reguladora del Mercadillo municipal que los califica como GRAVE. 2.- Imponer al infractor una sanción de 31 euros de multa, en cumplimiento del art. 14.1.b) de dicha OPEP. Lo que le comunico para su conocimiento y efectos oportunos, significándole que contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de reposición ante el órgano que la dictó, dentro del plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de su notificación.. Asimismo, le indico que el pago de la multa en periodo voluntario, habrá de efectuarlo conforme a los plazos que seguidamente se indican: Las liquidaciones notificadas del 1 al 15 de cada mes, desde la fecha de notificación hasta el 20 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior Las notificaciones entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de notificación hasta el 5 del segundo mes posterior o el inmediato hábil posterior. Si no obstante, deja transcurrir los plazos indicados, le será exigido el ingreso por vía ejecutiva con los intereses y recargos siguientes: - Recargo ejecutivo del 5% si el ingreso se realiza antes de la notificación de la providencia de apremio. - Recargo de apremio reducido del 10% si el ingreso se efectúa en el periodo previsto de notificación de la providencia de apremio (art. 62.5 L.G.T.) - Recargo de apremio ordinario del 20% más intereses de demora cuando el ingreso se efectúa fuera de los plazos anteriores. Lo que le traslado a Vd. para su conocimiento y efectos pertinentes» Crevillent, 30 de octubre de 2013 El Alcalde,P.D. Dto.950/13 Loreto Mallol Sala *1320728* AYUNTAMIENTO DE DÉNIA EDICTO El Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada en fecha 31 de octubre de 2013, acordó aprobar con carácter provisional la modificación de las siguientes Ordenanzas Fiscales para el 2014: 1. Ordenanza General de Gestión, Recaudación e Inspección de Tributos Locales 2. Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por otorgamiento de Licencias y Autorizaciones Administrativas de (Auto)taxis y demás vehículos de alquiler 3. Ordenanza Fiscal Reguladora, de la tasa por el estacionamiento de vehículos de tracción mecánica en las vías públicas de permanencia limitada. 4. Ordenanza Fiscal Reguladora de la tasa por prestación de los servicios de interés particular por la policía local, inmovilizado, depósito y retirada de vehículos de la vía pública 5. Ordenanza Fiscal Reguladora de la tasa de Cementerio Municipal 6. Ordenanza Fiscal del Impuesto sobre Actividades Económicas. 7. Ordenanza Fiscal del Impuesto sobre vehículos de Tracción mecánica 8. Ordenanza Fiscal del Impuesto sobre Bienes Inmuebles 9. Ordenanza Fiscal del Impuesto sobre el Incremento de los Terrenos de naturaleza urbana 17 butlletí oficial de la província - alacant, 8 novembre 2013 - n.º 213 10. Ordenanza Fiscal Reguladora de la tasa por la utilización de columnas, carteles y otras instalaciones para la exhibición de anuncios 11. Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Ocupación de Terrenos de dominio público con quioscos, mesas y sillas con finalidad lucrativa, mercancías de construcción, escombros, vallas, puntales, asnillas, andamios y otras instalaciones análogas, puestos, barracas, industrias callejeras y ambulantes, playas del término municipal y expositores. 12. Ordenanza Fiscal Reguladora de la tasa por ocupación del subsuelo, suelo y vuelo de la vía pública. 13. Ordenanza Fiscal Reguladora de la tasa por la publicidad instalada o efectuada en el dominio público municipal o perceptibles desde el mismo. 14. Ordenanza Fiscal Reguladora de la tasa por Registro de perros en el censo canino local 15. Ordenanza Fiscal Reguladora de la tasa por la gestión de residuos urbanos o municipales. 16. Ordenanza Fiscal Reguladora de la tasa des servicio de reprografía del archivo y la biblioteca municipal. 17. Ordenanza Fiscal Reguladora de la tasa por prestación del servicio de protección del medio ambiente. 18. Ordenanza Fiscal Reguladora de la tasa por tramitación administrativa de instrumentos de planeamiento, ordenación y gestión urbanística, así como la supervisión y control de la ejecución de los Programas para el desarrollo de actuaciones integradas y aisladas en el municipio de Denia. 19. Ordenanza Fiscal Reguladora de la tasa por la realización de actividades administrativas con motivo de la apertura de establecimientos y otras actuaciones de carácter ambiental y transmisiones de su titularidad 20. Ordenanza Fiscal Reguladora de la tasa por prestación del servicio de alcantarillado. De conformidad con lo establecido en el art. 17 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se exponen al público los acuerdos indicados y las Ordenanzas correspondientes para que los interesados puedan examinar el expediente en el Departamento de Servicios Económicos y presentar cuantas reclamaciones estimen convenientes en el plazo de 30 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este Edicto en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante. De no presentarse reclamaciones dentro del plazo establecido se entenderán definitivamente adoptados los acuerdos hasta entonces provisionales, sin necesidad de acuerdo plenario. Denia, 31 de octubre de 2013 La Alcaldesa-Presidenta Fdo: Ana María Kringe Sánchez *1320597* EDICTO En virtud de lo dispuesto en los artículos 59.5.º y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Administración, se manda a publicar en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante y en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Denia el presente Edicto por el que se pone de manifiesto que se encuentran pendientes de notificar los actos que se especifican a continuación: - Interesado: Fines Móvil S.L.. Expediente: 3606-3615-223-2012-H Infracción: Leve (art. 47.3 y 48 de la O.M.Vertidos). Sanción: Multa de 750 €. Acto notificado: Resolución Junta Gobierno Local de fecha 31 de julio de 2013, acordando la iniciación del procedimiento sancionador Propuesta de Resolución e imposición de sanción y Carta de Pago Liquidación Nº 13460000181 boletín oficial de la provincia - alicante, 8 noviembre 2013 - n.º 213 Plazo para interponer recurso de Reposición: Un mes ó recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses. - Denunciante: C.P. Jardines de las Marinas (eos) Acto notificado: Contestación a la denuncia. Desde el departamento de Medio Ambiente, se ha realizado inspección por la técnica Municipal del departamento habiéndose abierto expediente con núm. 3610-2302012, lo que se pone en su conocimiento a los efectos oportunos. Plazo para interponer recurso de Reposición: No procede al no tener la condición de interesado. - Denunciante: Ricardo Martínez Sánchis (eos) Acto notificado: Contestación a la denuncia. Desde el departamento de Medio Ambiente, se ha realizado inspección por la técnica Municipal del departamento habiéndose abierto expediente con núm. 3610-2342012, lo que se pone en su conocimiento a los efectos oportunos. Plazo para interponer recurso de Reposición: No procede al no tener la condición de interesado. - Interesado: Desbieres Expediente: 3615-02-2012-dm Acto notificado: Resolución núm_271/2013_del Concejal Delegado de Deportes y Medio Ambiente: · Ordenar a la Comunidad de Propietarios Urbanización Vía Láctea, nº6, en calidad de propietario, para que en el plazo de 30 días, a contar desde el día siguiente al de la notificación de la presente resolución, proceda a ejecutar las actuaciones necesarias para subsanar las deficiencias existentes en el inmueble ubicado en calle Vía Láctea, nº6 de esta localidad, consistentes en desbroce y aclareo de la vegetación existente en el solar, poda de las ramas secas e inclinadas de los 4 pinos y tala del pino seco, tal y como se expone en el Antecedente segundo, por ser necesarias para mantener el inmueble en las debidas condiciones de Seguridad, salubridad y ornato público. · Apercibimiento que el incumplimiento de esta orden lleva aparejada la imposición de hasta diez multas coercitivas equivalentes cada una de ellas a 10% del valor de las obras ordenadas o su ejecución subsidiaria por el Ayuntamiento y a costa de los obligados. Plazo de ejecución: treinta días hábiles contados desde el siguiente a la publicación de este anuncio. Plazo para interponer recurso de Reposición: un mes ó recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses. En virtud de lo anterior dispongo que los interesados arriba indicados, o sus representantes debidamente acreditados, deberán comparecer en el plazo de DIEZ DÍAS, contados desde el siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de Alicante, para su conocimiento íntegro del mismo, de lunes a viernes, de 9.00 a 14.00 horas, en el Área de Urbanismo del Ayuntamiento de Denia, sita en Ronda de les Muralles, nº 42. Asimismo se advierte a los interesados que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al de vencimiento del plazo señalado para comparecer. En Denia, a 14 de octubre de 2013. LA ALCALDESA PRESIDENTA Ana Mª Kringe Sánchez *1320726* EDICTO En virtud de lo dispuesto en los artículos 59.5.º y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Admi- 18 butlletí oficial de la província - alacant, 8 novembre 2013 - n.º 213 nistración, se manda a publicar en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante y en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Denia el presente Edicto por el que se pone de manifiesto que se encuentran pendientes de notificar los actos que se especifican a continuación: - Interesado: Vicente Seguí Masanet (Herederos de) Expediente: 3615-3610-67-2013-H Acto notificado: Resolución núm_170/2013_del Concejal Delegado de Deportes y Medio Ambiente: · Iniciar expediente sobre eventual orden de ejecución por razón de Seguridad, Salubridad y Ornato Público en relación a una estructura metálica para albergar un cartel publicitario ubicado en Pd. Pinella, Polígono 20, Parcela 110 de esta localidad . · Incorporar como parte integrante del expediente el informe de fecha 4 de febrero de 2013 emitido por la Técnico de Medio Ambiente. Plazo de alegaciones: quince días hábiles contados desde el siguiente a la publicación de este anuncio. Plazo para interponer recurso de Reposición: No procede al tratarse de un acto de trámite - Interesado: Elodia Torres Bañuls Expediente: 3606-35-2013-H Infracción: Leve (Art. 47.3 punto 1 de la O.M. de Vertidos) Sanción: Multa hasta 750 €. Acto notificado: Incoación de procedimiento sancionador y concesión de trámite de audiencia. Plazo de alegaciones: Quince días hábiles a contar desde el día siguiente al que el acto se entienda notificado. Plazo para interponer Recurso de Reposición: No procede al tratarse de un acto de trámite. - Interesado: Dianense de Transportes y Construcción S.L. Expediente: 3615-3610-25-2013-H Acto notificado: Resolución núm_268/2013_del Concejal Delegado de Deportes y Medio Ambiente: · Ordenar a DIANENSE DE TRANSPORTES Y CONSTRUCCIÓN SL, para que proceda a la retirada de los carteles instalados en Pd. Pinella, Polígono 21, Parcela 355 de esta localidad . · Advertir al interesado que el incumplimiento de esta orden podrá llevar aparejada la imposición de diez multas coercitivas equivalentes cada una de ellas al 10% del valor de las obras ordenadas, o bien su ejecución subsidiaria por el Ayuntamiento y a costa de los obligados, sin perjuicio de las sanciones que puedan imponerse. · En el supuesto de no atender el presente requerimiento, dando lugar a un posible estado de peligrosidad, se dará traslado a la Autoridad Judicial Competente.. Plazo para interponer recurso de Reposición: un mes ó recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses. - Interesado: Dianense de Transportes y Construcción S.L. Expediente: 3615-3610-25-2013-H Acto notificado: Resolución núm_268/2013_del Concejal Delegado de Deportes y Medio Ambiente: · Ordenar a DIANENSE DE TRANSPORTES Y CONSTRUCCIÓN SL, para que proceda a la retirada de los carteles instalados en Pd. Pinella, Polígono 21, Parcela 355 de esta localidad . · Advertir al interesado que el incumplimiento de esta orden podrá llevar aparejada la imposición de diez multas coercitivas equivalentes cada una de ellas al 10% del valor de las obras ordenadas, o bien su ejecución subsidiaria por el Ayuntamiento y a costa de los obligados, sin perjuicio de las sanciones que puedan imponerse. · En el supuesto de no atender el presente requerimiento, dando lugar a un posible estado de peligrosidad, se dará traslado a la Autoridad Judicial Competente.. Plazo para interponer recurso de Reposición: un mes ó recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses. - Interesado: Bernardo Oleaje Gimenez boletín oficial de la provincia - alicante, 8 noviembre 2013 - n.º 213 Expediente: 3615-02-2012-dm Acto notificado: Resolución núm_271/2013_del Concejal Delegado de Deportes y Medio Ambiente: · Ordenar a la Comunidad de Propietarios Urbanización Vía Láctea, nº6, en calidad de propietario, para que en el plazo de 30 días, a contar desde el día siguiente al de la notificación de la presente resolución, proceda a ejecutar las actuaciones necesarias para subsanar las deficiencias existentes en el inmueble ubicado en calle Vía Láctea, nº6 de esta localidad, consistentes en desbroce y aclareo de la vegetación existente en el solar, poda de las ramas secas e inclinadas de los 4 pinos y tala del pino seco, tal y como se expone en el Antecedente segundo, por ser necesarias para mantener el inmueble en las debidas condiciones de Seguridad, salubridad y ornato público. · Apercibimiento que el incumplimiento de esta orden lleva aparejada la imposición de hasta diez multas coercitivas equivalentes cada una de ellas a 10% del valor de las obras ordenadas o su ejecución subsidiaria por el Ayuntamiento y a costa de los obligados. Plazo de ejecución: treinta días hábiles contados desde el siguiente a la publicación de este anuncio. Plazo para interponer recurso de Reposición: un mes ó recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses. - Interesado: Mª José Pons Ramón Expediente: 3615-02-2012-dm Acto notificado: Resolución núm_271/2013_del Concejal Delegado de Deportes y Medio Ambiente: · Ordenar a la Comunidad de Propietarios Urbanización Vía Láctea, nº6, en calidad de propietario, para que en el plazo de 30 días, a contar desde el día siguiente al de la notificación de la presente resolución, proceda a ejecutar las actuaciones necesarias para subsanar las deficiencias existentes en el inmueble ubicado en calle Vía Láctea, nº6 de esta localidad, consistentes en desbroce y aclareo de la vegetación existente en el solar, poda de las ramas secas e inclinadas de los 4 pinos y tala del pino seco, tal y como se expone en el Antecedente segundo, por ser necesarias para mantener el inmueble en las debidas condiciones de Seguridad, salubridad y ornato público. · Apercibimiento que el incumplimiento de esta orden lleva aparejada la imposición de hasta diez multas coercitivas equivalentes cada una de ellas a 10% del valor de las obras ordenadas o su ejecución subsidiaria por el Ayuntamiento y a costa de los obligados. Plazo de ejecución: treinta días hábiles contados desde el siguiente a la publicación de este anuncio. Plazo para interponer recurso de Reposición: un mes ó recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses. - Interesado: Bruckner Emmerich Expediente: 3605-3610-246-2012-dm Acto notificado: Trámite de Audiencia sobre la Propuesta de medidas para la restauración de la legalidad urbanística. · Ordenar al la Titular Catastral, D. Bruckner Emmerich, la replantación de 6 ejemplares de pino de 1,5 mts. De altura, como mínimo, que sustituyen a los 3 ejemplares de pino talados ilegalmente en la calle Euridice, nº8 de este municipio. · Que se proceda a la citada replantación en un plazo de un mes, contados desde el día siguiente al de la recepción de la notificación de la resolución que se dicte al efecto, con la expresa advertencia de que si transcurrido dicho plazo no se hubiese cumplido con lo ordenado se procederá a: · A la imposición de multas coercitivas, hasta lograr la ejecución por el sujeto obligado de las medidas de restauración. Las multas coercitivas se podrán imponer por periodos de un mes y en cuantía de 600 a 3.000 euros cada una de ellas, según sean las medidas previstas, con un máximo de diez. Estas multas coercitivas se impondrán con independencia de las que puedan imponerse con ocasión del correspondiente expediente sancionador. 19 butlletí oficial de la província - alacant, 8 novembre 2013 - n.º 213 · A la ejecución subsidiaria por parte de la Administración y a costa del interesado una vez transcurrido el plazo de cumplimiento voluntario derivado de la última multa coercitiva impuesta. · A la ejecución forzosa mediante cualesquiera otros medios previstos en el ordenamiento jurídico. · Conceder, con carácter previo a la resolución del presente expediente, un plazo de diez días a la Titular catastral, D. Bruckner Emmerich, para que efectúe cuantas alegaciones y presente cuantos documentos, justificantes y pruebas estime procedentes a su derecho, en cumplimiento del citado artículo 227 de la LUV. Plazo de alegaciones: Diez días hábiles contados desde el siguiente a la publicación de este anuncio. Plazo para interponer recurso de Reposición: No procede al tratarse de un acto de trámite. En virtud de lo anterior dispongo que los interesados arriba indicados, o sus representantes debidamente acreditados, deberán comparecer en el plazo de DIEZ DÍAS, contados desde el siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de Alicante, para su conocimiento íntegro del mismo, de lunes a viernes, de 9.00 a 14.00 horas, en el Área de Urbanismo del Ayuntamiento de Denia, sita en Ronda de les Muralles, nº 42. Asimismo se advierte a los interesados que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al de vencimiento del plazo señalado para comparecer. En Denia, a 18 de octubre de 2013. LA ALCALDESA PRESIDENTA Ana Mª Kringe Sánchez *1320731* EDICTO En virtud de lo dispuesto en los artículos 59.5.º y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Administración, se manda a publicar en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante y en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Denia el presente Edicto por el que se pone de manifiesto que se encuentran pendientes de notificar los actos que se especifican a continuación: - Interesado: Francisca díaz Roncero Arcas Expediente: 3615-3610-225-2012-H Acto notificado: Resolución núm_274/2013_del Concejal Delegado de Deportes y Medio Ambiente: · Iniciar expediente sobre solar en mal estado de conservación por razón de Seguridad, Salubridad y Ornato Público ubicado en Pd. Rotes I 169 Suelo de esta localidad . · Incorporar como parte integrante del expediente el informe de fecha 20 de junio de 2013 emitido por la Técnico de Medio Ambiente. Plazo de alegaciones: quince días hábiles contados desde el siguiente a la publicación de este anuncio. Plazo para interponer recurso de Reposición: No procede al tratarse de un acto de trámite - Interesado Francisca díaz Roncero Arcas Expediente: 3606-3615-225-2012-H Infracción: Leve (Art. 47.3 punto 1 de la O.M. de Vertidos) Sanción: Multa de 400 €. Acto notificado: Resolución Junta Gobierno Local de fecha 25 de septiembre de 2013, acordando la iniciación del procedimiento sancionador, Propuesta de Resolución e imposición de sanción y Carta de Pago Liquidación Nº 1346000209 boletín oficial de la provincia - alicante, 8 noviembre 2013 - n.º 213 Plazo para interponer recurso de Reposición: un mes ó recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses - Interesada: Cristian Aldemar Rivera González Expediente: 3606-25-2013-H. Infracción: Leve (171, c) O.M. de Limpieza Urbana). Sanción: Multa de 60,10 €. Acto notificado: Resolución Junta Gobierno Local de fecha 25 de septiembre de 2013, acordando la iniciación del procedimiento sancionador, Propuesta de Resolución e imposición de sanción y Carta de Pago Liquidación Nº 1346000212 Plazo para interponer Recurso de Reposición: un mes ó recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses - Interesado: Zeldenthuis Sebastianus Expediente: 3615-3610-251-2012-EL Acto notificado: Resolución núm_294/2013_del Concejal Delegado de Deportes y Medio Ambiente: · Ordenar a Zeldenthuis Sebastianus, para que proceda a ejecutar las actuaciones necesarias para subsanar las deficiencias existentes en el inmueble ubicado en c/ MayorPedrera 1 de esta localidad, consistentes en desbroce de la vegetación existente en la parcela y eliminación de restos de desbroce. · Advertir al interesado que el incumplimiento de esta orden podrá llevar aparejada la imposición de diez multas coercitivas equivalentes cada una de ellas al 10% del valor de las obras ordenadas, o bien su ejecución subsidiaria por el Ayuntamiento y a costa de los obligados, sin perjuicio de las sanciones que puedan imponerse. · En el supuesto de no atender el presente requerimiento, dando lugar a un posible estado de peligrosidad, se dará traslado a la Autoridad Judicial Competente.. Plazo para interponer recurso de Reposición: un mes ó recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses. - Denunciante: Comunidad de Propietarios del edificio C/ La Mar Nº 12 (eos) Acto notificado: Contestación a la denuncia. Se está tramitando el Plan de Acción en Molestias Acústicas en el termino de Dénia, expediente 3690-05-2010, que dará una respuesta pública que contribuya a elevar la calidad de vida de los ciudadanos Plazo para interponer recurso de Reposición: No procede al no tener la condición de interesado. -Denunciante: Pilar Carballo del Valle (eos) Acto notificado: Contestación a la denuncia. Se está tramitando el Plan de Acción en Molestias Acústicas en el termino de Dénia, expediente 3690-05-2010, que dará una respuesta pública que contribuya a elevar la calidad de vida de los ciudadanos Plazo para interponer recurso de Reposición: No procede al no tener la condición de interesado. - Interesado: CODINA Y FLUXA Expediente: 3606-37-2013-H Infracción: Leve (Art. 47.3 punto 1 de la O.M. de Vertidos) Sanción: Multa hasta 750 €. Acto notificado: Incoación de procedimiento sancionador y concesión de trámite de audiencia. Plazo de alegaciones: Quince días hábiles a contar desde el día siguiente al que el acto se entienda notificado. Plazo para interponer Recurso de Reposición: No procede al tratarse de un acto de trámite. - Interesado: Clemente Sánchez Plá Expediente: 3615-02-2012-dm Acto notificado: Resolución núm_271/2013_del Concejal Delegado de Deportes y Medio Ambiente: · Ordenar a la Comunidad de Propietarios Urbanización Vía Láctea, nº6, en calidad de propietario, para que en el plazo de 30 días, a contar desde el día siguiente al de la notificación de la presente resolución, proceda a ejecutar las actuaciones necesarias para subsanar las deficiencias existentes en el inmueble ubicado en calle Vía Láctea, nº6 de 20 butlletí oficial de la província - alacant, 8 novembre 2013 - n.º 213 esta localidad, consistentes en desbroce y aclareo de la vegetación existente en el solar, poda de las ramas secas e inclinadas de los 4 pinos y tala del pino seco, tal y como se expone en el Antecedente segundo, por ser necesarias para mantener el inmueble en las debidas condiciones de Seguridad, salubridad y ornato público. · Apercibimiento que el incumplimiento de esta orden lleva aparejada la imposición de hasta diez multas coercitivas equivalentes cada una de ellas a 10% del valor de las obras ordenadas o su ejecución subsidiaria por el Ayuntamiento y a costa de los obligados. Plazo de ejecución: treinta días hábiles contados desde el siguiente a la publicación de este anuncio. Plazo para interponer recurso de Reposición: un mes ó recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses. - Interesado: Thoudievitch Lioubov Expediente: 3615-176-2011-dm Acto notificado: Resolución núm_272/2013_del Concejal Delegado de Deportes y Medio Ambiente: · Apercibir previamente a D. Thoudievitch Lioubov, para que en el plazo de 15 días desde la recepción de esta notificación, proceda a cumplir voluntariamente la Resolución Número_176/2013 del Concejal Delegado de Deportes y Medio Ambiente de fecha 11/06/2013, en el que se ordenaba proceder a ejecutar las actuaciones necesarias para subsanar las deficiencias existentes en el inmueble ubicado en partida Palmars Nord B 114, Suelo PG 5, Parcela 144 de esta localidad, consistentes en desbroce de la vegetación existente en la parcela y eliminación de restos de desbroce. · Disponer, en caso de que en el citado plazo no se haya cumplido la antedicha Orden de Ejecución, la ejecución subsidiaria hasta el limite del deber legal de conservación, sin perjuicio de las sanciones que correspondan por la infracción o infracciones cometidas. Plazo para interponer recurso de Reposición: un mes ó recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses. - Interesado: Macleod Zoe Expediente: 3615-147-2011-dm Acto notificado: Resolución núm_280/2013_del Concejal Delegado de Deportes y Medio Ambiente: · Apercibir previamente a D. Macleod Zoe, para que en el plazo de 15 días desde la recepción de esta notificación, proceda a cumplir voluntariamente la Resolución Número_142/2013 del Concejal Delegado de Deportes y Medio Ambiente de fecha 28/05/2013, en el que se ordenaba proceder a ejecutar las actuaciones necesarias para subsanar las deficiencias existentes en el inmueble ubicado en la calle Pedra, 30 – Suelo de esta localidad, consistentes en desbroce de la vegetación existente en la parcela, poda de ejemplares arbóreos y retirada de especies invasoras y eliminación de todos los restos de desbroce y poda. · Disponer, en caso de que en el citado plazo no se haya cumplido la antedicha Orden de Ejecución, la ejecución subsidiaria hasta el limite del deber legal de conservación, sin perjuicio de las sanciones que correspondan por la infracción o infracciones cometidas. Plazo para interponer recurso de Reposición: un mes ó recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses. - Interesado: Macleod Stephen Lamond Macdonald Expediente: 3615-147-2011-dm Acto notificado: Resolución núm_280/2013_del Concejal Delegado de Deportes y Medio Ambiente: · Apercibir previamente a D. Macleod Stephen Lamond Macdonald, para que en el plazo de 15 días desde la recepción de esta notificación, proceda a cumplir voluntariamente la Resolución Número_142/2013 del Concejal Delegado de Deportes y Medio Ambiente de fecha 28/05/2013, en el que se ordenaba proceder a ejecutar las actuaciones necesarias para subsanar las deficiencias existentes en el inmueble ubicado en la calle Pedra, 30 – Suelo de esta localidad, consistentes en desbroce de la vegetación existente en la parcela, poda de ejemplares arbóreos y retirada boletín oficial de la provincia - alicante, 8 noviembre 2013 - n.º 213 de especies invasoras y eliminación de todos los restos de desbroce y poda. · Disponer, en caso de que en el citado plazo no se haya cumplido la antedicha Orden de Ejecución, la ejecución subsidiaria hasta el limite del deber legal de conservación, sin perjuicio de las sanciones que correspondan por la infracción o infracciones cometidas. Plazo para interponer recurso de Reposición: un mes ó recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses. En virtud de lo anterior dispongo que los interesados arriba indicados, o sus representantes debidamente acreditados, deberán comparecer en el plazo de DIEZ DÍAS, contados desde el siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de Alicante, para su conocimiento íntegro del mismo, de lunes a viernes, de 9.00 a 14.00 horas, en el Área de Urbanismo del Ayuntamiento de Denia, sita en Ronda de les Muralles, nº 42. Asimismo se advierte a los interesados que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al de vencimiento del plazo señalado para comparecer. En Denia, a 28 de octubre de 2013. LA ALCALDESA PRESIDENTA Ana Mª Kringe Sánchez *1320732* EDICTO En virtud de lo dispuesto en los artículos 59.5.º y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Administración, se manda a publicar en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante y en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Denia el presente Edicto por el que se pone de manifiesto que se encuentran pendientes de notificar los actos que se especifican a continuación: - Interesado: Warren James Investments Expediente: 3606-3610-2013-H Infracción: Grave (art. 73.4 b) de la LRCV) Acto notificado: Iniciación del procedimiento sancionador Propuesta de Resolución de expediente por 7 infracciones medioambientales por vertidos incontrolados de residuos sólidos. · Ordenar a Warren James (Investments) LTD, la reposición restauración de las cosas al ser y estado anteriores a la infracción cometida. · Imposición de sanción y carta de pago Nº 1346000221 Plazo para interponer recurso de Reposición: Un mes ó recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses. - Interesado: Marines Confort S.L: Expediente: 3606-3610-123 IV-2011-H Infracción: Leve (art. 47.3 y 48 de la O.M.Vertidos). Sanción: Multa de 1.500 €. Acto notificado: Resolución Junta Gobierno Local de fecha 2 de octubre de 2013, acordando la iniciación del procedimiento sancionador Propuesta de Resolución e imposición de dos sanciones consistentes en multa de 750 € por infracción al apreciarse la existencia de Concurso Real de Infracciones y Carta de Pago Liquidación Nº 13460000181 Plazo para interponer recurso de Reposición: Un mes ó recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses. - Interesado: Bouwer Lambertus Expediente: 3615-195-2012-dm Acto notificado: Resolución núm_279/2013_del Concejal Delegado de Deportes y Medio Ambiente: 21 butlletí oficial de la província - alacant, 8 novembre 2013 - n.º 213 · Apercibir previamente a D. Bouwer Lambertus, para que en el plazo de 15 días desde la recepción de esta notificación, proceda a cumplir voluntariamente la Resolución Número_195/2013 del Concejal Delegado de Deportes y Medio Ambiente de fecha 25/06/2013, en el que se ordenaba proceder a ejecutar las actuaciones necesarias para subsanar las deficiencias existentes en el inmueble ubicado en la calle Meló, nº14 Suelo de esta localidad, consistentes en desbroce de la vegetación existente en la parcela, eliminación de restos de desbroce y vallado a base de tela metálica y postes con una altura máxima de 2 metros. · Disponer, en caso de que en el citado plazo no se haya cumplido la antedicha Orden de Ejecución, la ejecución subsidiaria hasta el limite del deber legal de conservación, sin perjuicio de las sanciones que correspondan por la infracción o infracciones cometidas. Plazo para interponer recurso de Reposición: un mes ó recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses. - Interesado: Kingth Expediente: 3615-195-2012-dm Acto notificado: Resolución núm_281/2013 del Concejal Delegado de Deportes y Medio Ambiente: · Apercibir previamente a D. Kingth, para que en el plazo de 15 días desde la recepción de esta notificación, proceda a cumplir voluntariamente la Resolución Número_174/2013 del Concejal Delegado de Deportes y Medio Ambiente de fecha 7/06/2013, en el que se ordenaba proceder a ejecutar las actuaciones necesarias para subsanar las deficiencias existentes en el inmueble ubicado en la calle Pedra, nº28 de esta localidad, consistentes en desbroce de la vegetación existente en la parcela, poda de ejemplares arbóreos y retirada de especies invasoras, eliminación de todos los restos de desbroce y poda, y eliminación de restos de desbroce. · Disponer, en caso de que en el citado plazo no se haya cumplido la antedicha Orden de Ejecución, la ejecución subsidiaria hasta el limite del deber legal de conservación, sin perjuicio de las sanciones que correspondan por la infracción o infracciones cometidas. Plazo para interponer recurso de Reposición: un mes ó recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses. - Interesado: Rieck Manfred Erich Robert Werner y Lelling Ute María Expediente: 3605-111-2012-dm Acto notificado: Trámite de Audiencia sobre la Propuesta de medidas para la restauración de la legalidad urbanística. · Ordenar al Propietario, D. Rieck Manfred Erich Robert Werner y D. Lelling Ute María, la replantación de 24 ejemplares de cualquiera de las especies de arbolado a proteger, referidas en el punto cuarto del primer fundamento de derecho de 1,5 mts. de altura, como mínimo, que sustituyen a los 12 ejemplares talados ilegalmente en la calle Peixos, nº26 de este municipio. · Que se proceda a la citada replantación en un plazo de un mes, contados desde el día siguiente al de la recepción de la notificación de la resolución que se dicte al efecto, con la expresa advertencia de que si transcurrido dicho plazo no se hubiese cumplido con lo ordenado se procederá a: · A la imposición de multas coercitivas, hasta lograr la ejecución por el sujeto obligado de las medidas de restauración. Las multas coercitivas se podrán imponer por periodos de un mes y en cuantía de 600 a 3.000 euros cada una de ellas, según sean las medidas previstas, con un máximo de diez. Estas multas coercitivas se impondrán con independencia de las que puedan imponerse con ocasión del correspondiente expediente sancionador. · A la ejecución subsidiaria por parte de la Administración y a costa del interesado una vez transcurrido el plazo de cumplimiento voluntario derivado de la última multa coercitiva impuesta. En cuyo caso se podrá optar por la reposición económica mediante la exigencia de la cantidad económica por la que se valore dicha reposición, mediante presupuesto de mercado, incluida la replantación y el primer año de riego. boletín oficial de la provincia - alicante, 8 noviembre 2013 - n.º 213 · A la ejecución forzosa mediante cualesquiera otros medios previstos en el ordenamiento jurídico. · Conceder, con carácter previo a la resolución del presente expediente, un plazo de diez días a la Titular catastral, D. Rieck Manfred Erich Robert Werner y Dr. Lelling Ute María, para que efectúe cuantas alegaciones y presente cuantos documentos y justificantes estimen procedentes a su derecho, en cumplimiento del citado artículo 227 de la LUV. Plazo de alegaciones: Diez días hábiles contados desde el siguiente a la publicación de este anuncio. Plazo para interponer recurso de Reposición: No procede al tratarse de un acto de trámite. En virtud de lo anterior dispongo que los interesados arriba indicados, o sus representantes debidamente acreditados, deberán comparecer en el plazo de DIEZ DÍAS, contados desde el siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de Alicante, para su conocimiento íntegro del mismo, de lunes a viernes, de 9.00 a 14.00 horas, en el Área de Urbanismo del Ayuntamiento de Denia, sita en Ronda de les Muralles, nº 42. Asimismo se advierte a los interesados que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al de vencimiento del plazo señalado para comparecer. En Denia, a 31 de octubre de 2013 LA ALCALDESA PRESIDENTA Ana Mª Kringe Sánchez *1320734* 22 butlletí oficial de la província - alacant, 8 novembre 2013 - n.º 213 - Francisco Galindo Campillo y otra (2ª Cuota Urbanización Ciudad Jardín Balsares) - Vicente Carbonell Bañuls (2ª Cuota Urbanización Ciudad Jardín Balsares) - Manuela Ascensión Antón Juan (2ª Cuota Urbanización Ciudad Jardín Balsares) - José Javier Antón Antón (2ª Cuota Urbanización Ciudad Jardín Balsares) - José Carlos de Juan Pérez (Exp. 44.906/13) En virtud de lo anterior, dispongo que los interesados relacionados deberán comparecer en el plazo de diez días contados desde el siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia, de lunes a viernes de 9,00 a 14,00 horas, en el Departamento de Urbanismo, para conocimiento íntegro del mencionado acto y constancia de tal conocimiento. Asimismo, se advierte a los interesados que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al de vencimiento del plazo señalado para comparecer. Elche, 4 de noviembre de 2013 El Tte. Alcalde de Ordenación Urbana, Infraestructuras y Asesoría Jurídica Fdo.: Vicente J. Granero Miralles *1320694* AYUNTAMIENTO DE HONDÓN DE LOS FRAILES EDICTO AYUNTAMIENTO DE ELCHE EDICTO El Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el 28 de octubre de 2013, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo: «Aprobar inicialmente el Proyecto de Ordenanza Reguladora de los Mercados Periódicos de Venta no Sedentaria, disponiendo la apertura de un período de información pública de treinta días en el que podrán formularse alegaciones. En el caso de que no se hubiera presentado ninguna reclamación o sugerencia, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo hasta entonces provisional». Las personas interesadas podrán examinar, durante el plazo mencionado, el expediente en la Concejalía de Mercados y Fondos Europeos sita en C/ Lago, 3. Asimismo, el texto íntegro de la Ordenanza se podrá consultar en la web municipal www.ayto-elche.es. La concejala de Mercados y Fondos Europeos María José López Sánchez Elche, a 29 de octubre de 2013. *1320602* EDICTO Publicación Desconocidos De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública notificación de carácter colectivo de las resoluciones recaídas en los expedientes en materia de Urbanismo que se indican y habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante legal por dos veces, sin que haya sido posible practicarla, por causas no imputables a este Ayuntamiento, se ponen de manifiesto, mediante el presente Edicto que se encuentran pendientes de notificar las siguientes resoluciones: - Leocadia García Montes (2ª Cuota Urbanización Ciudad Jardín Balsares) Por Resolución de Alcaldía n.º 77/2013 de fecha 15-102013 se aprobó la Resolución cuya parte dispositiva se transcribe literalmente: «Considerando que corresponde a los Tenientes de Alcalde, en cuanto tales, sustituir en la totalidad de sus funciones y por el orden de su nombramiento, al Alcalde, en los casos de ausencia, enfermedad o impedimento que imposibilite a éste para el ejercicio de sus atribuciones, así como desempeñar las funciones del Alcalde en los supuestos de vacante en la Alcaldía hasta que tome posesión el nuevo Alcalde. Considerando que durante el periodo del 16 AL 22 DE OCTUBRE DE 2013, Alcalde se encontrará ausente del Municipio. Por todo ello, en virtud de lo dispuesto en los artículos 23.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de acuerdo con los artículos 44 y 47 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, RESUELVO PRIMERO. Delegar en DIEGO JUAREZ MORALES, 2º Teniente de Alcalde la totalidad de las funciones de la Alcaldía, en los términos del artículo 23.3 Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, durante el periodo DEL 16 AL 22 DE OCTUBRE DE 2013. SEGUNDO. La delegación comprende las facultades de dirección y de gestión, así como la de resolver los procedimientos administrativos oportunos mediante la adopción de actos administrativos que afecten a terceros. TERCERO. El órgano delegado ha de informar a esta Alcaldía, a posteriori, y, en todo caso, cuando se le requiera para ello, de la gestión realizada y de las disposiciones dictadas en el período de referencia, y con carácter previo de aquellas decisiones de trascendencia, tal y como se prevé en al artículo 115 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales. CUARTO. La delegación conferida en el presente Decreto requerirá para su eficacia la aceptación del órgano delegado, entendiéndose ésta otorgada tácitamente si no se formula ante esta Alcaldía expresa manifestación de no boletín oficial de la provincia - alicante, 8 noviembre 2013 - n.º 213 aceptación de la delegación en el término de tres días hábiles contados desde el siguiente a aquel en que le sea notificada esta resolución. QUINTO. La presente resolución será publicada en el Boletín Oficial de la Provincia, dándose cuenta de su contenido al Pleno de la Corporación en la primera sesión que esta celebre. SEXTO. En lo no previsto expresamente en esta resolución se aplicarán directamente las previsiones de la Ley 7/ 1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, en cuanto a las reglas que para la delegación se establecen en dichas normas.» Lo que remito se publica, a los efectos oportunos, de acuerdo con lo previsto en el artículo 44.2 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales. En Hondón de los Frailes, a la fecha de la firma DOCUMENTO FIRMADO ELECTRONICAMENTE *1320691* AJUNTAMENT D’ONDARA ANUNCI En compliment del disposat en els articles 15.1 i 17 del RD 2/2004, Text Refós de la Llei Reguladora de les Hisendes Locals, el Ple de l’Ajuntament, en sessió de data 31 d’Octubre de 2013 ACORDA: Primer.- Aprovar provisionalment l’ ORDENANÇA GENERAL MUNICIPAL DE TRÀNSIT I MOBILITAT. Segon .- Exposar al tauler d’anuncis de l’Ajuntament durant trenta dies l’acord provisional adoptat, així com la modificació de l’Ordenança, dins del qual període els interessats podran examinar els expedients i presentar les reclamacions que considerin oportunes. Tercer - Publicar l’anunci d’exposició pública al Butlletí Oficial de la Província. Quart.- Considerar definitivament aprovat l’acord adoptat,de no haver-se presentat reclamacions durant el període d’exposició pública. Quint .- Publicar al Butlletí Oficial de la Província l’acord provisional elevat a definitiu a què fan referència l’ acord precedent, així com el text dels articles de l’ Ordenança que contenen els elements essencials de determinació necessària per l’Ajuntament. Ondara, 31 d’Octubre de 2013. L’Alcalde José Joaquin Ferrando Soler *1320625* AJUNTAMENT DE PEDREGUER EDICTE Pel Sr. JUAN CARLOS PÉREZ CARRIÓ s’ha sol·licitat llicència ambiental per a establir l’activitat de CLINICA DENTAL amb emplaçament a l’Av. Arq. Antoni Gilabert, 9-b La qual cosa es fa pública, en compliment del que preceptua l’article 50 de la Llei 2/06 de Prevenció de la Contaminació i Qualitat Ambiental, per tal que, qui es considere afectat de qualsevol manera per l’activitat referida, puga formular, per escrit que ha de presentar a la Secretaria de l’Ajuntament, les observacions pertinents, durant el termini de vint dies hàbils. Pedreguer, 21 d’octubre de 2013 L’ALCALDESSA, SALVADORA MARTÍ MORELL (Signatura digital) *1320464* 23 butlletí oficial de la província - alacant, 8 novembre 2013 - n.º 213 AYUNTAMIENTO DE PEGO EDICTO De conformidad con la Resolución de Alcaldía de fecha 30 de octubre de 2013, por medio del presente anuncio se efectúa convocatoria del procedimiento abierto, oferta económicamente más ventajosa, varios criterios de adjudicación, para la adjudicación del contrato de servicios de transporte sanitario, conforme a los siguientes datos: 1.- Entidad adjudicadora: - Organismo: Ajuntament de Pego (Alcaldia) - Dependencia en que se tramita el expediente: Servei de Contractación i Gestio de Serveis - Número de expediente: EXP.CONTR-SERV 1-13 2.- Objecto del contracto: a) Descripción del objecto: transporte sanitario en los terminos descritos en el pliego de prescripciones técnicas. b) Duració: 4 años maximo. 3.- Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación: a) Tramitación: ordinaria b) Procedimento: abierto c) Adjudicación: diversos criterios 4.- Precio del contrato: Tipo de licitación anual es de 100.000,00 euros exento de IVA de acuerdo con lo establecido en el art. 20.15 de la Ley 37/92 de 28 de diciembre del Impuesto sobre el Valor Añadido. 5.- Garantias: a) Definitiva: 5 % del precio de adjudicación 6.- Obtenció de documentación i información: a) Entidad: Ajuntamiento de Pego b) Dirección: Plaza del Ayuntamiento, núm. 1 c) Localidad y Codigo Postal: Pego 03780 d) Telefono: (96) 5570011 e) Fax: (96) 5572583 f) Fecha limite para la obtención de documentación e información: hasta el dia anterior a aquel en que finalice el plazo de presentación de proposicions. 7.- Requisitos específicos del licitador: La solvencia económica y financiera del empresario podrá acreditarse por uno o varios de los medios siguientes: a) Declaraciones apropiadas de entidades financieras o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales. b) Las cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro oficial que corresponda. Los empresarios no obligados a presentar las cuentas en Registros oficiales podrán aportar, como medio alternativo de acreditación, los libros de contabilidad debidamente legalizados. c) Declaración sobre el volumen global de negocios y, en su caso, sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondiente al objeto del contrato, referido como máximo a los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades del empresario, en la medida en que se disponga de las referencias de dicho volumen de negocios. La solvencia técnica de los empresarios se acreditará por uno o varios de los siguientes medios: a) Una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. b) Indicación del personal técnico o de las unidades técnicas, integradas o no en la empresa, participantes en el contrato, especialmente aquéllos encargados del control de calidad. boletín oficial de la provincia - alicante, 8 noviembre 2013 - n.º 213 c) Descripción de las instalaciones técnicas, de las medidas empleadas por el empresario para garantizar la calidad y de los medios de estudio e investigación de la empresa. d) Cuando se trate de servicios o trabajos complejos o cuando, excepcionalmente, deban responder a un fin especial, un control efectuado por el órgano de contratación o, en nombre de éste, por un organismo oficial u homologado competente del Estado en que esté establecido el empresario, siempre que medie acuerdo de dicho organismo. El control versará sobre la capacidad técnica del empresario y, si fuese necesario, sobre los medios de estudio y de investigación de que disponga y sobre las medidas de control de la calidad. e) Las titulaciones académicas y profesionales del empresario y del personal directivo de la empresa y, en particular, del personal responsable de la ejecución del contrato. f) En los casos adecuados, indicación de las medidas de gestión medioambiental que el empresario podrá aplicar al ejecutar el contrato. g) Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y la importancia de su personal directivo durante los tres últimos años, acompañada de la documentación justificativa correspondiente. h) Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de los trabajos o prestaciones, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente. i) Indicación de la parte del contrato que el empresario tiene eventualmente el propósito de subcontratar. 8. Presentación de las solicitudes. a) Fecha límite de presentación:15 dias naturales siguientes a la publicación del presente anuncio. b) Documentación a presentar:establecida en el pliego c) Lugar de presentación: 1. ª Entidad:Ayuntamiento de Pego 2. ª Domicilio: Plaza del Ayuntamiento 1 3. ª Localidad y código postal:Pego 03780 9. Apertura de las solicitudes. a) Entidad:Ayuntamiento de pego b) Domicilio:Plaza del Ayuntamiento 1 c) Localidad:Pego d) Fecha:al día siguiente hábil a la finalización del plazo de presentación de solicitudes. e) Hora:8.15 horas 10.-Criterios de Valoración de las Ofertas Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá a varios criterios de adjudicación que se puntuarán en orden decreciente: Los criterios de valoración se definirán para un máximo de 100 puntos. La valoración se realizará exclusivamente sobre la documentación que las empresas deban presentar. La puntuación máxima se desglosa de la siguiente manera: CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DEPENDIENTES DE UN JUICIO DE VALOR PRIMERO: Proyecto de prestación del servicio, organización, descripción técnica y medios, presentado por los licitadores. La máxima puntuación se adjudica al mejor proyecto. Al resto se le asignará la puntuación que corresponda, partiendo del mejor proyecto, según la puntuación obtenida en la aplicación de los criterios siguientes: 35 I-1.- Propuesta de planes para situaciones de emergencia o especiales se pueda disponer de ellos, valorándose tanto el número de personas disponibles, como la rapidez de respuesta en estar operativos. 10 I-2.- Otros proyectos de formación a personal de entidades tales como Ayuntamiento, Centros Escolares, Centro Excursionista, Residencia, Asociaciones Vecinales, etc. 10 I-3.- Realización cursos, campañas o similares que fomenten la incorporación de personas jóvenes como voluntarios para colaborar en los servicios que se van a prestar. 10 24 butlletí oficial de la província - alacant, 8 novembre 2013 - n.º 213 I-4.- Promoción de campañas para los ciudadanos en general, que divulguen la forma de actuar en caso de situaciones excepcionales tales como olas de calor, de frío o similares. 5 SEGUNDO: Mejoras en materia de personal La máxima puntuación se adjudica a la mejor plantilla y con mayor disponibilidad horaria, al resto se les aplicará la puntuación que corresponda, mediante una regla de tres simple. Según los criterios siguientes: 30 II-1.- Por la ampliación del horario establecido en el pliego de condiciones técnicas en la prestación de la asistencia, atendiendo al mayor horario semanal. 15 II.2.- Capacidad de convocatoria del personal a disposición del licitador para que, en situaciones especiales, se pueda disponer de ellos, valorándose tanto el número de personas como la rapidez de respuesta en estar operativos. 15 TERCERO: Por la cantidad y calidad de los medios materiales ofertados que optimicen o mejoren la prestación del servicio. La máxima puntuación se adjudica a la mejor colección y medios materiales, al resto se les aplicará la puntuación que corresponda, mediante una regla de tres simple. Según los criterios siguientes: 25 III-1.- Medios materiales, además de los imprescindibles según el Decreto 44/1993 de 22 de marzo del Gobierno Valenciano, los que aporten una mejora evidente de los servicios a prestar, tanto los sanitarios como los relacionados con labores de salvamento y socorrismo. 15 III.2.- Mejor colección de vehículos adicionales, que serán de disponibilidad permanente e inmediata relacionados con la asistencia sanitaria y otros servicios para la protección civil. 10 Los decimales, para todas las valoraciones, se redondearán según criterio de redondeo del euro. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN VALORADOS MEDIANTE APLICACIÓN DE FÓRMULAS CUARTO: Condiciones Económicas A la oferta económica más favorable: Se concederá 10 puntos a la oferta más baja. Al resto se le aplicará la puntuación que corresponda, según una regla de tres simple, partiendo de la oferta más baja. 10 Los decimales, para todas las valoraciones, se redondearán según criterio de redondeo del euro. CRITERIOS PARA LA CONSIDERACIÓN DE BAJA TEMERARIA Se considerará incursa en baja temeraria o desproporcionada toda oferta que se encuentre por debajo de 10 puntos porcentuales de la media de las ofertas presentadas en cuanto al precio anual de la prestación del servicio. En caso de que la Mesa apreciara temeridad en alguna o algunas de las proposiciones presentadas, se atenderá a lo previsto en el artículo 152 del Real Decreto Legislativo 3/ 2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. En este sentido, se notificará esta circunstancia a los interesados, otorgándoles un plazo de 10 días naturales para formular las alegaciones que estimen oportunas. A la vista de los informes técnicos pertinentes y, si cabe, de las alegaciones formuladas por los interesados, la Mesa podrá optar por excluir la proposición o proposiciones con valores anormales o desproporcionados, o bien valorarlas con la reserva de que, en caso de resultar adjudicatarias, deberán depositar una garantía complementaria del 5%, del precio para la prestación del servicio referido a la primera anualidad (excluido el IVA), de conformidad con el artículo 95 del RDL 3/ 2011, antes mencionado. 11. - Perfil de contratante Pego de octubre de 2013 EL ALCALDE Enrique Moll Briones (firmado electroncamente) *1320472* boletín oficial de la provincia - alicante, 8 noviembre 2013 - n.º 213 25 butlletí oficial de la província - alacant, 8 novembre 2013 - n.º 213 AYUNTAMIENTO DE PILAR DE LA HORADADA AYUNTAMIENTO DE SAN FULGENCIO EDICTO EDICTO De conformidad con lo dispuesto en el art. 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre sobre Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo, a través del presente edicto se hace pública notificación a D. KJELL INGVAR OVERBY de la Resolución de Alcaldía nº 373/2013, de fecha 16 de mayo de 2013, en relación con el expediente de Obra Mayor nº 70/2011, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar. Mediante la citada Resolución de Alcaldía nº 373/2013 se resuelve: PRIMERO.- Declarar la caducidad del expediente 000070/2011-OBRAMAYOR de solicitud de obra mayor iniciado por D. KJELL INGVAR OVERBY para realizar las obras de COLOCACIÓN DE ESCALERA Y EJECUCIÓN DE TERRAZA EN VIVIENDA UNIFAMILIAR ADOSADA en URB. RIOMAR VI, Nº 70 de PILAR DE LA HORADADA, de conformidad con el proyecto redactado por el arquitecto D. JON LARRAZABALL DEL CANTO y proceder al archivo de las actuaciones. SEGUNDO.- Notifíquese la presente Resolución al interesado con la indicación de que contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, en el plazo de un mes, recurso de reposición ante el Sr. Alcalde-Presidente de este Ayuntamiento, con carácter previo y potestativo; y, en su caso, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Elche, en el plazo de dos meses, contados ambos plazos, desde el día siguiente al de la recepción de esta notificación, y sin perjuicio de que pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro que estimen procedente. Para tener acceso al contenido íntegro de la notificación, deberá dirigirse al Área de Urbanismo del Ayuntamiento de Pilar de la Horadada, sita en Pz. Campoamor, nº 2, de lunes a viernes y en horario de atención al público (de 8 a 14 horas). Pilar de la Horadada, a 23 de octubre de 2013. EL ALCALDE – PRESIDENTE Fdo. D. José Fidel Ros Samper En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 50 de la Ley 2/2006, de 5 de mayo de Prevención de la Contaminación y Calidad Ambiental, el art. 55 del Decreto 127/2006, 15 de septiembre del Consell, por el que se desarrolla la Ley 2/ 2006 y el art. 86 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común, se pone en conocimiento general la siguiente solicitud de licencia de apertura: Expediente número: A42/2013. Titular: D. CHISTOPHER JAYSON LAYCOCK. Nº. Documento de Identidad: X6987252-J. Actividad: VENTA Y SUSTITUCIÓN DE REPUESTO Y NEUMÁTICOS PARA VEHÍCULOS Emplazamiento: SECTOR VIII, C/ MAR ADRIÁTICO Nº 11 En su virtud se ha instruido el expediente administrativo reseñado, que se encuentra para su consulta en la oficina de Urbanismo, sita en la 2ª planta de este Ayuntamiento, Plaza de la Constitución 26. Lo que antecede se hace público para que quienes se consideren afectados de algún modo por la actividad que se pretende establecer, puedan formular, por escrito, las alegaciones que estimen pertinentes en el plazo de veinte días a contar desde la fecha de publicación del presente edicto. En San Fulgencio 31 de OCTUBRE de 2013. EL ALCALDE-PRESIDENTE-D. Carlos Ramírez Sansano. *1320670* AYUNTAMIENTO DE POLOP EDICTO Aprobado inicialmente por el Pleno de esta Corporación en sesión ordinaria celebrada el día 4 de noviembre de 2013, el Presupuesto General y Plantilla de personal para el Ejercicio 2014, se expone al público durante el plazo de 15 días hábiles el expediente completo a efectos de que los interesados, según lo preceptuado en el art. 169.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por RD Legislativo 2/2004, de 5 de Marzo, puedan examinarlo y presentar reclamaciones. En el supuesto de que en el plazo de exposición pública no se presentaran reclamaciones, el presupuesto se entenderá definitivamente aprobado. Polop de la Marina, a 5 de noviembre de 2013 El Alcalde (firma electrónica al margen) Gabriel Fernández Fernández *1320770* *1320556* AYUNTAMIENTO DE TEULADA EDICTO Habiendo sido intentada la notificación de las resoluciones de concesión de autorización/licencia de obras, dictadas por la Concejalía de Licencias y Disciplina Urbanística, en los expedientes de solicitud de obras tramitados, contenidos en la relación que se incluye en la presente, y no siendo posible su práctica, de conformidad con lo previsto en el art. 59.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, se procede a la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, sin perjuicio de la inserción del presente en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento. NÚM. EXPTE. INTERESAD@/S EMPLAZAMIENTO DE LAS OBRAS 71/2013/DR-OMEN 93/2013/DR-OMEN 186/2013/DR-OMEN 188/2013/DR-OMEN 233/2013/DR-OMEN 236/2013/DR-OMEN 240/2013/DR-OMEN 246/2013/DR-OMEN 254/2013/DR-OMEN ANTONY GERALD MENOU MIGUEL ANGEL RODRIGUEZ-TORICES ANGEL ORTOLA FELIU MANUEL OLIVARES SANCHEZ JOSE FONT VALLES LENI DALAZEM MARZAL PROMO, S.L. NILSSON-JEPPSON CARINA MAMUCHASHVILI OTARI CALLE JEDDA 63 CALLE PUERTO DE BEJAR 2 POL. 5 PARC. 134 CALLE ASUAN 4 CALLE DOCTOR CALATAYUD BAYA 16 2º AVDA. MADRID 5 BAJO CALLE CABO ESTACA DE BARES 32 CALLE ROBLE 25 CALLE BENIGANIM 45 B Lo que pongo en su conocimiento a los efectos oportunos haciéndole saber que contra dicho acuerdo podrá interponer, recurso potestativo de reposición, en el plazo de 1 mes ante el mismo órgano que lo adoptó, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de 2 meses, a partir del día siguiente al de la publicación del presente en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en Alicante. En Teulada, el Alcalde, Antoni Joan Bertomeu Valles El Secretario General, Simeón García García *1320612* boletín oficial de la provincia - alicante, 8 noviembre 2013 - n.º 213 AYUNTAMIENTO DE VILLAJOYOSA EDICTO Desconociéndose el paradero actual de los interesados, de conformidad con lo establecido en el Art. 59.5 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas, mediante el presente edicto, se practica la notificación a los interesados con la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento, de la Resolución núm 3626 de fecha 8 de octubre de 2013, que se transcribe a continuación: «Asunto: Baja oficio Padrón Habitantes expte. BO 6/13 Visto que en estas dependencias se ha solicitado, con R.E. núm 2013007628, baja de inscripción el el Libro Padrón Municipal de Habitantes de las personas que ya no residen en el domicilio en el que figuran empadronadas. Concluida la instrucción de expediente de baja de oficio BO 6/13 y visto el Dictamen favorable emitido por la Sección Provincial de Alicante del Consejo de Empadronamiento en sesión de 25 de septiembre de 2013. De conformidad con dispuesto en el artículo 72 del Real Decreto 2.612/1996 de 20 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de la Entidades Locales, en el que se establece la obligatoriedad de inscribirse en el en el Padrón Municipal de Habitantes del municipio en el que reside habitualmente y de lo dispuesto en el apartado II- 1 c 2) de la Resolución de 1 de abril de 1997 de la Presidenta del Instituto Nacional de Estadística y del director General de Cooperación Territorial, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión y revisión del Padrón Municipio, por la presente: Vengo en RESOLVER: Primero: Declarar la baja por inscripción indebida en el Padrón de Habitantes de este municipio, por no cumplir con los requisitos establecidos en el Art. 54 del mencionado reglamento, de las personas relacionadas a continuación: APELLIDOS Y NOMBRE DNI / NIE/ PAS MELLOUKIRIBEIRO VICTOR MANUEL Y1676286-Z Segundo: Notificar la presente resolución a los interesados con indicación de los recursos que contra la misma puedan formularse.» Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa cabe interponer recurso potestativo de reposición ante este órgano en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la fecha de recepción de la presente notificación o bien recurso Contencioso - Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Alicante en el plazo de dos meses, contados igualmente desde el día siguiente a la recepción de esta notificación. Durante el mes de agosto no correrá el plazo para interponer recurso Contencioso - Administrativo. Ello sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que estime procedente. Villajoyosa, 24 de octubre de 2013 El Alcalde, Jaime Lloret Lloret *1320686* EDICTO Desconociéndose el paradero actual de los interesados, de conformidad con lo establecido en el Art. 59.5 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas, mediante el presente edicto, se practica la notificación a los interesados con la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento, de la Resolución núm 3625 26 butlletí oficial de la província - alacant, 8 novembre 2013 - n.º 213 de fecha 8 de octubre de 2013, que se transcribe a continuación: «Asunto: Baja oficio Padrón Habitantes expte. BO 7/13 Visto que en estas dependencias se ha solicitado, con R.E. núm 2013007853, baja de inscripción el el Libro Padrón Municipal de Habitantes de las personas que ya no residen en el domicilio en el que figuran empadronadas. Concluida la instrucción de expediente de baja de oficio BO 7/13 y visto el Dictamen favorable emitido por la Sección Provincial de Alicante del Consejo de Empadronamiento en sesión de 25 de septiembre de 2013. De conformidad con dispuesto en el artículo 72 del Real Decreto 2.612/1996 de 20 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de la Entidades Locales, en el que se establece la obligatoriedad de inscribirse en el en el Padrón Municipal de Habitantes del municipio en el que reside habitualmente y de lo dispuesto en el apartado II- 1 c 2) de la Resolución de 1 de abril de 1997 de la Presidenta del Instituto Nacional de Estadística y del director General de Cooperación Territorial, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión y revisión del Padrón Municipio, por la presente: Vengo en RESOLVER: Primero: Declarar la baja por inscripción indebida en el Padrón de Habitantes de este municipio, por no cumplir con los requisitos establecidos en el Art. 54 del mencionado reglamento, de las personas relacionadas a continuación: APELLIDOS Y NOMBRE DNI CAMPOY ROMERO JOSE 48295694-H Segundo: Notificar la presente resolución a los interesados con indicación de los recursos que contra la misma puedan formularse.» Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa cabe interponer recurso potestativo de reposición ante este órgano en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la fecha de recepción de la presente notificación o bien recurso Contencioso - Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Alicante en el plazo de dos meses, contados igualmente desde el día siguiente a la recepción de esta notificación. Durante el mes de agosto no correrá el plazo para interponer recurso Contencioso - Administrativo. Ello sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que estime procedente. Villajoyosa, 24 de octubre de 2013 El Alcalde, Jaime Lloret Lloret *1320687* AYUNTAMIENTO DE VILLENA ANUNCIO De conformidad con lo que se dispone en el artículo 58.2 del Decreto 120/2006, de 11 de agosto, Reglamento de Paisaje de la Comunidad Valenciana, se somete a información pública, durante quince días, contados a partir del siguiente al de inserción de este Anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, el Estudio de Integración Paisajística referido al proyecto de «LEGALIZACIÓN DE CUBIERTO PARA ALMACÉN ANEXO A VIVIENDA UNIFAMILIAR AISLADA «, EN PARAJE EL ROMERAL, PARCELAS 117 Y 118, de éste término municipal, promovido por D. DIEGO APARICIO GONZÁLEZ. El Estudio, redactado por el Arquitecto D. Julían Lagullón Escamilla, se encuentra en la Oficina de Obras y Urbanismo del Ayuntamiento de Villena, durante el referido plazo de exposición. Villena, 16 de octubre de 2013 EL CONCEJAL DELEGADO DE URBANISMO, Carlos Beltrán Esteve. *1320564* boletín oficial de la provincia - alicante, 8 noviembre 2013 - n.º 213 EDICTO Aprobado inicialmente por el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 31 de octubre de 2013, el expediente número 1 de Modificación de Créditos en el Presupuesto Municipal para el ejercicio 2013, de conformidad con lo previsto en el artículo 177 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, el expediente se expone al público por plazo de quince días hábiles en las oficinas de la Secretaría de este Ayuntamiento, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar las reclamaciones que estimen oportunas, considerándose definitivamente aprobado, si durante el citado plazo, no se hubieran presentado reclamaciones. Villena, 4 de noviembre de 2013. El Alcalde Fdo. Francisco Javier Esquembre Menor *1320709* AYUNTAMIENTO DE XALÓ EDICTO En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 15.1, 17.1 y 2 del R.D.L. 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el Ayuntamiento Pleno en sesión de fecha treinta de octubre de dos mil trece, acordó aprobar, con carácter provisional: a) Modificación de la Imposición y ordenación modificada de la siguiente Ordenanza Fiscal: - Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por la Prestación del Servicio de Recogida, Tratamiento y Eliminación de Residuos Sólidos Urbanos. b) Imposición y ordenación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por recogida de vehículos y contenedores de la vía pública. De conformidad con lo dispuesto en el citado artículo 17.1 y 2 del R.D.L. 2/2004 de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el presente acuerdo provisional, se expone al público en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento durante el plazo de 30 días hábiles, a fin de que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. Dicha exposición al público comenzará a contar a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia. Xaló, cuatro de noviembre de 2013. El Alcalde, Joan Miquel Garcés Font. *1320627* EDICTO Aprobado inicialmente por el Pleno de la Corporación en la sesión celebrada el día treinta de octubre de dos mil trece, el Expediente de Modificación de Créditos número 4/ 2013 del Presupuesto vigente del Ayuntamiento de Xaló, mediante transferencia de crédito, modificación del Anexo de Subvenciones nominativas y de la Bases de Ejecución 32.2.A y 32.3.séptima del Presupuesto General Municipal para 2013, con la finalidad de conceder una subvención nominativa a la Asociación de Madres y Padres del Colegio Público Virgen Pobre de Xalo, por importe de 1.331 euros, y al objeto de dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 165.1 in fine y 179.4, en relación con el 169.1, todos ellos del R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, queda expuesto al público en el Departamento de Secreta- 27 butlletí oficial de la província - alacant, 8 novembre 2013 - n.º 213 ría-Intervención de municipal, sito en la calle Iglesia nº 27 de esta ciudad de Xaló, el citado Expediente por plazo de QUINCE DÍAS hábiles, contados a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, durante los cuales, los interesados a que se refiere el apartado 1 del artículo 170 del citado texto legal y por los motivos enumerados en el apartado 2 del referido artículo 170, podrán examinarlo y presentar cuantas reclamaciones procedan ante el Pleno. En el supuesto de no presentarse reclamaciones, el expediente se considerará definitivamente aprobado. Xaló, 4 de noviembre de 2013. El Alcalde. Joan Miquel Garcés Font. *1320628* DIPUTACIÓN PROVINCIAL ALICANTE ANUNCIO Se procede a la Convocatoria de una Beca de Formación en control interno de la gestión económico-financiera de las entidades locales, con destino al Departamento de Intervención, según Convenio de colaboración entre la Excma. Diputación Provincial de Alicante y el Colegio Oficial de Economistas de Alicante, suscrito el 2 de mayo de 2012 y cuyo clausulado fue objeto de Addenda el 28 de diciembre de 2012 y la del 5 de noviembre de 2013. BASES DE LA CONVOCATORIA 1ª.- El número de becas a conceder será de una, su duración será de seis meses prorrogable por otros seis meses. El gasto mensual total que supone a la Corporación será de 800,00 € e incluye la Seguridad Social a cargo de la Diputación de Alicante, derivado de la aplicación del Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre. El beneficiario percibirá directamente por meses vencidos el importe mensual anterior, descontada la Seguridad Social a cargo de la Corporación. Además, serán de aplicación los descuentos correspondientes al I.R.P.F. y Seguridad Social a cargo del becario. 2ª.- El becario realizará las tareas específicas de la beca en las dependencias del Departamento de Intervención de la Diputación de Alicante, sitas en la calle Tucumán nº 8 de Alicante. 3ª.- La beca objeto del presente Convenio se adjudicará mediante concurso entre los diversos aspirantes a la misma, que reúnan los siguientes requisitos y los acrediten documentalmente: a) Ser español y residir en territorio de la provincia de Alicante. b) Haber finalizado la licenciatura o grado en Ciencias Económicas y Empresariales o en cualquiera de las titulaciones indicadas en el artículo 9º del Estatuto Particular del Colegio de Economistas de Alicante como máximo, dentro de los tres cursos académicos inmediatamente anteriores al de la Convocatoria de la Beca. c) Estar colegiado o formalizar la inscripción como tal antes de finalizar el plazo para presentar la solicitud de la Beca. 4ª.- Las solicitudes serán dirigidas al Colegio Oficial de Economistas de Alicante, y se presentarán, en plazo hábil, en la sede del mismo, de lunes a viernes, desde las 9 a las 15 horas. Tales solicitudes podrán recogerse en la propia sede del Colegio. a) El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. Si el último día fuera inhábil, se entenderá que el plazo expira el primer día hábil siguiente. No obstante, se dará noticia de cada convocatoria, con expresión de la apertura del plazo y de su término, mediante anuncios que se insertarán en los tablones del Colegio y de las Universidades de la provincia de Alicante y de la Diputación Provincial. boletín oficial de la provincia - alicante, 8 noviembre 2013 - n.º 213 b) Las solicitudes deberán acompañarse de la siguiente documentación: b.1) Certificación académica personal o documento sustitutivo que acredite haber alcanzado la titulación correspondiente, con las calificaciones obtenidas, nota media obtenida, convocatoria y curso. b.2) Curriculum. b.3) Certificado de empadronamiento. b.4) Toda la documentación que juzgue pertinente adjuntar como mérito personal. En caso de trabajos realizados o publicados se deberá adjuntar una copia de ellos. b.5) Fotocopia del D.N.I. y número de teléfono. c) Toda la documentación deberá presentarse en documentos originales o en fotocopias debidamente compulsadas. La documentación que no cumpla estos requisitos no será tenida en cuenta a la hora de baremar el expediente personal del solicitante. d) Si la solicitud no reúne los requisitos previstos en esta Base, se requerirá al interesado para que, en el plazo de 2 días hábiles, complete dicha documentación exigida. En caso de no ser así se considerará que desiste de su petición y ésta será archivada. 5ª.- Las becas son incompatibles con otras que pudieran concederse para la misma o similar actividad. El beneficiario de una beca convocada por el Colegio Oficial, en colaboración con la Diputación, no podrá disfrutar durante el mismo ejercicio, de otras convocadas dentro del marco establecido por los convenios para la formación entre la Diputación y el Colegio Oficial. 6ª.- Son obligaciones del beneficiario: a) Colaborar con el personal técnico del Departamento de Intervención de la Diputación de Alicante, en materias objeto de la beca por cuyo motivo deberá cumplir el horario oficial, realizando las tareas que se le encarguen. Deberá incorporarse al Departamento de Intervención en la fecha indicada, salvo autorización expresa. La falta de incorporación, o la inasistencia ulterior injustificada se interpreta como renuncia a la beca. Deberán hacer uso adecuado de las instalaciones y dependencias de la Diputación. Se nombrará un tutor para el becario que será el responsable de encargarle las tareas específicas, al cual deberá informar y responder de su actividad. b) Acreditar ante la Diputación Provincial la realización de la actividad encomendada. En este sentido el tutor, supervisará periódicamente la tarea realizada y la formación técnica adquirida por los becarios. c) Redactar una memoria detallada de las tareas realizadas. Esta memoria que tendrá un mínimo de 7 folios y un máximo de 10, se habrá de presentar en el registro del Departamento de Intervención de la Diputación, en el plazo de tres días una vez finalizada la beca, de la que se remitirá copia al Colegio. En la memoria deberá constar: nombre y apellidos del Colegiado/a, edad, titulación, nombre del Tutor/ a asignado por parte de la Excma. Diputación de Alicante, nombre del Tutor/a asignado por el Ilustre Colegio de Economistas de Alicante, Área o Áreas en la que ha desempeñado sus tareas; descripción de las funciones y tareas desarrolladas indicando su grado de dificultad en una escala del 1a 5 e indicando su utilidad desde una perspectiva profesional; opinión sobre la labor técnica desarrollada por el Tutor responsable de las funciones y tareas encomendadas; valoración de la satisfacción global del desarrollo de la beca en una escala del 1 al 5; sugerencias y observaciones. La memoria deberá ser suscrita por el Colegiado/a con el visto bueno de los Tutores responsables tanto de la Excma. Diputación de Alicante como del Ilustre Colegio Oficial de Economistas de Alicante. d) Comunicar al Colegio y a la Diputación Provincial la obtención de subvenciones o ayudas para la misma finalidad, procedentes de otras Administraciones o Entes públicos o privados. e) Dada su condición de Economista, el becario estará sujeto al cumplimiento de los principios deontológicos de los economistas valencianos, en especial deberán guardar el debido sigilo con relación a los asuntos que conozcan en el desempeño de sus tareas. 28 butlletí oficial de la província - alacant, 8 novembre 2013 - n.º 213 Así mismo, por el Colegio de Economistas de Alicante se nombrará un tutor que será el vocal del Colegio que tenga la responsabilidad de la Comisión de Servicio de Empleo, que supervisará periódicamente la tarea realizada y la formación técnica adquirida por los becarios. 7ª.- Las becas finalizarán por las siguientes causas: a) Finalización del plazo de duración de la beca. b) Por renuncia de la persona interesada. c) Por pérdida de las condiciones o requisitos para la adjudicación de la beca. d) Por revocación de la concesión de la beca por incumplimiento de las obligaciones. e) Si a la vista de los informes emitidos por el tutor asignado, se apreciará que el becario no ha cumplido sus compromisos relativos a las tareas y servicios de formación que se le haya encomendado. La convocatoria anticipada y la concesión de las becas estarán condicionadas a la existencia de crédito adecuado y suficiente en los respectivos presupuestos de la Excma. Diputación Provincial de Alicante. 8ª.- Para la valoración de los méritos de los solicitantes se constituirá una Comisión Calificadora integrada por: Presidente, el Vicepresidente 2º y Diputado de Economía y Hacienda de la Excma. Diputación de Alicante. Vicepresidente, el Decano del Colegio Oficial de Economistas de Alicante. Vocales, el Interventor/a, el Jefe del Servicio de Contabilidad y Control Financiero de la Excma. Diputación Provincial y el responsable del Servicio de Empleo del Colegio Oficial de Economistas de Alicante. Secretario, el Secretario Técnico del Colegio Oficial de Economistas de Alicante. La Comisión Calificadora elaborará su propuesta dentro del plazo más breve posible desde el día siguiente al que finalice el plazo de presentación de instancias, disponiendo de facultades para realizar por medio de sus miembros cuantas comprobaciones estime necesarias para la calificación de los méritos aducidos. Una vez finalizada la correspondiente valoración de cada uno de los aspirantes, la Comisión Calificadora formulará una relación en la que habrán de figurar, por orden de puntuación, los aspirantes a la Beca, y elevará a la Junta de Gobierno de la Excma. Diputación, con propuesta de concesión de la Beca a favor del solicitante que haya obtenido mayor puntuación, quedando los restantes en situación de suplencia. El acuerdo por el que se adjudique la Beca será publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante y expuesto al público en el Tablón de Anuncios de la Excma. Diputación Provincial y del Colegio Oficial de Economistas. 9ª.- El proceso de selección constará de dos fases 9.1. Primera Fase eliminatoria. En ella se evaluará lo siguiente: a) Expediente académico personal, hasta 7,5 puntos b) Otros méritos relacionados con la materia objeto de esta convocatoria, que estime la Comisión calificadora que deban ser valorados, conseguidos tras la finalización de la licenciatura o grado, hasta 1.5 puntos. 9.2. Segunda fase. En ella se evaluará lo siguiente: a) Entrevista personal, hasta 1 punto. En esta segunda fase sólo participarán los que obtengan una puntuación suficiente en la primera fase, que haga posible que sumada a la puntación de la entrevista puedan ser adjudicatarios de la beca. 10ª.- En el caso de que alguno de los beneficiarios propuesto renunciase a la Beca, ésta podrá recaer, previo nombramiento de la Presidencia de la Excma. Diputación, sin perjuicio de las delegaciones que se realicen, en el primero de los suplentes propuesto por la Comisión Calificadora. Por otra parte, si por cualquier motivo, la Beca concedida quedase sin efecto, recaerá la misma en el solicitante que, por puntuación, siga como suplente en el orden establecido por la Comisión Calificadora, quien podrá disfrutarla durante el tiempo que restase al sustituido, extremo que deberá aprobarse mediante resolución de la Presidencia de la Excma. Diputación, sin perjuicio de las delegaciones que se realicen. boletín oficial de la provincia - alicante, 8 noviembre 2013 - n.º 213 Si en el plazo de tres meses contado desde el día que finalice el plazo de presentación de solicitudes no se produjese la resolución de esta Convocatoria, se entenderá, que todas las peticiones quedan desestimadas. 11ª.- La relación que se establece entre el becado y la Diputación de Alicante no constituye una relación laboral, sin perjuicio de su aplicación de las normas que procedan en materia de Seguridad Social y prevención de riesgos laborales. Al no existir relación laboral, la finalización de la beca no genera ningún derecho de indemnización, ni ningún derecho para una posterior incorporación a la plantilla. No se podrá compatibilizar de disfrute de la beca con cualquier tipo de contrato ya sea por cuenta ajena o en régimen de autónomo. 29 butlletí oficial de la província - alacant, 8 novembre 2013 - n.º 213 Sí una vez iniciado el disfrute de la beca el becario suscribe contrato por cuenta ajena o se da de alta en el régimen de autónomos, se pondrá fin al disfrute de la beca». Alicante, a 6 de noviembre de 2013 EL OFICIAL MAYOR P.D., Fdo.: José Vicente Catalá Martí EL VICEPRESIDENTE 2º Y DIPUTADO DE ECONOMÍA Y HACIENDA, Fdo.: Cesar Augusto Asencio Adsuar *1320858* ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO UNO ALICANTE EDICTO JOSÉ AGUSTÍN RIFE FERNÁNDEZ RAMOS, SECRETARIO DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM 1 DE LOS DE ALICANTE HAGO SABER: Que en este Juzgado, se siguen autos núm. 000475/2013 a instancias de MARIA JOSEFA ASENSI SOLER contra AUTOCARES COSTA AZUL SL, LUMEN SERVICIOS Y MANTENIMIENTOS SL, FOGASA y LA UNION, COMUNIDAD DE BIENES en la que el día 27-09-2013 se ha dictado resolución cuya parte dispositiva dice: DILIGENCIA DE ORDENACION DE SU S.Sª./ SECRETARIO/A SR/A D./Dª. JOSÉ AGUSTÍN RIFE FERNÁNDEZ RAMOS/ En Alicante, a veintisiete de septiembre de dos mil trece. La extiendo yo, el Secretario Judicial, para hacer constar la entrada del anterior escrito de fecha 26-09-2013 de la parte demandante, el mismo únase a los autos de su razón y, téngase por ampliada la demanda frente a la empresa LA UNIÓN, COMUNIDAD DE BIENES. Cítese a la misma para comparecer a juicio con entrega de copia de la demanda y Decreto de incoación. Notifíquese la presente resolución a las partes, con la advertencia de que contra la misma cabe interponer ante este mismo Juzgado recurso de Reposición en el plazo de 3 días desde su notificación, debiendo consignar la cantidad de 25 euros en la Cuenta de Consignaciones de este Juzgado en cualquier sucursal de Banesto, con especificación en el mandamiento de ingreso (Cuenta Juzgado núm. 01110000- Concepto: Recurso, Tipo: reposición/Social, código 61- número de expte: 0475-13) o por transferencia bancaria (indicándose después de los 16 dígitos el código y tipo de recurso) al tiempo de interponerlo, únicamente por quienes no tengan la condición de trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, con la advertencia de que no se admitirá ningún recurso cuyo depósito no esté constituído (L.O. 1/ 2009 de 3 de noviembre). Doy fe. EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL Y para que conste y sirva de notificación a LUMEN SERVICIOS Y MANTENIMIENTOS SL que se encuentra en ignorado paradero, así como para su inserción en el Tablón de anuncios y publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, expido el presente en ALICANTE, a cuatro de noviembre de dos mil trece. EL SECRETARIO JUDICIAL *1320624* EDICTO PROCEDIMIENTO NÚMERO 001119/2012 JOSÉ AGUSTÍN RIFE FERNÁNDEZ RAMOS, SECRETARIO DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO UNO DE ALICANTE. POR MEDIO DEL PRESENTE EDICTO HACE SABER: Que en el procedimiento que se sigue en este Juzgado de lo Social con el nº 001119/2012 por Despidos instado por MATIAS SANCHIZ VIDAL, VICTOR RAMON LOPEZ CASTELLO, JAVIER TRIBALDO SANCHIZ y JOSE MIGUEL VERA POVEDA frente a CALZADOS RONES SL y FOGASA se ha dictado sentencia de fecha 24/10/2013, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: «FALLO: Que estimando la demanda planteada porlos actoresdebo declarar y declaro NULOel despido de que fueron objeto el 8/10/12, condenando a la empresa Calzados Rones S.L a estar y pasar por ello y a abonarles: A D. Matías Sanchiz Vidal una indemnización por importe de1.528 €, así como los salarios dejados de percibir hasta esta fecha, cuantificados definitivamente en 14.592,40 €. A D. Victor Ramón López Castelló una indemnización por importe de2.550,69 €, así como los salarios dejados de percibir hasta esta fecha, cuantificados definitivamente en 14.542,74 € . A D. Javier Tribaldo Sanchiz una indemnización por importe de1.489,80€, así como los salarios dejados de percibir hasta esta fecha, cuantificados definitivamente en 14.592,40 €. A D. José Miguel Vera Poveda una indemnización por importe de1.528 €, así como los salarios dejados de percibir hasta esta fecha, cuantificados definitivamente en 14.592,40 €. Declarando extinguida en esta fecha la relación laboral entre las partes, sin perjuicio de las responsabilidades legales del FGS. Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiéndoles que contra la presente podrán interponer Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana. Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo. Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiéndoles que el Recurso procedente contra la misma es el de SUPLICACION, ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Valencia, anunciándolo en este Juzgado de lo Social, en el término de CINCO DIAS hábiles a partir del siguiente de notificación de la resolución, debiendo acreditar el recurrente, excepto el trabajador o el que goce de beneficio de justicia gratuita, haber ingresado la cantidad objeto de condena en la cuenta corriente nº 0111 clave 65 (pudiendo sustituirse la consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario), con indicación del número de procedimiento, la cantidad objeto de condena, y haber consignado, como depósito en efectivo la suma de 300 Euros . boletín oficial de la provincia - alicante, 8 noviembre 2013 - n.º 213 En la cuenta corriente nº 0111 clave 67, ambas en el BANCO BANESTO sucursal sita en la C/Foglieti 24 de Alicante. Igualmente a la interposición (formalización) del Recurso, y si no goza del beneficio de justicia gratuita, dberá acreditar haber ingresado en la AEAT MEDIANTE E L MODELO 696 la TASA JUDICIAL de 500 EUROS, más la parte correspondiente según la escala establecida en el art. 7, 1 y 7,2 de la Ley 10/2012 DE TASAS JUDICIALES. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo el Ilmo/a. Sr/a. D/ña. ENCARNACION LORENZO HERNANDEZ, Magistrado/a-Juez del Juzgado de lo Social Nº Uno de Alicante. Firmado y Rubricado. Es copia. EL SECRETARIO. Y PARA QUE SIRVA DE NOTIFICACIÓN CALZADOS RONES, SL CUYO PARADERO ACTUAL SE DESCONOCE Y EL ÚLTIMO CONOCIDO LO FUE EN C/Ronda del Parque, 9-1º de Monóvar expido el presente en Alicante a cuatro de noviembre de dos mil trece para su inserción en el B.O.P. EL SECRETARIO JUDICIAL *1320631* EDICTO D. JOSE AGUSTIN RIFE FERNANDEZ-RAMOS, SECRETARIO DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO UNO DE ALICANTE. HACE SABER: Que en la ejecución que se tramita ante este Juzgado bajo el número 000301/2013 por Cantidades instado por MIGUEL ANGEL LOPEZ SOLA, contra HEYCA MOLDES SL, se ha dictado Auto y Decreto de fecha cuatro de noviembre de dos mil trece cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal: S.Sª Iltma, por ante mi, DIJO: Procédase a la ejecución y se decreta, sin previo requerimiento, el embargo de bienes de la parte ejecutada HEYCA MOLDES SL suficientes para cubrir la cantidad de 15341,35 € en concepto de principal, más la de 2454,61 €, que sin perjuicio se fijan provisionalmente en concepto de intereses por demora y costas con inclusión, si procediera de minuta de honorarios. Sirviendo la presente resolución de Mandamiento en forma para la comisión judicial que haya de practicar el embargo, así como para solicitar el auxilio de la Fuerza Pública, si preciso fuere, guardándose en la traba el orden y limitaciones establecidos en la L.E.C. Contra el presente auto no cabe recurso alguno. Así lo acordó y firma el Ilmo. D. ENCARNACION LORENZO HERNANDEZ Mágistrado-Juez del Juzgado de lo Social número uno de Alicante. Doy fe. PARTE DISPOSITIVA En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, ACUERDO: PRIMERO.- Adviértase y requiérase al ejecutado: a) a que cumpla las resoluciones firmes judiciales, y preste la colaboración requerida en la ejecución de lo resuelto (art. 576 L.E.C.) las costas y gastos judiciales que se devenguen, a cuyo cargo se imponen, c) a que se abstenga de realizar actos de disposición sobre su patrimonio que pudieran implicar su situación de insolvencia u ocultar sus bienes para eludir el cumplimiento de sus obligaciones o el que éstas fueran satisfechas por el Fondo de Garantía Salarial (arts. 257 y ss C.P.), indicándosele que está tipificado como delito contra la libertad y seguridad en el trabado el hacer, en caso de crisis de una empresa, ineficaces maliciosamente los derechos de los trabajadores, responsabilidad penal que se extiende, tratándose de personas jurídicas, a los administradores o encargados del servicio que hubiere cometido los hechos o que conociéndolo y pudiendo hacerlo, no hubieren adoptado las medidas para remediarlos (arts 258 y ss C.P.) d) adviértase y requiérase asi mismo, al ejecutado o a sus administradores o representantes de tratarse de personas jurídicas o grupos de personalidad; a) a que, en el plazo máximo de TRES DÍAS HÁBILES a contar desde la notificación de este auto, de no haber abonado la total cantidad 30 butlletí oficial de la província - alacant, 8 novembre 2013 - n.º 213 objeto de apremio y sin perjuicio de los recursos que pudiera interponer que no suspenderán la exigencia de esta obligación, efectúe manifestación sobre sus bienes o derechos de cualquier naturaleza sobre sus bienes y de estar sujetos a otro proceso, concretar los extremos de éste que puedan interesar a la ejecución (art. 244 y 245 L.R.J.S 36/2011 y 589 L.E.C.). SEGUNDO.- El incumplimiento de lo que antecede implicará la posibilidad e imponerle el abono de apremios pecuniarios de hasta 300,00 €, por cada día que se retrase en el cumplimiento de dar o entregar las sumas de dinero objeto de apremio o en el cumplimiento de las obligaciones legales que se le imponen en la presente resolución judicial (art. 241 LRJS 36/2011). TERCERO.- Dígase a la empresa ejecutada que continuara desarrollando su actividad productiva que si el pago puntual de la cantidad objeto de apremio por la misma o la subasta de bienes embargados afectos al proceso productivo, pudiera poner en peligro la conservación de puestos de trabajo, podría instar directamente ante el FOGASA justificando tales extremos, el anticipo de cantidades a su cargo y la subrogación de los derechos del ejecutante, sin que ello paralice el proceso de ejecución salvo que lo solicite expresamente al FOGASA (art. 33, 51 TRE.T. y 276 y 277 LRJS 36/ 2011), así como el que por los trabajadores afectados se pueda instar el aplazamiento por el tiempo imprescindible (art. 245 LRJS 36/2011). CUARTO.- Practíquese diligencia de embargo sobre bienes o derechos del deudor en cuantía suficiente para cubrir el importe de lo debido, conforme lo dispuesto en el art. 592 LEC y 254 LRJS 36/2011, depositando los bienes embargados conforme a derecho. Sirva la presente resolución de Mandamiento en forma para la Comisión judicial que haya de practicar el embargo, asi como para solicitar el auxilio de la Fuerza Pública, si fuera preciso, guardánsoe en la traba el orden y limitaciones establecidos en la LEC. Notifíquese el presente a las partes, con la advertencia de que no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición, que con arreglo a los arts. 556 a 558 de la L.E.C. se puedan alegar (art. 551.2 L.E.C.). QUINTO.- Sin perjuicio de todo ello, procédase a la averiguación de bienes del apremiado de conformidad con el art. 250 LRJS 36/2011, mediante el acceso a las aplicaciones informáticas disponisbles. («Conforme y siéndole aplicable la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de Diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y demás legislación vigente en la materia, los datos contenidos en esta comunicación y en la documentación adjunta son confidenciales, quedando prohibida su transmisión o comunicación pública por cualquier medio o procedimiento, y debiendo ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia».) SEXTO.- La anterior documentacion obtenida a traves del Punto Neutro Judicial, únase a los autos de su razón, y conforme a lo interesado, líbrese oficio a las entidades bancarias que constan en la misma, comunicándoles que con esta fecha se DECRETA el embargo sobre los saldos en cuenta de todo tipo abiertas en esa entidad bancaria a nombre del ejecutado, a fín de que RETENGAN las cantidades que resulten a disposición de este Juzgado, hasta cubrir las sumas que se reclaman de 15341,35 €, de principal y otras 2454,61 € que se presupuestan para intereses y costas, que remitirá mediante ingreso en la « cuenta de consignaciones y depósitos» que este Juzgado tiene abierta en el BANESTO, núm. 0111, clave 64, ejecución nº 000301/ 2013, de la oficina 3230, c/ Foglietti 24 Alicante. Asimismo certifíquese en su caso, que el demandado no mantiene cuenta abierta con dicha entidad, ó que en ella no existe saldo favorable. Igualmente requierase a la Dirección de dicha entidad para que remita extracto de movimiento de las cuentas, referido a los dos últimos meses, debiendo cumplir con el presente requerimiento en el improrrogable plazo de DIEZ DIAS. SEPTIMO.- Se declara el embargo telemático desde el PNJ de las posibles devoluciones tributarias de la AEAT así boletín oficial de la provincia - alicante, 8 noviembre 2013 - n.º 213 como los depósitos y saldos favorables que arrojen las cuentas bancarias de la ejecutada, en cuantía suficiente para cubrir el principal, intereses y costas de la presente ejecución. Notifiquese a la parte actora y al FOGASA, y respecto de la notificación a la ejecutada, de conformidad con lo dispuesto en el art. 54.3 LPL para asegurar la efectividad de la presente resolución se acuerda la demora de la práctica de la notificación por el tiempo indispensable para lograr dicha efectividad. Y para que sirva de notificación en forma a HEYCA MOLDES SL, cuyo paradero actual se desconoce y el último conocido fue en C/ CADIZ, Nº 62, IBI, expido el presente en Alicante a cuatro de noviembre de dos mil trece, para su inserción en el B.O.P. EL SECRETARIO JUDICIAL *1320645* 31 butlletí oficial de la província - alacant, 8 novembre 2013 - n.º 213 EDICTO JOSÉ AGUSTÍN RIFE FERNÁNDEZ RAMOS, SECRETARIO JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM 1 DE LOS DE ALICANTE HAGO SABER: Que en este Juzgado, se siguen autos DESPIDO/CESES EN GENERAL - 000809/2013 a instancias de ISABEL PALAZON ABELLAN contra MOMUSO COLLECTION SL, RAIZA SHOES SL y FOGASA en el que, por medio del presente se cita a RAIZA SHOES SL, quien se halla en ignorado paradero y cuyo último domicilio conocido es C/ SAN FRANCISCO, Nº 51 -03650 PINOSO- para que comparezca ante este JUZGADO DE LO SOCIAL, sito en Calle PARDO GIMENO,43 2º al objeto de celebrar acto de conciliación y, en su caso, juicio, el día 26 DE FEBRERO DE 2015 A LAS 9:50 HORAS horas, con advertencia de que el juicio no se suspenderá por la incomparecencia injustificada de las partes. En Alicante, a cuatro de noviembre de dos mil trece. EL SECRETARIO JUDICIAL *1320711* EDICTO D.JOSE AGUSTIN RIFE FERNANDEZ RAMOS, SECRETARIO DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO UNO DE ALICANTE. HACE SABER: Que en el procedimiento que se sigue en este Juzgado de lo Social con el nº 000993/2011, 46/13 Y 50/ 13 por Seguridad Social: Prestaciones, instado por ROBERTO ARTILLO OLIVARES, frente a INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, MUTUA DE ACCIDENTES DE TRABAJO UMIVALE, MILAN VERDU SL y TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, se ha dictado Diligencia de Ordenación traslado de impugnación de fecha 4 Noviembre 2013 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: DILIGENCIA DE ORDENACION / En ALICANTEa, cuatro de noviembre de dos mil trece. SECRETARIO. SR. JOSÉ AGUSTÍN RIFE FERNÁNDEZ RAMOS De conformidad con el art. 197, 2 y 3 LRJS 36/2011, se tiene por impugnado por la parte demandante D. Roberto Artillo Olivares, en tiempo y forma, el recurso de Suplicación en su día anunciado dése traslado del mismo a las demás partes, y toda vez conste la notificación de la presente resolución, sin más trámites elévense los autos a la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia, junto con el recurso y escritos presentados. Notifiquese la presente resolución a las partes, con la advertencia de que contra la misma cabe interponer ante este mismo Juzgado recurso de Reposición en el plazo de 3 días desde su notificación, debiendo consignar la cantidad de 25 euros en la Cuenta de Consignaciones de este Juzgado en cualquier sucursal de Banesto, con especificación en el mandamiento de ingreso (Cuenta Juzgado núm. 01110000- Concepto: Recurso, Tipo: reposición/Social, código 30- número de expte:000874/2010) o por transferencia bancaria (indicándose después de los 16 dígitos el código y tipo de recurso) al tiempo de interponerlo, únicamente por quienes no tengan la condición de trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, con la advertencia de que no se admitirá ningún recurso cuyo depósito no esté constituído (L.O. 1/ 2009 de 3 de noviembre). Doy fe. . Y para que sirva de notificación a MILAN VERDU SL, cuyo paradero actual se desconoce y el último conocido lo fue en c/Camino de San Juan, 13 y c/San Sebastián, 5 Entlo. de Villena, expido la presente en cuatro de noviembre de dos mil trece. EL SECRETARIO JUDICIAL. *1320678* JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO DOS ALICANTE EDICTO ROMAN HUERTAS NAFRIA, SECRETARIO JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM 2 DE LOS DE ALICANTE HAGO SABER: Que en este Juzgado, se siguen autos núm. 000881/2012 a instancias de CARLOS MIRO GARCIA contra FUNDICIONAES Y FORJAS DE LEVANTE SL, ACODINTER S.L., ESTRUCTURAS METALICAS DE CASTALLA S.L. y HORMIGONES Y ESTRUCTURAS DE LA FOIA S.L. en la que el día 23/5/2013 se ha dictado resolución y dice: AUTO DE ACLARACION En Alicante, a 23 de mayo de 2013. ANTECEDENTES DE HECHO UNICO.-En fecha 14 de diciembre de 2012 se dictó sentencia por este Juzgado. RAZONAMIENTO JURIDICO UNICO.-El artículo 267 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que: 1. Los Jueces y Tribunales no podrán variar las sentencias y autos definitivos que pronuncien después de firmadas, pero sí aclarar algún concepto oscuro y suplir cualquier omisión que contengan; 2. Los errores materiales manifiestos y los aritméticos podrán ser rectificados en cualquier momento. Tal precepto supone una facultad de corrección y rectificación de los errores materiales cometidos en la redacción del fallo concedida a la partes y al Juez apreciándose como correcciones admisibles la aclaración de conceptos oscuros, la adición de un pronunciamiento omitido sobre puntos litigiosos, la subsanación de errores de cuenta que se deduzcan de los datos aritméticos que sean su fundamento y la modificación de pronunciamientos que deban reputarse erróneos por ser contrarios a la fundamentación de la sentencia, según el cual los errores materiales manifiestos y los aritméticos podrán ser rectificados en cualquier momento. A la vista de la pretensión de aclaración deducida por la parte demandante se ha de indicar que sólo procede la condena al pago de salarios de tramitación, tras la reforma del ET, en los casos de declaración de nulidad del depido. No obstante, procede indicar que, para el caso de declaración de improcedencia, sila empresa optase por la readmisión del trabajador, la misma habrá de abonar los salarios de tramitación devengados desde la fecha del despido hasta la fecha de notificación de la presente resolución, a razón de 47,99 euros brutos diarios. No procede, sin embargo, en caso de opoción por parte de la empresa por la indemnización, el boletín oficial de la provincia - alicante, 8 noviembre 2013 - n.º 213 incremento de la citada indemnización con los salarios de tramitación, desde la referida reforma del ET (ET art. 56,2modificado por RDL 3/2012, art. 18.8). DISPONGO: Declarar haber lugar a realizar la aclaracióninteresada por la parte demandante en los términos expuestos en el Fundamento Jurídico único de la presente resolución. Así lo acuerda y firma Dª Isabel Redondo López, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Social nº 2 Alicante; doy fe. Y para que conste y sirva de notificación a FUNDICIONAES Y FORJAS DE LEVANTE SL,ACODINTER S.L.,ESTRUCTURAS METALICAS DE CASTALLA S.L.,HORMIGONES Y ESTRUCTURAS DE LA FOIA S.L. que se encuentra en ignorado paradero, así como para su inserción en el Tablón de anuncios y publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, expido el presente en ALICANTE, a nueve de septiembre de dos mil trece. EL SECRETARIO JUDICIAL *1320719* JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO CUATRO ALICANTE 32 butlletí oficial de la província - alacant, 8 novembre 2013 - n.º 213 DECIDO: Estimar la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por ALEJANDO GÓMEZ PAREJA frente a ALICANTE CLUB DE FUTBOLy FOGASA, sobre reclamación de CANTIDAD. Condenar a la empresa demandadas a que abonen a la parte actora la cantidad 2250,00 en concepto de salarios, con los intereses moratorios fijados en 364,93 euros, con más los intereses legales correspondientes. Condenar al FOGASA, en su condición de responsable legal subsidiario, a estar y pasar por dicha declaración. No hacer especial pronunciamiento en materia de costas. Notifíquese a las partes haciéndoles saber que contra ésta resolución no cabe recurso alguno. Así por esta mi sentencia que se depositará en el Libro de sentencias del Juzgado una vez se haya traído un testimonio para su unión a actuaciones, definitivamente juzgado, la pronuncio, mando y firmo. Y para que sirva de notificación a ALICANTE CLUB DE FUTBOL, con la advertencia que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados del Juzgado (salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o emplazamiento, conforme dicta el art. 59 de la L.R.J.S.), expido el presente en Alicante a cuatro de noviembre de dos mil trece *1320617* EDICTO DOÑA MARTA MARTÍN RUIZ, LICENCIADA EN DERECHO Y SECRETARIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, CON CARGO Y EJERCICIO EN EL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO CUATRO DE ALICANTE.HAGO SABER: Que en el Procedimiento seguido en este Juzgado bajo el Nº: 000569/2013, sobre DESPIDO, promovido por ESTHER POVES BURGUERO, contra GRUPO ABACOR PRINCIPADO, S.L. /// FOGASA, en cuyas actuaciones se ha señalado para la celebración del acto de Juicio el día 29 DE NOVIEMBRE DE 2013 A LAS 11:20H, en la Sala de Audiencia de este Juzgado e ignorándose el actual paradero del GRUPO ABACOR PRINCIPADO, S.L., cuyos últimos domicilios conocidos fueron en Avda. Ramón Goméz Sempere Urb. 15 de Alicante y c/ Antonio Gaudí 113 Proceyo, de Gijón, y de su Administrador Solidario D. PEDRO JUAN CORTES ABAJO, cuyo último domicilio fue en c/ CArdenal Alvarez Martínez nº1, 4º A de Oviedo; por el presente se les cita para dicho acto, con la prevención que de no comparecer le pararán los perjuicios a que hubiere lugar en derecho y de que las siguientes comunicaciones a la parte a la que va dirigida la presente se harán en estrados, salvo las que deban revestir forma de Auto, Sentencia o se trate de Emplazamiento.» Y para que sirva de CITACION en legal forma al REPRESENTANTE LEGAL DE GRUPO ABACOR PRINCIPADO S.L. y a su Administrador Solidario D. PEDRO JUAN CORTES ABAJO; expido y firmo el presente en Alicante, a treinta y uno de octubre de dos mil trece. LA SECRETARIO JUDICIAL *1320609* JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO CINCO ALICANTE EDICTO En este Juzgado, en el procedimiento judicial nº 000190/ 2012, seguido a instancia de ALEJANDRO GOMEZ PAREJA contra FONDO DE GARANTIA SALARIAL y ALICANTE CLUB DE FUTBOL, se ha dictado resolución que, en la parte que interesa, dice: FALLO Vistos los preceptos citados y demás de general observancia EDICTO EL/LA SECRETARIO JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO CINCO DE ALICANTE HAGO SABER: Que en este Juzgado se sigue Ejecución nº 000236/2013, a instancias de JOSE AMADOR PEREZ FORMOSO contra ESABE TRANSPORTES BLINDADOS, en cuyas actuaciones se ha dictado Decreto de insolvencia en fecha cuatro de noviembre de dos mil trece cuya parte dispositiva dice literalmente: «ACUERDO: Declarar a/los ejecutado/s ESABE TRANSPORTES BLINDADOS en situación de INSOLVENCIA PROVISIONAL TOTAL, sin perjuicio de que llegara a mejor fortuna y pudieran hacerse efectivas en sus bienes las cantidades que por principal, intereses y costas está obligado a satisfacer. De conformidad con el art. 276.5 de la LRJS, firme la presente resolución se hará constar en el registro correspondiente según la naturaleza de la entidad. Notifíquese la presente a las partes y verificado lo anterior, ARCHÍVENSE las actuaciones sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen bienes del ejecutado. MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, art. 188 LRJS. INFORMACION SOBRE EL DEPÓSITO PARA RECURRIR De conformidad con la D.A. 15ª de la LOPJ 1/2009, de 3 de noviembre, quienes no tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, para la interposición del recurso deberán efectuar la consignación como depósito de 25 € que le será devuelto sólo en el caso de que el recurso sea estimado. El incumplimiento de cualquiera de los requisitos expresados conllevará su inadmisión. El recurrente deberá ingresar la citada cantidad en el banco BANESTO, en la cuenta correspondiente a este expediente nº: 0115/0000/64/0236/13, indicando en el campo «concepto» el código «31 SOCIAL-Revisión resoluciones Secretario Judicial» y la fecha de la resolución recurrida con el formato DD/MM/AAAA. boletín oficial de la provincia - alicante, 8 noviembre 2013 - n.º 213 En el caso de realizar el ingreso mediante transferencia bancaria, tras completar el Código de Cuenta Corriente (CCC, 20 dígitos: 0030/1846/42/0005001274), se indicará en el campo «concepto» los 16 dígitos de la cuenta expediente 0115/0000/64/0236/13 seguido (separado por un espacio) del código y tipo concreto de recurso en la misma forma expuesta en el párrafo anterior.» Y para que sirva de notificación a ESABE TRANSPORTES BLINDADOS expido el presente en Alicante a cuatro de noviembre de dos mil trece. EL/LA SECRETARIO JUDICIAL *1320619* EDICTO D. JUAN CARLOS GARCIA-TORRES MARTINEZ, SECRETARIO DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM 5 DE LOS DE ALICANTE HAGO SABER: Que en este Juzgado, se siguen autos Ejecución núm. 000023/2013 a instancias de HUGO BORIN QUEZADA COBOS Y SIDNEY EDGAR RAMIREZ ROMERO contra GRIFFIN PROMUEVE S.L. en la que se ha dictado decreto de insolvencia de fecha 4/11/13 cuya parte dispositiva dice: «ACUERDO: Declarar a/los ejecutado/s GRIFFIN PROMUEVE SL en situación de INSOLVENCIA PROVISIONAL TOTAL, sin perjuicio de que llegara a mejor fortuna y pudieran hacerse efectivas en sus bienes las cantidades que por principal, intereses y costas está obligado a satisfacer. De conformidad con el art. 276.5 de la LRJS, firme la presente resolución se hará constar en el registro correspondiente según la naturaleza de la entidad. Notifíquese la presente a las partes y verificado lo anterior, ARCHÍVENSE las actuaciones sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen bienes del ejecutado. MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, art. 188 LRJS. De conformidad con la D.A. 15ª de la LOPJ 1/ 2009, de 3 de noviembre, quienes no tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, para la interposición del recurso deberán efectuar la consignación como depósito de 25 € que le será devuelto sólo en el caso de que el recurso sea estimado. El incumplimiento de cualquiera de los requisitos expresados conllevará su inadmisión. El recurrente deberá ingresar la citada cantidad en el banco BANESTO, en la cuenta correspondiente a este expediente nº: 0115/0000/64/0023/13, indicando en el campo «concepto» el código «31 SOCIAL-Revisión resoluciones Secretario Judicial» y la fecha de la resolución recurrida con el formato DD/MM/AAAA. En el caso de realizar el ingreso mediante transferencia bancaria, tras completar el Código de Cuenta Corriente (CCC, 20 dígitos: 0030/1846/42/ 0005001274), se indicará en el campo «concepto» los 16 dígitos de la cuenta expediente 0115/0000/64/0023/13 seguido (separado por un espacio) del código y tipo concreto de recurso en la misma forma expuesta en el párrafo anterior. « Y para que conste y sirva de notificación a GRIFFIN PROMUEVE SL que se encuentra en ignorado paradero, así como para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, expido el presente en Alicante, a cuatro de noviembre de dos mil trece. EL SECRETARIO *1320633* 33 butlletí oficial de la província - alacant, 8 novembre 2013 - n.º 213 EDICTO D. JUAN CARLOS GARCIA-TORRES MARTINEZ, SECRETARIO DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM 5 DE LOS DE ALICANTE HAGO SABER: Que en este Juzgado, se siguen autos núm. 000227/2013 a instancias de JAIME JORNET GUIJARRO contra CLUB DEPORTIVO ELDENSE en la que se ha dictado decreto de insolvencia de 4//1/13 cuya parte dispositiva dice: «ACUERDO: Declarar a/los ejecutado/s CLUB DEPORTIVO ELDENSE en situación de INSOLVENCIA PROVISIONAL TOTAL, sin perjuicio de que llegara a mejor fortuna y pudieran hacerse efectivas en sus bienes las cantidades que por principal, intereses y costas está obligado a satisfacer. De conformidad con el art. 276.5 de la LRJS, firme la presente resolución se hará constar en el registro correspondiente según la naturaleza de la entidad. Notifíquese la presente a las partes y verificado lo anterior, ARCHÍVENSE las actuaciones sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen bienes del ejecutado. MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, art. 188 LRJS. De conformidad con la D.A. 15ª de la LOPJ 1/ 2009, de 3 de noviembre, quienes no tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, para la interposición del recurso deberán efectuar la consignación como depósito de 25 € que le será devuelto sólo en el caso de que el recurso sea estimado. El incumplimiento de cualquiera de los requisitos expresados conllevará su inadmisión. El recurrente deberá ingresar la citada cantidad en el banco BANESTO, en la cuenta correspondiente a este expediente nº: 0115/0000/64/0227/13, indicando en el campo «concepto» el código «31 SOCIAL-Revisión resoluciones Secretario Judicial» y la fecha de la resolución recurrida con el formato DD/MM/AAAA. En el caso de realizar el ingreso mediante transferencia bancaria, tras completar el Código de Cuenta Corriente (CCC, 20 dígitos: 0030/1846/42/ 0005001274), se indicará en el campo «concepto» los 16 dígitos de la cuenta expediente 0115/0000/64/0227/13 seguido (separado por un espacio) del código y tipo concreto de recurso en la misma forma expuesta en el párrafo anterior. « Y para que conste y sirva de notificación a CLUB DEPORTIVO ELDENSE que se encuentra en ignorado paradero, así como para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, expido el presente en Alicante, a cuatro de noviembre de dos mil trece. EL SECRETARIO *1320676* EDICTO En este Juzgado y con el número 000573/2012 se siguen autos por CANTIDAD a instancia de NURIA PEREZ GARCIA contra CLINICA MEDITERRANEA DE NEUROCIENCIAS SL, FONDO DE GARANTIA SALARIAL y ADMINISTRACION CONCURSAL DE CLINICA MEDITERRANEA DE NEUROCIENCIAS SL; Se ha señalado para juicio el día 04/03/2014 A LAS 09.50, y por el presente se cita para dicho día y hora, con la prevención de que a los no comparecientes les parará los perjuicios a que hubiere lugar en derecho y con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento según el art. 59 de la LRJS. Y para que sirva de citación a las partes se expide el presente en Alicante a cuatro de noviembre de dos mil trece EL SECRETARIO JUDICIAL *1320688* boletín oficial de la provincia - alicante, 8 noviembre 2013 - n.º 213 EDICTO En este Juzgado y con el número 000343/2013 se siguen autos por DESPIDO Y CANTIDAD a instancia de ALFREDO MARTIN VELIZ CHUSING contra AZAGADOR ADMINISTRACIONES SLU y FONDO DE GARANTIA SALARIAL; Se ha señalado para juicio el día 24/03/2014 A LAS 10:10, y por el presente se cita para dicho día y hora, con la prevención de que a los no comparecientes les parará los perjuicios a que hubiere lugar en derecho y con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento según el art. 59 de la LRJS. Y para que sirva de citación a las partes se expide el presente en Alicante a cuatro de noviembre de dos mil trece EL SECRETARIO JUDICIAL *1320690* JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO SIETE ALICANTE EDICTO D./ª. SILVIA FUENTES GUZMAN, SECRETARIO/A DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO SIETE DE ALICANTE, HAGO SABER: Que en este Juzgado de lo Social y con el número de procedimiento 001225/2009, se sigue Ejecución nº 000091/2010, a instancias de PEDRO JOSE GARCIA ARCOS contra JULIE E. BREEDEN, en reclamación de 11.046,92 € de principal más 1.850 € para intereses legales y para costas provisionalmente calculadas, en cuyas actuaciones se ha acordado sacar a la venta en pública subasta los bienes embargados como propiedad de la parte ejecutada que, con sus respectivas valoraciones, se describirán al final y, al efecto, se publica para conocimiento de los posibles licitadores, haciendo constar que se ha señalado para la celebración de dicha subasta el día 17 DE ENERO DE 2014 A LAS 10:30 HORAS: PRIMERO.- Antes de aprobarse el remate podrá el deudor librar los bienes consignando el principal, intereses y costas; después de aprobado quedará la venta irrevocable. SEGUNDO.- Los licitadores deberán haber depositado en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado o haber prestado aval bancario por el 5 por 100 del valor de tasación de los bienes. TERCERO.- El ejecutante podrá tomar parte en las subastas, si existen otros licitadores, y mejorar las posturas que se hicieren sin necesidad de consignar depósito. CUARTO.- La subasta se celebrará por el sistema de pujas a la llana; podrán hacerse posturas por escrito en sobre cerrado, desde el anuncio hasta la celebración de la misma, con las condiciones reflejadas en los apartados anteriores. Los sobres se conservarán cerrados por el Secretario y serán abiertos en el inicio del acto de la subasta, surtiendo los mismos efectos que las posturas que se realicen en dicho acto. QUINTO.- La subasta tendrá como tipo el valor de la tasación de los bienes. SEXTO.- Si la mejor postura es igual o superior al 50 por 100 del avalúo, se aprobará el remate a favor del mejor postor en la forma prevenida en el art. 650 de la L.E.C. SEPTIMO.- Si la mejor postura es inferior al 50 por 100 del avalúo, se estará a lo establecido en el art. 650. 4 de la L.E.C. OCTAVO.- De resultar desierta la subasta, tendrán los ejecutantes o en su defecto los responsables legales solidarios o subsidiarios el derecho a adjudicarse los bienes, por el 30 por l00 del avalúo, dándoles a tal fin el plazo común de DIEZ DIAS, con la prevención de que no hacer uso de este derecho se alzará el embargo. 34 butlletí oficial de la província - alacant, 8 novembre 2013 - n.º 213 NOVENO.- Si la adquisición en subasta o la adjudicación en pago se realiza a favor de parte de los ejecutantes y el precio de adjudicación no es suficiente para cubrir todos los créditos de los restantes acreedores, los créditos de los adjudicatarios sólo se extinguirán hasta la concurrencia de la suma que sobre el precio de adjudicación debería serles atribuida en el reparto proporcional y de ser inferior al precio deberán los acreedores adjudicatarios abonar el exceso en metálico. DECIMO.- Que sólo la adquisición o adjudicación practicada a favor de los ejecutantes o de los responsables legales solidarios o subsidiarios podrá efectuarse en calidad de ceder a un tercero. UNDECIMO.- El establecimiento destinado al efecto es la Cuenta de Consignaciones de este Juzgado de lo Social, abierta en el BANESTO oficina de Benalua, con el número 0l22, debiendo hacer el depósito bajo la clave nº 0122-000064-0091-10. DUODECIMO.- El precio del remate deberá completarse dentro de los DIEZ DIAS siguientes a la aprobación del mismo. Los bienes objeto de subasta son los siguientes: - Una MITAD INDIVISA de la FINCA Nº 9758 de Sax, inscrita en el Registro de la Propiedad de Villena en el Tomo 1341, Libro 214, Folio 4. Finca rústica de secano en Sax, Paraje Toscares de Cámara. Superficie terreno 21 áreas. Linda: Norte, Herederos de Juan Selva; Sur, Tomás Herrero; Este, Bibiano Villar; y Oeste, José Guillén. Tierra de secano, dentro de su perímetro se ha construido una vivienda, hoy en polígono 5, diseminado 311, de 92 m2 y una marquesina cubierta de 39 m2. Y como edificación independiente existen unos cuartos dedicados a trastero de 26 m2. La edificación construida en planta es de 157 m2. La totalidad del inmueble ha sido tasada en 180.000 euros, por lo que la mitad indivisa que se subasta, a nombre de Dª JULIE E. BREEDEN, está valorada en NOVENTA MIL EUROS (90.000 EUROS). El presente edicto estará expuesto en el tablón de anuncios de este órgano judicial y en los lugares públicos de costumbre hasta la fecha de celebración de la subasta, y en el portal de subastas judiciales dependiente del Ministerio de Justicia, en el que se podrán consultar detalladamente los datos. Y para dar publicidad a la subasta señalada y para que sirva de notificación en forma a la demandada JULIE E. BREEDEN, para el caso de que se halle en ignorado paradero, expido y firmo el presente, para su publicación en el Boletín Oficial de esta Provincia, en Alicante, a 04 de noviembre de dos mil trece. EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL *1320717* EDICTO D./ª. SILVIA FUENTES GUZMAN, SECRETARIO/A DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO SIETE DE ALICANTE, HAGO SABER: Que en este Juzgado de lo Social y con el número de procedimiento 000704/2010, se sigue Ejecución nº 000101/2011, a instancias de ADOLFINA ADAMES DE LOS SANTOS, SERGIO RUBEN ESTRADA COUSELO y MAKVALA KOBIDZE contra ESCOLLERALEVANTE, S.L., en reclamación de 9745,18 € de principal más 2599 € para intereses legales y para costas provisionalmente calculadas, en cuyas actuaciones se ha acordado sacar a la venta en pública subasta los bienes embargados como propiedad de la parte ejecutada que, con sus respectivas valoraciones, se describirán al final y, al efecto, se publica para conocimiento de los posibles licitadores, haciendo constar que se ha señalado para la celebración de dicha subasta el día 17 DE ENERO DE 2014 A LAS 10:00 HORAS boletín oficial de la provincia - alicante, 8 noviembre 2013 - n.º 213 PRIMERO.- Antes de aprobarse el remate podrá el deudor librar los bienes consignando el principal, intereses y costas; después de aprobado quedará la venta irrevocable. SEGUNDO.- Los licitadores deberán haber depositado en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado o haber prestado aval bancario por el 5 por 100 del valor de tasación de los bienes. TERCERO.- El ejecutante podrá tomar parte en las subastas, si existen otros licitadores, y mejorar las posturas que se hicieren sin necesidad de consignar depósito. CUARTO.- La subasta se celebrará por el sistema de pujas a la llana; podrán hacerse posturas por escrito en sobre cerrado, desde el anuncio hasta la celebración de la misma, con las condiciones reflejadas en los apartados anteriores. Los sobres se conservarán cerrados por el Secretario y serán abiertos en el inicio del acto de la subasta, surtiendo los mismos efectos que las posturas que se realicen en dicho acto. QUINTO.- La subasta tendrá como tipo el valor de la tasación de los bienes. SEXTO.- Si la mejor postura es igual o superior al 50 por 100 del avalúo, se aprobará el remate a favor del mejor postor en la forma prevenida en el art. 650 de la L.E.C. SEPTIMO.- Si la mejor postura es inferior al 50 por 100 del avalúo, se estará a lo establecido en el art. 650. 4 de la L.E.C. OCTAVO.- De resultar desierta la subasta, tendrán los ejecutantes o en su defecto los responsables legales solidarios o subsidiarios el derecho a adjudicarse los bienes, por el 30 por l00 del avalúo, dándoles a tal fin el plazo común de DIEZ DIAS, con la prevención de que no hacer uso de este derecho se alzará el embargo. NOVENO.- Si la adquisición en subasta o la adjudicación en pago se realiza a favor de parte de los ejecutantes y el precio de adjudicación no es suficiente para cubrir todos los créditos de los restantes acreedores, los créditos de los adjudicatarios sólo se extinguirán hasta la concurrencia de la suma que sobre el precio de adjudicación debería serles atribuida en el reparto proporcional y de ser inferior al precio deberán los acreedores adjudicatarios abonar el exceso en metálico. DECIMO.- Que sólo la adquisición o adjudicación practicada a favor de los ejecutantes o de los responsables legales solidarios o subsidiarios podrá efectuarse en calidad de ceder a un tercero. UNDECIMO.- El establecimiento destinado al efecto es la Cuenta de Consignaciones de este Juzgado de lo Social, abierta en el BANESTO oficina de Benalua, con el número 0l22, debiendo hacer el depósito bajo la clave nº 0122-000064-0101-11. DUODECIMO.- El precio del remate deberá completarse dentro de los DIEZ DIAS siguientes a la aprobación del mismo. Los bienes objeto de subasta son los siguientes: LOTE Nº 1.- Equipo de refrigeración frío/calor de la marca Mitsubishi Electric de 19 kw compuesto por un compresor y un evaporador; valorado en 1000 euros. LOTE Nº 2.- Equipo de refrigeración frío/calor de la marca Mitsubishi Electric de 19 kw compuesto por un compresor y un evaporador; valorado en 1000 euros. LOTE Nº 3.- Equipo de refrigeración frío/calor de la marca Mitsubishi Electric de 19 kw compuesto por un compresor y un evaporador; valorado en 1000 euros. LOTE Nº 4.- Equipo de refrigeración frío/calor de la marca Mitsubishi Electric de 19 kw compuesto por un compresor y un evaporador; valorado en 1000 euros. LOTE Nº 5.- Equipo de refrigeración frío/calor de la marca Mitsubishi Electric de 19 kw compuesto por un compresor y un evaporador; valorado en 1000 euros. LOTE Nº 6.- Equipo de refrigeración frío/calor de la marca Mitsubishi Electric de 19 kw compuesto por un compresor y un evaporador; valorado en 1000 euros. LOTE Nº 7.- Equipo de refrigeración frío/calor de la marca Mitsubishi Electric de 19 kw compuesto por un compresor y un evaporador; valorado en 1000 euros. 35 butlletí oficial de la província - alacant, 8 novembre 2013 - n.º 213 LOTE Nº 8.- Equipo de refrigeración frío/calor de la marca Mitsubishi Electric de 19 kw compuesto por un compresor y un evaporador; valorado en 1000 euros. LOTE Nº 9.- Equipo de refrigeración frío/calor de la marca Mitsubishi Electric de 19 kw compuesto por un compresor y un evaporador; valorado en 1000 euros. LOTE Nº 10.- Equipo de refrigeración frío/calor de la marca Mitsubishi Electric de 19 kw compuesto por un compresor y un evaporador; valorado en 1000 euros. LOTE Nº 11.- Equipo de refrigeración frío/calor de la marca Mitsubishi Electric de 19 kw compuesto por un compresor y un evaporador; valorado en 1000 euros. LOTE Nº 12.- Equipo de refrigeración frío/calor de la marca Mitsubishi Electric de 19 kw compuesto por un compresor y un evaporador; valorado en 1000 euros. LOTE Nº 13.- Abatidor rápido de temperatura de la marca Angelo Po; valorado en 1800 euros. LOTE Nº 14.- Abatidor rápido de temperatura de la marca Angelo Po; valorado en 1800 euros. Los bienes se encuentran depositados en Plaza Puerta del Mar nº 3 (Hotel Spa Porta Maris); siendo su depositario D. Domingo Luján García. El presente edicto estará expuesto en el tablón de anuncios de este órgano judicial hasta la fecha de celebración de la subasta. Y para dar publicidad a la subasta señalada y para que sirva de notificación en forma a la empresa demandada ESCOLLERALEVANTE, S.L., para el caso de que se halle en ignorado paradero, expido y firmo el presente, para su publicación en el Boletín Oficial de esta Provincia, en Alicante, a cuatro de noviembre de dos mil trece. EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL *1320722* JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO UNO BENIDORM EDICTO D. JUAN ANTONIO GARCÍA LAINEZ, SECRETARIO DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO UNO DE BENIDORM (ALICANTE), por el presente hace saber: Que en este Juzgado se tramita AUTOS DE DESPIDO con el número 000215/2013, a instancia de FRANCISCO ESPASA IVARS, contra la empresa DIANENSE DE CONTRATAS S.L., en reclamación de 31020,96 € de principal,en cuyo procedimiento se ha dictado AUTO con fecha 25 de octubre de 2013, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, es del siguiente tenor: PARTE DISPOSITIVA Se declara extinguido desde el día del cese efectivo en el trabajo el 10/01/13 el contrato de trabajo que unía a la empresa DIANENSE DE CONTRATAS S.L., con C.I.F. B03895166 y, con el trabajador FRANCISCO ESPASA IVARS, con D.N.I. 28988889-B. Se condena a la empresa DIANENSE DE CONTRATAS S.L. a que abone a FRANCISCO ESPASA IVARS la cantidad de 31.020,96 €, en concepto de indemnización sustitutoria de la readmisión cuya cantidad fue fijada en Sentencia. Requiérase a la empresa DIANENSE DE CONTRATAS S.L., mediante notificación de esta resolución por edictos, a fin de que, en plazo no superior a CINCO DÍAS, proceda a abonar directamente al actor la cantidad de 31.020,96 €, en concepto de indemnización, debiendo el actor comunicar a este Juzgado en el plazo de treinta días si le han sido abonadas las cantidades, procediéndose al archivo, en su caso, sin más trámite, o debiendo, el actor, instar la ejecución. Contra esta resolución cabe interponer recurso de reposición en plazo de cinco días siguientes al de su notificación, conteniendo los requisitos del art. 185 de la Ley de Procedimiento Laboral, y siendo necesario acreditar, por quien no boletín oficial de la provincia - alicante, 8 noviembre 2013 - n.º 213 tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, el ingreso del depósito de 25,00 € para recurrir en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado abierta en la entidad Banesto, cuenta número 0308000030021513. Así lo acuerdo, mando y firmo D. VICENTA NOGUEROLES LLINARES, Magistrado-Juez de lo Social número uno de Benidorm (Alicante). Sigue firma.Y para que sirva de notificación a la empresa ejecutada DIANENSE DE CONTRATAS S.L., cuyo actual paradero se desconoce, para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante, expido el presente en Benidorm, a veintinueve de octubre de dos mil trece. EL SECRETARIO *1320613* EDICTO D. JUAN ANTONIO GARCÍA LAINEZ, SECRETARIO DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO UNO DE BENIDORM (ALICANTE), por el presente hace saber: Que en este Juzgado se tramita ejecutoria con el número 000215/2013, dimanante de los autos de Cantidades número 000806/2011, a instancia de JACKSON ALBERTO GUERRA FLOR, contra la empresa ZAEMA CONSTRUCCIONES Y OBRAS S.L., en reclamación de 4692,63 € de principal, más 705,00 € para intereses y 705,00 € para costas, en cuyo procedimiento se ha dictado AUTO con fecha 25 de octubre de 2013, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, es del siguiente tenor: PARTE DISPOSITIVA Doy orden general de ejecución de la sentencia dictada en este procedimiento y despacho ejecución a instancia de JACKSON ALBERTO GUERRA FLOR, con NIF Nº X6739741-M, contra la empresa deudora ZAEMA CONSTRUCCIONES Y OBRAS S.L., con CIF Nº B-22272850, en los términos de la condena, por la cantidad de 4692,63 € de principal más 705,00 € que se fijan provisionalmente para intereses, más 705,00 € calculados para costas, con carácter provisional, con inclusión de la minuta de honorarios de ejecución del Letrado del actor. Encárguese de la presente ejecución el Secretario Judicial responsable de la misma, impulsando la misma por los trámites correspondientes. A los efectos del artículo 268.2 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, hago la aprobación previa para que el Secretario Judicial pueda anticipar al pago del principal el abono de los gastos que necesariamente hubiere requerido la propia ejecución y el de los acreditados por terceros obligados a prestar la colaboración judicialmente requerida. Notifíquese la presente simultáneamente al posterior decreto del Secretario judicial. Contra este auto puede interponerse recurso de reposición en plazo de tres días siguientes al de su notificación, en el que, además de contenerse los requisitos del artículo 187.1 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada aduciendo pago o cumplimiento documentalmente justificado, prescripción de la acción ejecutiva u otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar siempre que hubieren acaecido con posterioridad a su constitución del título, no siendo la compensación de deudas admisible como causa de oposición a la ejecución, sin que por ello se suspenda el curso de las actuaciones. Conforme a la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la interposición de este recurso de reposición precisa, para quienes no tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, de la constitución de un depósito de 36 butlletí oficial de la província - alacant, 8 novembre 2013 - n.º 213 25,00 € en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado, sin el cual no se admitirá a trámite el recurso. El número de la cuenta judicial de la entidad Banesto donde se ha de realizar el depósito es 0308000030021513. Así lo acuerdo, mando y firmo D. VICENTA NOGUEROLES LLINARES, Magistrado-Juez de lo Social número uno de Benidorm (Alicante). Sigue firma.Y para que sirva de notificación a la empresa ejecutada ZAEMA CONSTRUCCIONES Y OBRAS S.L., cuyo actual paradero se desconoce, para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante, expido el presente en Benidorm, a veintinueve de octubre de dos mil trece. EL SECRETARIO EDICTO D. JUAN ANTONIO GARCÍA LAINEZ, SECRETARIO DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO UNO DE BENIDORM (ALICANTE), por el presente hace saber: Que en este Juzgado se tramita ejecutoria con el número 000215/2013, dimanante de los autos de Cantidades número 000806/2011, a instancia de JACKSON ALBERTO GUERRA FLOR, contra la empresa ZAEMA CONSTRUCCIONES Y OBRAS S.L., en reclamación de 4692,63 € de principal, más 705,00 € para intereses y 705,00 € para costas, en cuyo procedimiento se ha dictado DECRETO con fecha 25 de octubre de 2013, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, es del siguiente tenor: PARTE DISPOSITIVA En orden a dar efectividad al despacho de ejecución ordenado, y al haber sido ya declarada en situación de insolvencia provisional la empresa ejecutada ZAEMA CONSTRUCCIONES Y OBRAS S.L. dese audiencia a la parte ejecutante y al FONDO DE GARANTIA SALARIAL por un plazo de quince días para que puedan instar la práctica de las diligencias que ha su derecho convengan y designar los bienes que les consten de la parte ejecutada, conforme a lo preceptuado en el art. 276.3 de la Ley 36/2011, reguladora de la jurisdicción social. Esta resolución procesal no es firme, y contra ella cabe recurso de revisión que deberá interponerse en el plazo de tres días mediante escrito en el que deberá citarse la infracción en que la resolución hubiera incurrido, conforme al artículo 188.2 de la Ley 36/2011, reguladora de la jurisdicción social, y si el recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá consignar el depósito de 25,00 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado, cuenta expediente número 0308000031021513. Así lo decreto D. JUAN ANTONIO GARCÍA LAINEZ, Funcionario del Cuerpo Superior Jurídico de Secretarios Judiciales del Juzgado de lo Social número uno de Benidorm (Alicante). Sigue firma.Y para que sirva de notificación a la empresa ejecutada ZAEMA CONSTRUCCIONES Y OBRAS S.L., cuyo actual paradero se desconoce, para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante, expido el presente en Benidorm, a veintinueve de octubre de dos mil trece. EL SECRETARIO *1320615* EDICTO D. JUAN ANTONIO GARCÍA LAINEZ, SECRETARIO DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO UNO DE BENIDORM (ALICANTE), por el presente hace saber: Que en este Juzgado se tramita ejecutoria con el número 000219/2013, dimanante de los autos de Cantidades número 000122/2011, a instancia de TEODOR FRATEAN, contra la empresa FUENTESPORT CONSTRUCCIONES boletín oficial de la provincia - alicante, 8 noviembre 2013 - n.º 213 SL, en reclamación de 6480,09 € de principal, más 972,00 € para intereses y 972,00 € para costas, en cuyo procedimiento se ha dictado AUTO con fecha 28 de octubre de 2013, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, es del siguiente tenor: PARTE DISPOSITIVA Doy orden general de ejecución de la sentencia dictada en este procedimiento y despacho ejecución a instancia de TEODOR FRATEAN, con NIF Nº X-8323741-H, contra la empresa deudora FUENTESPORT CONSTRUCCIONES SL, con CIF Nº B53872867, en los términos de la condena, por la cantidad de 6480,09 € de principal más 972,00 € que se fijan provisionalmente para intereses, más 972,00 € calculados para costas, con carácter provisional, con inclusión de la minuta de honorarios de ejecución del Letrado del actor. Encárguese de la presente ejecución el Secretario Judicial responsable de la misma, impulsando la misma por los trámites correspondientes. A los efectos del artículo 268.2 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, hago la aprobación previa para que el Secretario Judicial pueda anticipar al pago del principal el abono de los gastos que necesariamente hubiere requerido la propia ejecución y el de los acreditados por terceros obligados a prestar la colaboración judicialmente requerida. Notifíquese la presente simultáneamente al posterior decreto del Secretario judicial. Contra este auto puede interponerse recurso de reposición en plazo de tres días siguientes al de su notificación, en el que, además de contenerse los requisitos del artículo 187.1 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada aduciendo pago o cumplimiento documentalmente justificado, prescripción de la acción ejecutiva u otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar siempre que hubieren acaecido con posterioridad a su constitución del título, no siendo la compensación de deudas admisible como causa de oposición a la ejecución, sin que por ello se suspenda el curso de las actuaciones. Conforme a la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la interposición de este recurso de reposición precisa, para quienes no tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, de la constitución de un depósito de 25,00 € en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado, sin el cual no se admitirá a trámite el recurso. El número de la cuenta judicial de la entidad Banesto donde se ha de realizar el depósito es 0308000030021913. Así lo acuerdo, mando y firmo D. VICENTA NOGUEROLES LLINARES, Magistrado-Juez de lo Social número uno de Benidorm (Alicante). Sigue firma.Y para que sirva de notificación a la empresa ejecutada FUENTESPORT CONSTRUCCIONES SL, cuyo actual paradero se desconoce, para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante, expido el presente en Benidorm, a treinta de octubre de dos mil trece. EL SECRETARIO EDICTO D. JUAN ANTONIO GARCÍA LAINEZ, SECRETARIO DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO UNO DE BENIDORM (ALICANTE), por el presente hace saber: Que en este Juzgado se tramita ejecutoria con el número 000219/2013, dimanante de los autos de Cantidades número 000122/2011, a instancia de TEODOR FRATEAN, contra la empresa FUENTESPORT CONSTRUCCIONES SL, en reclamación de 6480,09 € de principal, más 972,00 € para intereses y 972,00 € para costas, en cuyo procedimiento se ha dictado DECRETO con fecha 28 de octubre de 2013, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, es del siguiente tenor: 37 butlletí oficial de la província - alacant, 8 novembre 2013 - n.º 213 PARTE DISPOSITIVA En orden a dar efectividad al despacho de ejecución ordenado, y al haber sido ya declarada en situación de insolvencia provisional la empresa ejecutada FUENTESPORT CONSTRUCCIONES SL dese audiencia a la parte ejecutante y al FONDO DE GARANTIA SALARIAL por un plazo de quince días para que puedan instar la práctica de las diligencias que ha su derecho convengan y designar los bienes que les consten de la parte ejecutada, conforme a lo preceptuado en el art. 276.3 de la Ley 36/2011, reguladora de la jurisdicción social. Esta resolución procesal no es firme, y contra ella cabe recurso de revisión que deberá interponerse en el plazo de tres días mediante escrito en el que deberá citarse la infracción en que la resolución hubiera incurrido, conforme al artículo 188.2 de la Ley 36/2011, reguladora de la jurisdicción social, y si el recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá consignar el depósito de 25,00 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado, cuenta expediente número 0308000031021513. Así lo decreto D. JUAN ANTONIO GARCÍA LAINEZ, Funcionario del Cuerpo Superior Jurídico de Secretarios Judiciales del Juzgado de lo Social número uno de Benidorm (Alicante). Sigue firma.Y para que sirva de notificación a la empresa ejecutada FUENTESPORT CONSTRUCCIONES SL, cuyo actual paradero se desconoce, para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante, expido el presente en Benidorm, a treinta de octubre de dos mil trece. EL SECRETARIO *1320616* EDICTO D. JUAN ANTONIO GARCÍA LAINEZ, SECRETARIO DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO UNO DE BENIDORM (ALICANTE), por el presente hace saber: Que en este Juzgado se tramita ejecutoria con el número 000209/2013, dimanante de los autos de Cantidades número 001332/2010, a instancia de JOSE MANUEL GONZALEZ LOZANO, VICTOR ALDO LARCO LEMA y LUIS ALFREDO LOACHAMIN PACHACAMA, contra la empresa FUENTESPORT CONSTRUCCIONES S.L., en reclamación de 28998,15 € de principal, más 4300,00 € para intereses y 4300,00 € para costas, en cuyo procedimiento se ha dictado DECRETO con fecha 28 de octubre de 2013, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, es del siguiente tenor: PARTE DISPOSITIVA Declaro insolvente provisional a la empresa ejecutada FUENTESPORT CONSTRUCCIONES S.L., con CIF Nº B53872867, por la cantidad de 28998,15 € sin perjuicio de que llegara a mejor fortuna y pudieran hacerse efectivas en sus bienes las cantidades que por principal, intereses y costas está obligada a satisfacer. Notifíquese el presente decreto a las partes y al FONDO DE GARANTIA SALARIAL haciéndoles saber que esta resolución procesal no es firme, y contra ella cabe recurso de reposición ante el Secretario que suscribe en plazo de tres días siguientes al de su notificación, conteniendo los requisitos establecidos en el artículo 187.1 de la de la Ley 36/ 2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social. Así lo dicto D. JUAN ANTONIO GARCÍA LAINEZ, Funcionario del Cuerpo Superior Jurídico de Secretarios Judiciales del Juzgado de lo Social número uno de Benidorm (Alicante). Sigue firma.Y para que sirva de notificación a la empresa ejecutada FUENTESPORT CONSTRUCCIONES S.L., cuyo actual paradero se desconoce, para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante, expido el presente en Benidorm, a treinta de octubre de dos mil trece. EL SECRETARIO *1320620* boletín oficial de la provincia - alicante, 8 noviembre 2013 - n.º 213 EDICTO D. JUAN ANTONIO GARCÍA LAINEZ, SECRETARIO DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO UNO DE BENIDORM (ALICANTE), por el presente hace saber: Que en este Juzgado se tramita ejecutoria con el número 000211/2013, dimanante de los autos de Cantidades número 001409/2010, a instancia de RAFAEL LAZARO MILLAN SANZ, contra la empresa FUENTESPORT CONSTRUCCIONES S.L., en reclamación de 7873,96 € de principal, más 1100,00 € para intereses y 1100,00 € para costas, en cuyo procedimiento se ha dictado decreto con fecha 28 de octubre de 2013, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, es del siguiente tenor: PARTE DISPOSITIVA Declaro insolvente provisional a la empresa ejecutada FUENTESPORT CONSTRUCCIONES S.L., con CIF Nº B53872867, por la cantidad de 7873,96 € sin perjuicio de que llegara a mejor fortuna y pudieran hacerse efectivas en sus bienes las cantidades que por principal, intereses y costas está obligada a satisfacer. Notifíquese el presente decreto a las partes y al FONDO DE GARANTIA SALARIAL haciéndoles saber que esta resolución procesal no es firme, y contra ella cabe recurso de reposición ante el Secretario que suscribe en plazo de tres días siguientes al de su notificación, conteniendo los requisitos establecidos en el artículo 187.1 de la de la Ley 36/ 2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social. Así lo dicto D. JUAN ANTONIO GARCÍA LAINEZ, Funcionario del Cuerpo Superior Jurídico de Secretarios Judiciales del Juzgado de lo Social número uno de Benidorm (Alicante). Sigue firma.Y para que sirva de notificación a la empresa ejecutada FUENTESPORT CONSTRUCCIONES S.L., cuyo actual paradero se desconoce, para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante, expido el presente en Benidorm, a treinta de octubre de dos mil trece. EL SECRETARIO *1320621* EDICTO D. JUAN ANTONIO GARCÍA LAINEZ, SECRETARIO DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO UNO DE BENIDORM (ALICANTE), por el presente hace saber: Que en este Juzgado se tramita ejecutoria con el número 000213/2013, dimanante de los autos de Cantidades número 001408/2010, a instancia de JOSE VICENTE AYALA PEÑAFIEL, contra la empresa FUENTESPORT CONSTRUCCIONES S.L., en reclamación de 4987,72 € de principal, más 700,00 € para intereses y 700,00 € para costas, en cuyo procedimiento se ha dictado DECRETO con fecha 28 de octubre de 2013, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, es del siguiente tenor: PARTE DISPOSITIVA Declaro insolvente provisional a la empresa ejecutada FUENTESPORT CONSTRUCCIONES S.L., con CIF Nº B53872867, por la cantidad de 4987,72 € sin perjuicio de que llegara a mejor fortuna y pudieran hacerse efectivas en sus bienes las cantidades que por principal, intereses y costas está obligada a satisfacer. Notifíquese el presente decreto a las partes y al FONDO DE GARANTIA SALARIAL haciéndoles saber que esta resolución procesal no es firme, y contra ella cabe recurso de reposición ante el Secretario que suscribe en plazo de tres días siguientes al de su notificación, conteniendo los requisitos establecidos en el artículo 187.1 de la de la Ley 36/ 2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social. Así lo dicto D. JUAN ANTONIO GARCÍA LAINEZ, Funcionario del Cuerpo Superior Jurídico de Secretarios Judicia- 38 butlletí oficial de la província - alacant, 8 novembre 2013 - n.º 213 les del Juzgado de lo Social número uno de Benidorm (Alicante). Sigue firma.Y para que sirva de notificación a la empresa ejecutada FUENTESPORT CONSTRUCCIONES S.L., cuyo actual paradero se desconoce, para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante, expido el presente en Benidorm, a treinta de octubre de dos mil trece. EL SECRETARIO *1320629* EDICTO D. JUAN ANTONIO GARCÍA LAINEZ, SECRETARIO DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO UNO DE BENIDORM (ALICANTE), por el presente hace saber: Que en este Juzgado se tramita ejecutoria con el número 000050/2013, dimanante de los autos de Cantidades número 001280/2010, a instancia de NICOLAS CLAUDE CARCOUET, contra la empresa ELREZYNO S.R.L., en reclamación de 3122,1 € de principal, más 470,00 € para intereses y 470,00 € para costas, en cuyo procedimiento se ha dictado AUTO con fecha 04 de noviembre de 2013, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, es del siguiente tenor: PARTE DISPOSITIVA Doy orden general de ejecución de la sentencia dictada en este procedimiento y despacho ejecución a instancia de NICOLAS CLAUDE CARCOUET, con Permiso de residencia Nº X6584514M, contra la empresa deudora ELREZYNO S.R.L., con CIF Nº B53864690, en los términos de la condena, por la cantidad de 3122,1 € de principal más 470,00 € que se fijan provisionalmente para intereses, más 470,00 € calculados para costas, con carácter provisional, con inclusión de la minuta de honorarios de ejecución del Letrado del actor. Encárguese de la presente ejecución el Secretario Judicial responsable de la misma, impulsando la misma por los trámites correspondientes. A los efectos del artículo 268.2 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, hago la aprobación previa para que el Secretario Judicial pueda anticipar al pago del principal el abono de los gastos que necesariamente hubiere requerido la propia ejecución y el de los acreditados por terceros obligados a prestar la colaboración judicialmente requerida. Notifíquese la presente simultáneamente al posterior decreto del Secretario judicial. Contra este auto puede interponerse recurso de reposición en plazo de tres días siguientes al de su notificación, en el que, además de contenerse los requisitos del artículo 187.1 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada aduciendo pago o cumplimiento documentalmente justificado, prescripción de la acción ejecutiva u otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar siempre que hubieren acaecido con posterioridad a su constitución del título, no siendo la compensación de deudas admisible como causa de oposición a la ejecución, sin que por ello se suspenda el curso de las actuaciones. Conforme a la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la interposición de este recurso de reposición precisa, para quienes no tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, de la constitución de un depósito de 25,00 € en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado, sin el cual no se admitirá a trámite el recurso. El número de la cuenta judicial de la entidad Banesto donde se ha de realizar el depósito es 0308000030005013. Así lo acuerdo, mando y firmo D. VICENTA NOGUEROLES LLINARES, Magistrado-Juez de lo Social número uno de Benidorm (Alicante). Sigue firma.- boletín oficial de la provincia - alicante, 8 noviembre 2013 - n.º 213 Y para que sirva de notificación a la empresa ejecutada ELREZYNO S.R.L., cuyo actual paradero se desconoce, para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante, expido el presente en Benidorm, a cuatro de noviembre de dos mil trece. EL SECRETARIO EDICTO D. JUAN ANTONIO GARCÍA LAINEZ, SECRETARIO DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO UNO DE BENIDORM (ALICANTE), por el presente hace saber: Que en este Juzgado se tramita ejecutoria con el número 000050/2013, dimanante de los autos de Cantidades número 001280/2010, a instancia de NICOLAS CLAUDE CARCOUET, contra la empresa ELREZYNO S.R.L., en reclamación de 3122,1 € de principal, más 470,00 € para intereses y 470,00 € para costas, en cuyo procedimiento se ha dictado DECRETO con fecha 04 de noviembre de 2013, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, es del siguiente tenor: PARTE DISPOSITIVA En orden a dar efectividad al despacho de ejecución ordenado, y al haber sido ya declarada en situación de insolvencia provisional la empresa ejecutada ELREZYNO S.R.L. dese audiencia a la parte ejecutante y al FONDO DE GARANTIA SALARIAL por un plazo de quince días para que puedan instar la práctica de las diligencias que ha su derecho convengan y designar los bienes que les consten de la parte ejecutada, conforme a lo preceptuado en el art. 276.3 de la Ley 36/2011, reguladora de la jurisdicción social. Esta resolución procesal no es firme, y contra ella cabe recurso de revisión que deberá interponerse en el plazo de tres días mediante escrito en el que deberá citarse la infracción en que la resolución hubiera incurrido, conforme al artículo 188.2 de la Ley 36/2011, reguladora de la jurisdicción social, y si el recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá consignar el depósito de 25,00 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado, cuenta expediente número 0308000031005013. Así lo decreto D. JUAN ANTONIO GARCÍA LAINEZ, Funcionario del Cuerpo Superior Jurídico de Secretarios Judiciales del Juzgado de lo Social número uno de Benidorm (Alicante). Sigue firma.Y para que sirva de notificación a la empresa ejecutada ELREZYNO S.R.L., cuyo actual paradero se desconoce, para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante, expido el presente en Benidorm, a cuatro de noviembre de dos mil trece. EL SECRETARIO *1320672* EDICTO D. JUAN ANTONIO GARCIA LAINEZ Secretario del Juzgado de lo Social número uno de Benidorm (Alicante), hace saber: Que en este Juzgado se tramitan autos número 001194/ 2012 seguidos a instancia de ALEYDA MARIA TAVAREZ RODRIGUEZ contra la empresa RAUL PEREZ ALLEPUZ en materia de Cantidades, habiendo resultado negativa la citación de la empresa demandada, que se encuentra en ignorado paradero, mediante resolución de hoy se ha acordado citar a la empresa RAUL PEREZ ALLEPUZ por medio de edictos para que comparezca en la sala de vistas de este Juzgado de lo Social número uno, sita en Benidorm, Partida Avda. de la Comunidad Europea s/n., el día 26/11/2013 A LAS 10:50 HORAS HORAS al objeto de celebrar los actos de conciliación y, en su caso, juicio, previniéndole de que deberá comparecer con todos los medios de prueba de que intente valerse y de que los actos de conciliación y juicio no 39 butlletí oficial de la província - alacant, 8 novembre 2013 - n.º 213 podrán suspenderse por su incomparecencia, y apercibiéndole de que de su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía, parándole el perjuicio a que hubiere lugar en derecho. Asimismo, se cita al representante legal de la empresa demandada RAUL PEREZ ALLEPUZ para que comparezca en la sala de vistas de este Juzgado el día y hora señalados al objeto de practicar la prueba de confesión en juicio, apercibiéndole de que de no comparecer podrá ser tenido por confeso en la certeza de las posiciones (preguntas) que se le formulen, parándole el perjuicio a que hubiere lugar en derecho. Por último, se requiere a la empresa demandada RAUL PEREZ ALLEPUZ para que aporte al acto de juicio el libro de matrícula del personal, recibos de salarios y los Boletines de Afiliación y Cotización a la Seguridad Social del tiempo de permanencia en la misma del demandante, y asimismo para que la empresa demandada aporte escrituras de constitución y estatutos, apercibiéndole de que de no hacerlo le parará el perjuicio a que hubiere lugar en derecho. Las siguientes comunicaciones se harán a la parte ahora citada, en estrados, salvo las que deban revestir forma de auto o Sentencia o se trate de emplazamiento, conforme al art. 59 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social. Copia de la demanda y documentos acompañados se encuentra en la Secretaría de este Juzgado a su disposición. Y para que sirva de notificación, citación y requerimiento a la empresa demandada RAUL PEREZ ALLEPUZ, para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante y colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido la presente en Benidorm, a veinticuatro de octubre de dos mil trece. EL SECRETARIO JUDICIAL *1320697* EDICTO D. JUAN ANTONIO GARCIA LAINEZ Secretario del Juzgado de lo Social número uno de Benidorm (Alicante), hace saber: Que en este Juzgado se tramitan autos número 001196/ 2012 seguidos a instancia de MANUEL GARCIA GALLEGO contra la empresa NIMESCO PROYECTOS Y CONSTRUCCIONES, S.L. en materia de Cantidades, habiendo resultado negativa la citación de la empresa demandada, que se encuentra en ignorado paradero, mediante resolución de hoy se ha acordado citar a la empresa NIMESCO PROYECTOS Y CONSTRUCCIONES, S.L. por medio de edictos para que comparezca en la sala de vistas de este Juzgado de lo Social número uno, sita en Benidorm, Partida Avda. de la Comunidad Europea s/n., el día 26/11/2013 A LAS 11:10 HORAS HORAS al objeto de celebrar los actos de conciliación y, en su caso, juicio, previniéndole de que deberá comparecer con todos los medios de prueba de que intente valerse y de que los actos de conciliación y juicio no podrán suspenderse por su incomparecencia, y apercibiéndole de que de su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía, parándole el perjuicio a que hubiere lugar en derecho. Asimismo, se cita al representante legal de la empresa demandada NIMESCO PROYECTOS Y CONSTRUCCIONES, S.L. para que comparezca en la sala de vistas de este Juzgado el día y hora señalados al objeto de practicar la prueba de confesión en juicio, apercibiéndole de que de no comparecer podrá ser tenido por confeso en la certeza de las posiciones (preguntas) que se le formulen, parándole el perjuicio a que hubiere lugar en derecho. Por último, se requiere a la empresa demandada NIMESCO PROYECTOS Y CONSTRUCCIONES, S.L. para que aporte al acto de juicio el libro de matrícula del personal, recibos de salarios y los Boletines de Afiliación y Cotización boletín oficial de la provincia - alicante, 8 noviembre 2013 - n.º 213 a la Seguridad Social del tiempo de permanencia en la misma del demandante, y asimismo para que la empresa demandada aporte escrituras de constitución y estatutos, apercibiéndole de que de no hacerlo le parará el perjuicio a que hubiere lugar en derecho. Las siguientes comunicaciones se harán a la parte ahora citada, en estrados, salvo las que deban revestir forma de auto o Sentencia o se trate de emplazamiento, conforme al art. 59 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social. Copia de la demanda y documentos acompañados se encuentra en la Secretaría de este Juzgado a su disposición. Y para que sirva de notificación, citación y requerimiento a la empresa demandada NIMESCO PROYECTOS Y CONSTRUCCIONES, S.L., para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante y colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido la presente en Benidorm, a veinticuatro de octubre de dos mil trece. EL SECRETARIO JUDICIAL *1320698* EDICTO D. JUAN ANTONIO GARCIA LAINEZ Secretario del Juzgado de lo Social número uno de Benidorm (Alicante), hace saber: Que en este Juzgado se tramitan autos número 000722/ 2013 seguidos a instancia de ANGELIQUE GUEBELS contra la empresa VIVA LA ENVIDIA, S.L. en materia de Despidos, habiendo resultado negativa la citación de la empresa demandada, que se encuentra en ignorado paradero, mediante resolución de hoy se ha acordado citar a la empresa VIVA LA ENVIDIA, S.L. por medio de edictos para que comparezca en la sala de vistas de este Juzgado de lo Social número uno, sita en Benidorm, Partida Avda. de la Comunidad Europea s/ n., el día 27/11/2013 A LAS 10:20 HORAS al objeto de celebrar los actos de conciliación y, en su caso, juicio, previniéndole de que deberá comparecer con todos los medios de prueba de que intente valerse y de que los actos de conciliación y juicio no podrán suspenderse por su incomparecencia, y apercibiéndole de que de su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía, parándole el perjuicio a que hubiere lugar en derecho. Asimismo, se cita al representante legal de la empresa demandada VIVA LA ENVIDIA, S.L. para que comparezca en la sala de vistas de este Juzgado el día y hora señalados al objeto de practicar la prueba de confesión en juicio, apercibiéndole de que de no comparecer podrá ser tenido por confeso en la certeza de las posiciones (preguntas) que se le formulen, parándole el perjuicio a que hubiere lugar en derecho. Por último, se requiere a la empresa demandada VIVA LA ENVIDIA, S.L. para que aporte al acto de juicio el libro de matrícula del personal, recibos de salarios y los Boletines de Afiliación y Cotización a la Seguridad Social del tiempo de permanencia en la misma del demandante, y asimismo para que la empresa demandada aporte escrituras de constitución y estatutos, apercibiéndole de que de no hacerlo le parará el perjuicio a que hubiere lugar en derecho. Las siguientes comunicaciones se harán a la parte ahora citada, en estrados, salvo las que deban revestir forma de auto o Sentencia o se trate de emplazamiento, conforme al art. 59 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social. Copia de la demanda y documentos acompañados se encuentra en la Secretaría de este Juzgado a su disposición. Y para que sirva de notificación, citación y requerimiento a la empresa demandada VIVA LA ENVIDIA, S.L., para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante y colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido la presente en Benidorm, a veinticinco de octubre de dos mil trece. EL SECRETARIO JUDICIAL *1320700* 40 butlletí oficial de la província - alacant, 8 novembre 2013 - n.º 213 EDICTO D. JUAN ANTONIO GARCIA LAINEZ Secretario del Juzgado de lo Social número uno de Benidorm (Alicante), hace saber: Que en este Juzgado se tramitan autos número 000724/ 2013 seguidos a instancia de NATALIA BRAU LLINARES, PEDRO PRIETO GALLARDO, AZIZA EKDIHA TOHAMI, MOHAMED KHERIBI, IRINA DORINA CHEREJI, FELIX SANCHEZ HERNANDEZ, MOHAMMED HALLOUM y DERLY JULIETH GIRALDO OLARTE contra la empresa JUYSAL, S.L. en materia de Despidos, habiendo resultado negativa la citación de la empresa demandada, que se encuentra en ignorado paradero, mediante resolución de hoy se ha acordado citar a la empresa JUYSAL, S.L. por medio de edictos para que comparezca en la sala de vistas de este Juzgado de lo Social número uno, sita en Benidorm, Partida Avda. de la Comunidad Europea s/n., el día 27 DE NOVIEMBRE DE 2013 A LAS 10:30 HORAS al objeto de celebrar los actos de conciliación y, en su caso, juicio, previniéndole de que deberá comparecer con todos los medios de prueba de que intente valerse y de que los actos de conciliación y juicio no podrán suspenderse por su incomparecencia, y apercibiéndole de que de su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía, parándole el perjuicio a que hubiere lugar en derecho. Asimismo, se cita al representante legal de la empresa demandada JUYSAL, S.L. para que comparezca en la sala de vistas de este Juzgado el día y hora señalados al objeto de practicar la prueba de confesión en juicio, apercibiéndole de que de no comparecer podrá ser tenido por confeso en la certeza de las posiciones (preguntas) que se le formulen, parándole el perjuicio a que hubiere lugar en derecho. Por último, se requiere a la empresa demandada JUYSAL, S.L. para que aporte al acto de juicio el libro de matrícula del personal, recibos de salarios y los Boletines de Afiliación y Cotización a la Seguridad Social del tiempo de permanencia en la misma del demandante, y asimismo para que la empresa demandada aporte escrituras de constitución y estatutos, apercibiéndole de que de no hacerlo le parará el perjuicio a que hubiere lugar en derecho. Las siguientes comunicaciones se harán a la parte ahora citada, en estrados, salvo las que deban revestir forma de auto o Sentencia o se trate de emplazamiento, conforme al art. 59 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social. Copia de la demanda y documentos acompañados se encuentra en la Secretaría de este Juzgado a su disposición. Y para que sirva de notificación, citación y requerimiento a la empresa demandada JUYSAL, S.L., para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante y colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido la presente en Benidorm, a veinticinco de octubre de dos mil trece. EL SECRETARIO JUDICIAL *1320704* JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO UNO ELCHE EDICTO Dª. EVA MARÍA NAVARRO SIMÓN, Secretaria del Juzgado de lo Social número Uno de Elche, Hace saber: Que en este Juzgado, se sigue el Procedimiento nº 000369/2013 en reclamación de DESPIDO/CESES EN GENERAL, a instancia de VICENTE BARCELO MARCO contra FINISAJE MAYKA S.L. y FOGASA, citándose a la/s parte/s demandada/s, de ignorado paradero, para que comparezcan ante la Sala de Audiencia de este Juzgado, sito en esta ciudad, c/ Eucaliptus, número 21, (Ciudad de la Justicia) el boletín oficial de la provincia - alicante, 8 noviembre 2013 - n.º 213 próximo día 08/05/2014 A LAS 10.40 horas de la mañana, para celebrar el oportuno Acto de Conciliación, significándole que en caso de no existir avenencia en tal acto, el Juicio en única convocatoria, se celebrará a continuación, al que concurrirá con los medios de prueba de que intente valerse; advirtiéndole que no se suspenderá el Juicio por falta de asistencia de la demandada debidamente citada, y que en caso de no comparecer podrán estimarse probadas las alegaciones hechas por la contraria en relación con la prueba acordada. Igualmente se le advierte de que las siguientes comunicaciones podrán hacerse en estrados salvo las que deban revestir forma de Auto o Sentencia o se trate de emplazamientos. Lo que hace público por medio del Boletín Oficial de la Provincia a los efectos pertinentes. Elche, a treinta y uno de octubre de dos mil trece LA SECRETARIA *1320692* EDICTO Dª. EVA MARÍA NAVARRO SIMÓN, Secretaria del Juzgado de lo Social número Uno de Elche, Hace saber: Que en este Juzgado, se sigue el Procedimiento nº 000364/2013 en reclamación de DESPIDO/CESES EN GENERAL, a instancia de FRANCISCO JAVIER GARCIA GOMEZ contra FINISAJE MAYKA S.L. y FOGASA, citándose a la mercantil demandada, de ignorado paradero, para que comparezcan ante la Sala de Audiencia de este Juzgado, sito en esta ciudad, C/ Eucaliptus, número 21, (Ciudad de la Justicia) el próximo día 08/05/2014 A LAS 10.15 de la mañana, para celebrar el oportuno Acto de Conciliación, significándole que en caso de no existir avenencia en tal acto, el Juicio en única convocatoria, se celebrará a continuación, al que concurrirá con los medios de prueba de que intente valerse; advirtiéndole que no se suspenderá el Juicio por falta de asistencia de la demandada debidamente citada, y que en caso de no comparecer podrán estimarse probadas las alegaciones hechas por la contraria en relación con la prueba acordada. Igualmente se le advierte de que las siguientes comunicaciones podrán hacerse en estrados salvo las que deban revestir forma de Auto o Sentencia o se trate de emplazamientos. Lo que hace público por medio del Boletín Oficial de la Provincia a los efectos pertinentes. Elche, a treinta y uno de octubre de dos mil trece LA SECRETARIA *1320695* EDICTO Dª. EVA MARÍA NAVARRO SIMÓN, Secretaria del Juzgado de lo Social número Uno de Elche, Hace saber: Que en este Juzgado, se sigue el Procedimiento nº 000366/2013 en reclamación de DESPIDO/CESES EN GENERAL, a instancia de JOSE MARIA MUÑOZ CAZORLA contra FINISAJE MAYKA S.L. y FOGASA, citándose a la/s parte/s demandada/s, de ignorado paradero, para que comparezcan ante la Sala de Audiencia de este Juzgado, sito en esta ciudad, c/ Eucaliptus, número 21, (Ciudad de la Justicia) el próximo día 08/05/2014 A LAS 10.25 horas de la mañana, para celebrar el oportuno Acto de Conciliación, significándole que en caso de no existir avenencia en tal acto, el Juicio en única convocatoria, se celebrará a continuación, al que concurrirá con los medios de prueba de que intente valerse; advirtiéndole que no se suspenderá el Juicio por falta de asistencia de la demandada debidamente citada, y que en caso de no comparecer podrán estimarse probadas las 41 butlletí oficial de la província - alacant, 8 novembre 2013 - n.º 213 alegaciones hechas por la contraria en relación con la prueba acordada. Igualmente se le advierte de que las siguientes comunicaciones podrán hacerse en estrados salvo las que deban revestir forma de Auto o Sentencia o se trate de emplazamientos. Lo que hace público por medio del Boletín Oficial de la Provincia a los efectos pertinentes. Elche, a treinta y uno de octubre de dos mil trece LA SECRETARIA *1320703* EDICTO Dª. EVA MARÍA NAVARRO SIMÓN, Secretaria del Juzgado de lo Social número Uno de Elche, Hace saber: Que en este Juzgado, se sigue el Procedimiento nº 000367/2013 en reclamación de DESPIDO/CESES EN GENERAL, a instancia de JUAN LINDE GARCIA contra FINISAJE MAYKA S.L. y FOGASA, citándose a la/s parte/s demandada/s, de ignorado paradero, para que comparezcan ante la Sala de Audiencia de este Juzgado, sito en esta ciudad, c/ Eucaliptus, número 21, (Ciudad de la Justicia) el próximo día 08/05/2014 A LAS 10.30 horas de la mañana, para celebrar el oportuno Acto de Conciliación, significándole que en caso de no existir avenencia en tal acto, el Juicio en única convocatoria, se celebrará a continuación, al que concurrirá con los medios de prueba de que intente valerse; advirtiéndole que no se suspenderá el Juicio por falta de asistencia de la demandada debidamente citada, y que en caso de no comparecer podrán estimarse probadas las alegaciones hechas por la contraria en relación con la prueba acordada. Igualmente se le advierte de que las siguientes comunicaciones podrán hacerse en estrados salvo las que deban revestir forma de Auto o Sentencia o se trate de emplazamientos. Lo que hace público por medio del Boletín Oficial de la Provincia a los efectos pertinentes. Elche, a treinta y uno de octubre de dos mil trece LA SECRETARIA *1320710* EDICTO Dª. EVA MARÍA NAVARRO SIMÓN, Secretaria del Juzgado de lo Social número Uno de Elche, Hace saber: Que en este Juzgado, se sigue el Procedimiento nº 001004/2012 en reclamación de DESPIDO/CESES EN GENERAL, a instancia de MARIA GEAMANU contra CAFETERIA RODAS C.B. y FOGASA, citándose a la/s parte/s demandada/s, de ignorado paradero, para que comparezcan ante la Sala de Audiencia de este Juzgado, sito en esta ciudad, c/ Eucaliptus, número 21, (Ciudad de la Justicia) el próximo día 12/11/2013 A LAS 10.40 horas de la mañana, para celebrar el oportuno Acto de Conciliación, significándole que en caso de no existir avenencia en tal acto, el Juicio en única convocatoria, se celebrará a continuación, al que concurrirá con los medios de prueba de que intente valerse; advirtiéndole que no se suspenderá el Juicio por falta de asistencia de la demandada debidamente citada, y que en caso de no comparecer podrán estimarse probadas las alegaciones hechas por la contraria en relación con la prueba acordada. Igualmente se le advierte de que las siguientes comunicaciones podrán hacerse en estrados salvo las que deban revestir forma de Auto o Sentencia o se trate de emplazamientos. Lo que hace público por medio del Boletín Oficial de la Provincia a los efectos pertinentes. Elche, a cinco de noviembre de dos mil trece LA SECRETARIA *1320818* boletín oficial de la provincia - alicante, 8 noviembre 2013 - n.º 213 JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO DOS ELCHE EDICTO D/ª WENCESLAO PLAZA CARRERO, Secretario del Juzgado de lo Social nª 2 de Elche. HAGO SABER: Que en este Juzgado de lo Social se tramita procedimiento sobre despido, registrado con el nº 834/12 (ejecución nº 000155/2013) a instancias de JUAN GARCIA FERRIZ contra CANALIZACION Y OBRAS ALICANTINAS S.L. y LECAT S.L., en cuyas actuaciones se ha dictado la resolución cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: ACUERDO: a) Declarar al/a los ejecutado/s CANALIZACION Y OBRAS ALICANTINAS S.L. y LECAT S.L., en situación de INSOLVENCIA por importe de 27.322’40 euros, insolvencia que se entenderá, a todos los efectos, como provisional. b) Archivar las actuaciones previa anotación en el Libro correspondiente, y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado, no procediendo la remisión de anotación al Registro Mercantil por haber sido declarada ya insolvente con anteriordad, debiendo constar dicha declaración ya inscrita. Notifíquese la presente resolución . MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infraccción cometida en la misma a juicio del recurrente, art. 188 LJS. INFORMACION SOBRE EL DEPÓSITO PARA RECURRIR De conformidad con la D.A. 15ª de la LOPJ, para que sea admitido a trámite el recurso de revisión contra esta resolución deberá constituir un depósito de 25€, que le será devuelto sólo en el caso de que el recurso sea estimado. El depósito deberá constituirlo ingresando la citada cantidad en el banco BANESTO, en la cuenta correspondiente a este expediente 0218 0000 64 0155 13 indicando, en el campo «concepto» el código «31 SOCIAL-Revisión resoluciones Secretario Judicial» y la fecha de la resolución recurrida con el formato DD/MM/AAAA. EL/LA SECRETARIO JUDICIAL Y para que conste y sirva de notificación en forma al demandado CANALIZACION Y OBRAS ALICANTINAS S.L. y LECAT S.L., y conocimiento del público en general expido el presente Edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincial y será expuesto en el tablón de anuncios de este Juzgado, con la advertencia de que las sucesivas comunicaciones se harán en estrados, salvo que se traten de auto, sentencia o emplazamiento, que firmo en Elche a cuatro de noviembre de dos mil trece. EL/A SECRETARIO JUDICIAL *1320733* JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO TRES ELCHE EDICTO D. ANA BELÉN MANSILLA REDONDO, SECRETARIO JUDICIAL DEL JUZGADO SOCIAL NUM 3 ELX HAGO SABER: Que en este Juzgado, se sigue Ejecución núm.000213/2013 a instancias de DAVID MARTIN LIDUEÑA contra ELECTROTECNIA ELCHE S.L., INSTALACIONES ELECTRICAS INCO S.L., MONTAJES ELECTRICOS COIN S.L., MONTAJES ELECTRICOS ELCHE, S.L. en la que se ha dictado Decreto de insolvencia con fecha 31/10/ 13 y cuya parte dispositiva dice: 42 butlletí oficial de la província - alacant, 8 novembre 2013 - n.º 213 « PARTE DISPOSITIVA ACUERDO: a) Declarar al/a los ejecutado/s ELECTROTECNIA ELCHE S.L., INSTALACIONES ELECTRICAS INCO S.L., MONTAJES ELECTRICOS COIN S.L., MONTAJES ELECTRICOS ELCHE, S.L. en situación de INSOLVENCIA por importe de 28.870’92.- euros, insolvencia que se entenderá, a todos los efectos, como provisional.» Firmado y rubricado.Y para que conste y sirva de notificación a ELECTROTECNIA ELCHE S.L., INSTALACIONES ELECTRICAS INCO S.L., MONTAJES ELECTRICOS COIN S.L., MONTAJES ELECTRICOS ELCHE, S.L. que se encuentra en ignorado paradero, así como para su inserción en el Tablón de anuncios y publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, haciéndole saber al mismo que las restantes notificaciones que hayan de efectuársele se le harán en estrados, en la forma legalmente establecida, expido el presente en ELCHE a, treinta y uno de octubre de dos mil trece EL SECRETARIO JUDICIAL *1320652* EDICTO Dª. ANA BELÉN MANSILLA REDONDO, SECRETARIO JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL Nº TRES DE ELCHE HAGO SABER: Que en este Juzgado, se sigue Procedimiento núm. 000032/2013 a instancias de ABDESSELAM EL HAMMOUMI contra MARSHOES S.L., APERTIELX S.L., MALIA SHOES S.L., ROSMEBER S.L., KUTSU WORLD S.L. y FOGASA en la que el día 23.09.13 se ha dictado Sentencia cuya parte dispositiva dice: FALLO Que estimando la demanda formulada por D. ABDESSELAM EL HAMMOUMI frente MARSHOES SL, APERTIELX SL, ROSMEBER SL, KUTSU WORLD SL, debo declarar y declaro improcedente el despido efectuado con efectos desde el 31-10-2012, condenando a MARSHOES SL, APERTIELX SL, ROSMEBER SL, KUTSU WORLD SL a estar y pasar por esta declaración y a que, de forma solidaria, en el plazo de cinco días desde la notificación de la presente resolución, opten entre readmitir a la parte actora en su puesto de trabajo o abonarle una indemnización en cuantía de 29.911,03 €. Se advierte a las condenadas que caso de que opten por la readmisión la condena abarcará, además, el abono de los salarios dejados de percibir, a razón de 60,61 € diarios, condena que abarcara desde el 1-11-2012 hasta el día de la notificación de la presente sentencia, ambos inclusive. Se advierte a las condenadas que se entenderá que se efectúan la opción en favor de la readmisión, salvo que efectúen opción expresa a favor de la indemnización, mediante escrito o comparecencia ante la Secretaría del Juzgado de lo Social, en plazo de cinco días desde la notificación de la sentencia que declare el despido improcedente, sin esperar a la firmeza de la misma. Se absuelve al FONDO DE GARANTÍA SALARIAL, sin perjuicio de sus futuras responsabilidades legales y de su obligación de asumir el relato fáctico de la presente resolución. Y para que conste y sirva de notificación a MARSHOES S.L., APERTIELX S.L., MALIA SHOES S.L., ROSMEBER S.L., KUTSU WORLD S.L. y FOGASA que se encuentra en ignorado paradero, así como para su inserción en el Tablón de anuncios y publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, haciéndole saber al mismo que las restantes notificaciones que hayan de efectuársele se le harán en estrados, en la forma legalmente establecida, expido el presente en ELCHE a, cuatro de noviembre de dos mil trece EL SECRETARIO JUDICIAL *1320653* boletín oficial de la provincia - alicante, 8 noviembre 2013 - n.º 213 EDICTO Dª. ANA BELÉN MANSILLA REDONDO, SECRETARIO JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL Nº TRES DE ELCHE HAGO SABER: Que en este Juzgado, se sigue Procedimiento núm. 000033/2013 a instancias de JOSE FELIPE ROLDAN MARTINEZ contra MARSHOES S.L., APERTIELX S.L., ROSMEBER S.L., KUTSU WORLD S.L. y FOGASA en la que el día 27.09.13 se ha dictado Sentencia cuya parte dispositiva dice: FALLO Que estimando la demanda formulada por D. JOSÉ FELIPE ROLDÁN MARTÍNEZ frente MARSHOES SL, APERTIELX SL, ROSMEBER SL, KUTSU WORLD SL, debo declarar y declaro improcedente el despido efectuado con efectos desde el 30-11-2012, condenando a MARSHOES SL, APERTIELX SL, ROSMEBER SL, KUTSU WORLD SL a estar y pasar por esta declaración y a que, de forma solidaria, en el plazo de cinco días desde la notificación de la presente resolución, opten entre readmitir a la parte actora en su puesto de trabajo o abonarle una indemnización en cuantía de 36.346,95 €. Se advierte a las condenadas que caso de que opten por la readmisión la condena abarcará, además, el abono de los salarios dejados de percibir, a razón de 65,49 € diarios, condena que abarcara desde el 1-12-2012 hasta el día de la notificación de la presente sentencia, ambos inclusive. Se advierte a las condenadas que se entenderá que se efectúan la opción en favor de la readmisión, salvo que efectúen opción expresa a favor de la indemnización, mediante escrito o comparecencia ante la Secretaría del Juzgado de lo Social, en plazo de cinco días desde la notificación de la sentencia que declare el despido improcedente, sin esperar a la firmeza de la misma. Se absuelve al FONDO DE GARANTÍA SALARIAL, sin perjuicio de sus futuras responsabilidades legales y de su obligación de asumir el relato fáctico de la presente resolución. Y para que conste y sirva de notificación a MARSHOES S.L., APERTIELX S.L., ROSMEBER S.L., KUTSU WORLD S.L. y FOGASA que se encuentra en ignorado paradero, así como para su inserción en el Tablón de anuncios y publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, haciéndole saber al mismo que las restantes notificaciones que hayan de efectuársele se le harán en estrados, en la forma legalmente establecida, expido el presente en ELCHE a, cuatro de noviembre de dos mil trece EL SECRETARIO JUDICIAL *1320660* EDICTO Dª. ANA BELÉN MANSILLA REDONDO, SECRETARIO JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL Nº TRES DE ELCHE HAGO SABER: Que en este Juzgado, se sigue Procedimiento núm. 000033/2013 a instancias de JOSE FELIPE ROLDAN MARTINEZ contra MARSHOES S.L., APERTIELX S.L., ROSMEBER S.L., KUTSU WORLD S.L. y FOGASA en la que el día 21.10.13 se ha dictado Auto de Aclaracion cuya parte dispositiva dice: DISPONGO Que procede corregir la sentencia dictada en las presentes actuaciones, de forma que el hecho declarado probado primero y el fundamento de derecho cuarto de la sentencia de la misma de la sentencia queden redactados en los siguientes términos: «HECHOS PROBADOS PRIMERO. Sobre las circunstancias laborales de la parte actora, sobre la existencia de grupo de empresas y sobre las circunstancias formales del cese: 43 butlletí oficial de la província - alacant, 8 novembre 2013 - n.º 213 I-. La parte actora, desde el 15-5-2000, prestó servicios por cuenta y orden de las empresas demandadas, siendo su categoría profesional la de oficial 2ª y su salario diario de 65,49 €, incluida prorrata de pagas extraordinarias. II-. La parte actora ha estado vinculada a las empresas demandadas según los contratos que constan en el hecho segundo de su demanda y que, por razones de brevedad, se tienen aquí por reproducidos. III-. Las empresas demandadas constituyen un grupo de empresas a efectos laborales. IV-. La parte actora no ha ostentado la condición de representantes de los trabajadores. V-. MARSHOES SL notificó a la parte actora su despido con efectos desde el 30-11-2012 mediante escrito, cuyo contenido se tiene aquí por reproducido, alegando la mala situación económica que atravesaba. En dicha carta se comunicaba la imposibilidad de poner a disposición de la parte actora la indemnización legalmente prevista ante la falta de liquidez. FUNDAMENTOS DE DERECHO CUARTO.De conformidad con lo dispuesto en el artículo 56 ET, según la redacción dada por la Ley 3/2012, la declaración de improcedencia del despido conllevará que el empresario en el plazo de cinco días desde la notificación de la sentencia, podrá optar entre la readmisión del trabajador o el abono de una indemnización equivalente a treinta y tres días de salario por año de servicio, prorrateándose por meses los períodos de tiempo inferiores a un año, hasta un máximo de veinticuatro mensualidades. Ahora bien, en el presente caso será de cuarenta y cinco días de salario, por año de servicio, prorrateándose por meses los períodos de tiempo inferiores a un año, hasta un máximo de cuarenta y dos mensualidades y ello por aplicación de lo dispuesto en la DT Quinta de la Ley 3/2012 y ello por el periodo comprendido entre el 15-5-2000 y el 10-22012, correspondiendo al periodo devengado a partir del 122-2012 a razón de 33 días por año. En caso de que se opte por la readmisión, la parte actora tendrá derecho a los salarios de tramitación. Estos equivaldrán a una cantidad igual a la suma de los salarios dejados de percibir desde la fecha de despido hasta la notificación de la sentencia que declarase la improcedencia o hasta que hubiera encontrado otro empleo, si tal colocación fuera anterior a dicha sentencia y se probase por el empresario lo percibido, para su descuento de los salarios de tramitación. En cuanto a los responsables del objeto de condena, la responsabilidad debe recaer de forma solidaria sobre ambas demandas, ya que al constituir un grupo de empresas a efectos laborales, ambas tienen la condición de empleador. Y para que conste y sirva de notificación a MARSHOES S.L., APERTIELX S.L., ROSMEBER S.L., KUTSU WORLD S.L. y FOGASA que se encuentra en ignorado paradero, así como para su inserción en el Tablón de anuncios y publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, haciéndole saber al mismo que las restantes notificaciones que hayan de efectuársele se le harán en estrados, en la forma legalmente establecida, expido el presente en ELCHE a, cuatro de noviembre de dos mil trece EL SECRETARIO JUDICIAL *1320673* EDICTO Dª. ANA BELÉN MANSILLA REDONDO, SECRETARIO JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL Nº TRES DE ELCHE HAGO SABER: Que en este Juzgado, se sigue Procedimiento núm. 001033/2011 a instancias de FRANCISCO JOSE VAZQUEZ SANCHEZ, JOSE MANUEL PAGAN PANADERO, JUAN RAMON MARTIN-CONSUEGRA GARCIAPARRADO, JESUS CARRILLO EUGENIO y CARLOS MORAGA REYES contra PUENTES Y ARMADURAS S.L. y boletín oficial de la provincia - alicante, 8 noviembre 2013 - n.º 213 FOGASA en la que el día 12.09.13 se ha dictado Sentencia cuya parte dispositiva dice: FALLO Que estimando las demandas formuladas por D. FRANCISCO JOSÉ VÁZQUEZ SÁNCHEZ, D. JOSE MANUEL PAGÁN PANADERO, D. JUAN RAMÓN MARTÍNCONSUEGRA GARCÍA-PARRADO, D. JESÚS CARRILLO EUGENIO y D. CARLOS MORAGA REYES contra PUENTES Y ARMADURAS SL debo condenar y condeno a la citada mercantil a que abone a los demandantes por los conceptos señalados en demanda las siguientes cantidades: A D. FRANCISCO JOSÉ VÁZQUEZ SÁNCHEZ: 2.238,70 €, así como la cantidad de 223,87 € en concepto de intereses por mora. A D. JOSE MANUEL PAGÁN PANADERO: 2.238,70 €, así como la cantidad de 223,87 € en concepto de intereses por mora. A D. JUAN RAMÓN MARTÍN-CONSUEGRA GARCÍAPARRADO: 2.244,68 €, así como la cantidad de 224,46 € en concepto de intereses por mora. A D. JESÚS CARRILLO EUGENIO: 2.092,39 €, así como la cantidad de 209,23 € en concepto de intereses por mora. A D. CARLOS MORAGA REYES: 2.244,68 €, así como la cantidad de 224,46 € en concepto de intereses por mora. Y para que conste y sirva de notificación a PUENTES Y ARMADURAS S.L. y FOGASA que se encuentra en ignorado paradero, así como para su inserción en el Tablón de anuncios y publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, haciéndole saber al mismo que las restantes notificaciones que hayan de efectuársele se le harán en estrados, en la forma legalmente establecida, expido el presente en ELCHE a, cuatro de noviembre de dos mil trece EL SECRETARIO JUDICIAL *1320689* EDICTO Dª. ANA BELÉN MANSILLA REDONDO, SECRETARIO JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL Nº TRES DE ELCHE HAGO SABER: Que en este Juzgado, se sigue Procedimiento núm. 000294/2013 a instancias de FULGENCIO PALAZON MACIA contra INSS, TGSS y CALZADOS MAY WOMAN S.L. en la que el día 30.09.13 se ha dictado Sentencia cuya parte dispositiva dice: FALLO: Que estimo parcialmente la demanda interpuesta por don Fulgencio Palazón Maciá contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, la TGSS y contra la «Calzados May Woman, S.L.», declarando que en el para el cáclculo 44 butlletí oficial de la província - alacant, 8 novembre 2013 - n.º 213 de la base reguladora de su pensión de jubilación anticipada deberá estarse, para el período 19 de junio de 1999 a diciembre de 1999, a las cotizaciones derivadas de los salarios de tramitación no realizadas por «Calzados May Woman, S.L.», por lo que sobre las mismas ésta será responsable directa, con obligación de anticipo del INSS, desestimando el resto de pretensiones. Y para que conste y sirva de notificación a INSS, TGSS y CALZADOS MAY WOMAN S.L. que se encuentra en ignorado paradero, así como para su inserción en el Tablón de anuncios y publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, haciéndole saber al mismo que las restantes notificaciones que hayan de efectuársele se le harán en estrados, en la forma legalmente establecida, expido el presente en ELCHE a, cuatro de noviembre de dos mil trece EL SECRETARIO JUDICIAL *1320727* JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚMERO DOS DÉNIA EDICTO D/Dª. JOSE LUÍS RAMOS CEJUDO, Secretario del JUZGADO DE INSTRUCCION 2 DE DENIA(ANT. MIXTO 4) HAGO SABER: Que en este Juzgado se sigue Juicio de Faltas número 000156/2011 en relación a una presunta falta de HURTO atribuida entre otros a FRANCISCO ALVADO CARDONA y JOSE CARLOS MORAGUES SERRAT, en la que dictó sentencia en fecha 10/10/13 cuya parte dispositiva dice literalmente como sigue: FALLO QUE DEBO CONDENAR Y CONDENO FRANCISCO ALVADO CARDONA y JOSE CARLOS MORAGUES SERRAT como responsable de una falta de hurto a la pena de 30 dias de multa con cuota diaria de 3 euros a cada uno y a que por vía de responsabilidad civil indemnicen solidariamente al perjudicado en la cantidad de 381‘22 euros. Notifíquese la presente resolución a las partes, previniéndoles que contra la misma podrán interponer, ante este Juzgado, recurso de apelación en el plazo de CINCO DIAS subsiguientes a su notificación. Así por esta mi sentencia, de la que se unirá certificación a las actuaciones para su notificación y cumplimiento, lo pronuncio, mando y firmo. y para que sirva de notificación a FRANCISCO ALVADO CARDONA que se encuentra en ignorado paradero, expido la presente en Dénia a cuatro de noviembre de dos mil trece. EL/A SECRETARIO/A JUDICIAL *1320716* Correo electrónico: [email protected] EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL ALICANTE Imprime: IMPRENTA DIPUTACIÓN PROVINCIAL Dep. Legal: A - 1 - 1958 Internet: http://www.ladipu.com/ Unidad Administrativa del Boletín Oficial de la Provincia: EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL Avenida de Orihuela, 128. 03006 - Alicante Teléfono 965 107 371 / Fax 965 107 394 ADVERTENCIAS - La publicación a petición de parte interesada se efectuará mediante autoliquidación en las entidades bancarias que se citan en el impreso de solicitud de inserción-autoliquidación.
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BOLETÍN OFICIAL
Santa Cruz de Tenerife, 13 de julio de 2009.
La Delegada de Economía y Hacienda, Mª. Carmen
García-Valdecasas Salgado.